PROYECTO DE LEY Nº01236/2021-CR, Ley que simplifica el tramite del certificado de inexistencia de resto arqueológico (CIRA), para pobladores que ocupen áreas colindantes a los limites arqueológicos y puedan acceder a servicios básicos

Número de Iniciativa01236/2021-CR
Fecha de registro01 Febrero 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
EstatusDictamen
Autor de la iniciativaPadilla Romero, Javier Rommel,Muñante Barrios, Alejandro,Montoya Manrique, Jorge Carlos,Zeballos Aponte, Jorge Arturo,Jáuregui Martínez de Aguayo, María de los Milagros Jackeline,Cueto Aservi, José Ernesto
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CONGRESO
REPÚBLICA
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JAVIER ROMML PAPILLA POMERO
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Año de Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
PROYECTO DE LEY QUE SIMPLIFICA EL
TRAMITE DEL CERTIFICADO DE
INEXISTENCIA
DE
RESTOS
ARQUEOLOGICOS
(dRA),
PARA
POBLADORES QUE OCUPEN AREAS
COLINDANTES A LOS LIMITES
ARQUEOLOGICOS Y PUEDAN ACCEDER A
SERVICIOS BASICOS
El Congresista de la República que suscribe JAVIER ROMMEL PADILLA
ROMERO, miembro de¡ Grupo Parlamentario RENOVACION POPULAR,
ejerciendo el derecho a iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107
1
de la
Constitución Política de¡ Perú y en concordancia con los artículos 22
0
inciso c),
75
1
y 76
1
de¡ Reglamento de¡ Congreso de la República, presentan el siguiente
Proyecto de Ley;
PROYECTO DE LEY QUE SIMPLIFICA EL TRAMITE DEL CERTIFICADO DE
INEXISTENCIA DE RESTOS ARQUEOLOGICOS (CIRA), PARA
POBLADORES QUE OCUPEN AREAS COLINDANTES A LOS LIMITES
ARQUEOLOGICOS Y PUEDAN ACCEDER A SERVICIOS BASICOS
FORMULA LEGAL
ARTÍCULO 1.— OBJETO
Modificación de¡ párrafo 22.1 de¡ artículo 22° de la Ley N° 28296 Ley General
del Patrimonio Cultural de la Nación, modificada por Decreto Legislativo
1255.
Modifíquese el párrafo 22.1 de¡ artículo
22
0
de la Ley N° 28296 Ley General de¡
Patrimonio Cultural de la Nación, modificada por Decreto Legislativo 1255, el
mismo que quedara redactado de la siguiente manera:
Artículo
22.- Protección de bienes inmuebles
"22.1 Toda obra pública o privada de edificación nueva, remodelación,
restauración, ampliación, refacción, acondicionamiento, demolición,
puesta en valor o cualquier
intervención
que involucre un bien inmueble
integrante de¡ Patrimonio Cultural de la Nación, requiere para su ejecución
de la autorización oportuna y expresa de¡ Ministerio de Cultura".
En
/os
casos de proyectos públicos vinculados a bienes integrantes
de/ Patrimonio Cultural de la Nación y demás intervenciones no
comprendidas en el marco legal vigente de Regulación de
Habilitaciones Urbanas y de Edificación, se otorga mediante una
Fimado
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por:
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Fecha:
01/0212022 14:58:52-0500

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