Proyecto de Ley Nº 00923/2021-CR, Ley que establece mecanismos y facilita el ingreso de remesas al perú, enviados por peruanos en el exterior

Número de Iniciativa00923/2021-CR
Fecha de registro09 Diciembre 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaZeballos Aponte, Jorge Arturo,Montoya Manrique, Jorge Carlos,Cueto Aservi, José Ernesto,Medina Minaya, Esdras Ricardo,Jáuregui Martínez de Aguayo, María de los Milagros Jackeline,Herrera Medina, Noelia Rossvith,Muñante Barrios, Alejandro,Ciccia Vásquez, Miguel Ángel
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto de Ley
LOj
-
CR.
(ONCRESO
REI'ÚRUCA
CONGRESO DE LA REPÚBLiCA
ket de
T'ame (>gnalt
z
a
oor 4
e
Docur'eto
S WC. J.021
17:
i
ECI
D O
H
.
r
.tOu(0
"Decenio de la Igualdad de Oportrinidades para mujeres y hombres"
"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia"
PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE
MECANISMOS Y FACILITA EL INGRESO
DE REMESAS AL PERÚ, ENVIADOS POR
PERUANOS EN EL EXTERIOR
sQ
Los congresists que suscriben, miembros del Grupo Parlamentario Renovación
Popular, a iniciativa del Congr€;ista,
JORGE ARTURO ZEBALLOS APONTE,
ejerciendo el derecho de iniciativa legislativa que le confiere el artículo 107° de la
Constitución Política del Perú, y corforme lo establecen los artículos 22
0
, 67
0
, 740,
750
y 76° del Reglamento del Congreso de la República, proponen el siguiente Proyecto de
Ley:
EL CONGRESO DE LA REpUBLIC:A
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ESTABLECE MECANISMOS Y FACILITA EL INGRESO DE REMESAS AL
PERÚ, ENVIADOS POR PERUANOS EN EL EXTERIOR
Artículo 1
0
.
-
Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto establecer como un servicio público esencial, la
recepción y transferencia de remesas de peruanos en el exterior, otorgar facultades al
Banco de la Nación para realizar operaciones y servicios dentro del marco de la inclusión
financiera. No gravar impuestos a las comisiones cobradas al beneficiario por
operaciones de transferencias de fondos provenientes del exter or y las comisiones que
se cobran a los agentes o corresponsales del exterior a través de los cuales se contrata
el servicio de remesa en el exterior.
Artículo 2
0
.
-
La trasferencia de rmesas como servicio público
Se declara la transferencia de remesas de peruanos en el exterior como un servicio
público esencial por la importancia
'
necesidad para los peruanos, a fin de garantizar
en condiciones adecuadas y seguras del envío o transferencia, todo ello de conformidad
a los pactos internacionales suscrit:)s por el Estado peruano y el objetivo 20 del Pacto
Mundial para una Migración Segura, Ordenada y Regular. Las entidades públicas y
privadas deben considerarlo como :sl y dispondrán las acciones orientadas a asegurar
los servicios correspondientes.
Artículo 3
0
.
-
Facultad del Bancc de la Nación
Facúltese al Banco de la Nación para realizar operaciones y servicios de banca múltiple
exclusivamente para personas na:irales, promo"iendo la competencia bancaria y la
inclusión financiera y, efectuar cobros, pagos y transferencias de fondos y remesas, así
como emitir giros contra sus propias oficinas y/o bancos corresponsales.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL
Artículo único.
-
Modificación del literal r) del articulo 2 del Texto Único Ordenado
de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo,
aprobado por el Decreto Suprernc 055-99-EF

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR