Proyecto de Ley Nº 01179/2021-CR, Ley que establece el régimen de reprogramación de pago de aportes previsionales a los fondos de pensiones del sistema privado de pensiones adeudados por entidades del sector público (repro afp iii - publico)
Número de Iniciativa | 01179/2021-CR |
Fecha de registro | 20 Enero 2022 |
Legislatura | 2021-2026 |
Sesión | Primera Legislatura Ordinaria 2021 |
Autor de la iniciativa | Burgos Oliveros, Juan Bartolomé,Williams Zapata, José Daniel,Chirinos Venegas, Patricia Rosa,Yarrow Lumbreras, Norma Martina,Córdova Lobatón, María Jessica,Bazán Calderón, Diego Alonso Fernando |
Estatus | Dictamen |
Proponente | Congreso |
Proyecto de Ley
?/2
O 2 ?
A D,.
-,
CONGRESO
REPÚBLICA
REPÚBLICA
CONGRESO DE L.A NEPUEL
Ar.
Tranté
y
D';o z3ccr
Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia
PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN
DE REPROGRAMACIÓN DE PAGO DE APORTES
PREVISIONALES A LOS FONDOS DE PENSIONES
DEL SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES
R E Ç,)
7
1B 1 D
ADEUDADOS POR ENTIDADES DEL SECTOR
PÚBLICO (REPRO AFP III
-
PUBLICO)
El Grupo Parlamentario Avanza País, a iniciativa del
congresista JUAN BARTOLOME
BURGOS OLIVEROS y demás congresistas firmantes, en ejercicio del derecho a iniciativa
de formación de leyes que les confiere el artículo 107
0
y en concordancia con los artículos 22° inciso c), 67°, 74°, 75°,
y,
76° del Reglamento del
Congreso de la República, ponen a consideración el siguiente Proyecto de Ley:
FORMULA LEGAL
PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE REPROGRAMACIÓN DE
PAGO DE APORTES PREVISIONALES A LOS FONDOS DE PENSIONES DEL
SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES ADEUDADOS POR ENTIDADES DEL SECTOR
PÚBLICO (REPRO AFP III
-
PUBLICO)
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto establecer un régimen de reprogramación de pago de
aportes a las Administradoras de Fondos de Pensiones, en adelante REPRO AFP III
-
PUBLICO, devengados hasta el 31 de diciembre de 2020 y que no fueron pagados
oportunamente por las entidades de la administración pública.
Artículo 2. Finalidad la presente
Ley tiene como finalidad efectivizar los derechos previsionales de los trabajadores a través
de facilidades de reprogramación a las entidades públicas a efectos puedan cumplir con el
pago de aportes previsionales adeudados a los fondos de pensiones a cargo de las AFP.
Artículo 3. Ámbito de aplicación
La presente Ley es de aplicación para las entidades públicas pertenecientes al Gobierno
Nacional, Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, en adelante 1as entidades".
Av. Abancay N°251
-
Edificio Complejo Legislativo
-
Lima
Jirón Almagro N°545 Of. 304— Centro Empresarial La Marquesa
-
Trujillo
1
TeL 951201158
www. ¡burgoscongreso.gob.oe
1
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba