Proyecto de Ley Nº 01286/2021-CR, Ley que regula la oportunidad de pago de la bonificación por escolaridad en el marco de la política remunerativa del auxiliar de educación contratado

Número de Iniciativa01286/2021-CR
Fecha de registro11 Febrero 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaCruz Mamani, Flavio,Coayla Juárez, Jorge Samuel,Taipe Coronado, María Elizabeth,Marticorena Mendoza, Jorge Alfonso,Varas Meléndez, Elías Marcial,Cutipa Ccama, Víctor Raúl,Cerrón Rojas, Waldemar José,Quiroz Barboza, Segundo Teodomiro,Montalvo Cubas, Segundo Toribio
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
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PROYECTO DE LEY QUE REGULA LA
OPORTUNIDAD DE PAGO DE LA BONIFICACIÓN
POR ESCOLARIDAD EN EL MARCO DE LA
POL1TICA REMUNERATIVA DEL AUXILIAR DE
EDUCACIÓN CONTRATADO
El Congresista de la Republica
FLAVIO CRUZ MAMANI,
integrante del Grupo
Parlamentario
PERÚ LIBRE,
ejerciendo el derecho a iniciativa legislativa que les
confiere el artículo 107° de la Constitución Política del Perú, y en concordancia
con los artículos 22° inciso c), 67°, 75°
y
76° del Reglamento del Congreso de la
República, presenta el siguiente proyecto de ley.
FÓRMULA LEGAL
El Congreso de la República ha dado la siguiente ley
LEY QUE REGULA LA OPORTUNIDAD DE PAGO DE LA BONIFICACÓN
POR ESCOLARIDAD EN EL MARCO DE LA POLÍTICA REMUNERATIVA
DEL AUXILIAR DE EDUCACIÓN CONTRATADO
Artículo
1. Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto modificar el numeral 7.1 e incorporar el numeral
7.5) al artículo 7° de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2022, sobre la oportunidad de otorgamiento de la bonificación
por escolaridad al auxiliar de educación contratado en el marco de la Ley que
regula la política remunerativa del auxiliar de educación en las instituciones
educativas públicas por la Ley N° 30493.
Artículo
2.
Modificación del numeral 7.1 del artículo 7° a la Ley N° 31365,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022.
Modificase el numeral 7.1 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2022, en los siguientes términos:
Artículo 7. Aguinaldos, gratificaciones y escolaridad
7.1 Los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el
régimen laboral del Decreto Legislativo 276, la Ley
29944.
la Ley 30512 y
la
Ley N° 30493; los docentes universitarios a los que se refiere la Ley
30220;
el personal de la salud al que
se
refiero el numeral 3.2 del artículo
3 del Decreto Legislativo 1153; los obreros permanentes y eventuales del

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