Proyecto de Ley Nº 01178/2021-CR, Ley que establece el régimen de reprogramación de pago de aportes previsionales a los fondos de pensiones del sistema privado de pensiones adeudados por entidades del sector privado (repro afp - privado)

Número de Iniciativa01178/2021-CR
Fecha de registro20 Enero 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaBurgos Oliveros, Juan Bartolomé,Williams Zapata, José Daniel,Bazán Calderón, Diego Alonso Fernando,Chirinos Venegas, Patricia Rosa,Córdova Lobatón, María Jessica,Yarrow Lumbreras, Norma Martina
ProponenteCongreso
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
Proyecto de Ley N°
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-
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REPÚBLICA
Año del Bicentenario del Perú. 200 años de independencja
CONGRESO DE LA REPÚBLICA
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O:ci"e.
PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE
REPROGRAMACIÓN DE PAGO DE APORTES
.
PREVISIONALES A LOS FONDOS DE PENSIONES DEL
1 D.O
¡
SISTEMA PRIVADO DE PENSIONES ADEUDADOS POR
ENTIDADES DEL SECTOR PRIVADO (REPRO AFP
-
PRIVADO)
El Grupo Parlamentario Avanza País, a iniciativa del congresista
JUAN BARTOLOME BURGOS
OLIVEROS y demás congresistas firmantes, en ejercicio del derecho a iniciativa de formación
de leyes que les confiere el artículo 107
0
de la Constitución Política del Perú, yen concordancia
con los artículos 22
0
inciso c), 67°, 74°, 75°, y, 76
0
ponen a consideración el siguiente Proyecto de Ley:
FORMULA LEGAL
LEY QUE ESTABLECE EL RÉGIMEN DE REPROGRAMACIÓN DE PAGO DE APORTES
PREVISIONALES A LOS FONDOS DE PENSIONES DEL SISTEMA PRIVADO DE
PENSIONES ADEUDADOS POR ENTIDADES DEL SECTOR PRIVADO (REPRO AFP
1
PRIVADO)
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto establecer un régimen de reprogramación de pago de aportes
previsionales al Fondo de Pensiones del Sistema Privado de Pensiones, en adelante REPRO
AFP
-
PRIVADO, devengados hasta el 31 de diciembre del 2021 que no fueron pagados
oportunamente por las entidades del sector privado.
Artículo 2. Finalidad
La presente ley tiene como finalidad brindar facilidades de pago a las entidades del sector privado
para que cumplan con el pago de aportes previsionales adeudados a los fondos de pensiones a
cargo de las AFP, materializando así la protección de los derechos de los trabajadores a fin que
puedan acceder a los derechos previsionales que les corresponde,
Artículo 3. Ámbito de aplicación
La presente ley es de aplicación para las empresas del sector privado reguladas por Ley 26887,
Av. Abancay N251
-
Edificio Complejo Legislativo
-
Lima
Jirón Almagro N°545 Of. 304— Centro Empresarial La Marquesa
-
Trujillo / TeL 951201158
www.jburgoscongreso.gob.pe

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