Proyecto de Ley Nº 01115/2021-CR, Ley que regula la gestión y el manejo del cultivo de la caña de azúcar, prohibiendo su quema y optimizando el manejo de los residuos sólidos

Número de Iniciativa01115/2021-CR
Fecha de registro10 Enero 2022
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaSalhuana Cavides, Eduardo,Castillo Rivas, Eduardo Enrique,Juárez Calle, Heidy Lisbeth,Soto Reyes, Alejandro,Trigozo Reátegui, Cheryl,Acuña Peralta, Segundo Héctor,García Correa, Idelso Manuel,Ciccia Vásquez, Miguel Ángel,Elera García, Wilmar Alberto,Paredes Piqué, Susel Ana María,López Morales, Jeny Luz,Ventura Ángel, Héctor José,Aguinaga Recuenco, Alejandro Aurelio,Juárez Gallegos, Carmen Patricia,Zeta Chunga, Cruz Maria,Revilla Villanueva, César Manuel,Espinoza Vargas, Jhaec Darwin,Jerí Oré, José Enrique,Camones Soriano, Lady Mercedes,Bazán Calderón, Diego Alonso Fernando,Picón Quedo, Luis Raúl,Málaga Trillo, George Edward
EstatusDictamen
ProponenteCongreso
Proyecto de Ley
N
0
..
Jíf5/
o_j
-
e
11
-
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia"
PROYECTO DE LEY QUE REGULA LA
GESTIÓN Y EL MANEJO DEL CULTIVO DE
LA CAÑA DE AZÚCAR, PROHIBIENDO SU
QUEMA Y OPTIMIZANDO EL MANEJO DE
LOS RESIDUOS SÓLIDOS
CONGRESO
REPÚbLICA
CONGRESO DE LA REPUBLCA
A'ea ce T'mte
y
Dgiatt2aocr :e Dccueno
Ho,
Los congresistas de la República que suscriben, en uso de las facultades que
les confiere el artículo 107 de la Constitución Política del Perú y los artículos
22, literal c), 75
y
presentan el siguiente Proyecto de Ley Multipartidario:
PROYECTO DE LEY
LEY QUE REGULA LA GESTIÓN Y EL MANEJO DEL CULTIVO
DE LA CAÑA DE AZÚCAR, PROHIBIENDO SU QUEMA Y
OPTIMIZANDO EL MANEJO DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS
Artículo
1.
Objeto de la Ley
u
El objeto de la presente Ley es regular la gestión y el manejo del cultivo de la
caña de azúcar, de manera sostenible y ambientalmente responsable,
prohibiendo su quema; en el marco de los principios de prevención y
mitigación de riesgos ambientales, priorizando la protección de la vida, la
salud y el bienestar de la persona humana.
Artículo 2. Finalidad de la Ley
La presente ley tiene por finalidad velar por la efectiva protección del derecho
al medio ambiente sano y equilibrado, así como por la promoción del
desarrollo de la actividad agrícola de manera sustentable en armonía con las
políticas nacionales, planes y estrategias vinculadas a la adaptación de los
efectos del cambio climático.
Artículo
3.
Ámbito de aplicación
Lo dispuesto en la presente Ley es de aplicación
a
las personas naturales
y
jurídicas, dedicadas
a
la actividad agrícola productiva de siembra
y
cosecha
de caña de azúcar.
www.congreso.gob.pe
CONGRESO
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres"
REPUBLICA
'Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia"
El Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), en su
condición de ente rector de¡ Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización
Ambiental, es el encargado de la supervisión, fiscalización y sanción de lo
dispuesto en la presente Ley. Asimismo, es el responsable de elaborar los
documentos técnico-normativos que establezcan los límites máximos
permitidos para los procesos vinculados a la siembra y cosecha de la caña de
azúcar.
Artículo 4. Definiciones
Para efectos de los dispuesto en la presente ley, se aplican las definiciones
siguientes:
Broza de caña.-
residuo agrícola, proveniente de la caña de azúcar,
generado por su cosecha mecanizada en verde.
Cosecha mecanizada en verde.-
proceso mediante el cual, la
empresa o
persona jurídica dedicada al rubro de siembra y cosecha de
caña de azúcar utiliza maquinaria cosechadora especial a fin de cortar
la caña parada.
Quema de caña.- es
la combustión de la caña de azúcar, que genera
la emisión de gases a la atmósfera, principalmente el monóxido de
carbono (CO), así como de material particulado que incide en la calidad
de aire.
Quema de caña parada.-
denominada también quema de caña
controlada, se realiza en los en campos de cultivo de la caña de azúcar.
S. Residuos sólidos agroindustriales.
-
son aquellos generados en a
partir de¡ procesamiento de productos agrícolas.
6. Tizne.-
ceniza o material particulado que se genera a consecuencia de
la quema de caña de azúcar.
Artículo S. Erradicación de la práctica de la quema controlada de la caña
de azúcar
El plazo máximo para erradicar la práctica de la quema controlada de la caña
de azúcar previa a la cosecha, es de seis (6) meses de manera improrrogable,
a partir de la vigencia de la presente Ley.
2
www.congreso.gob.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR