Proyecto de Ley Nº 00835/2021-CR, Ley que establece medidas complementarias extraordinarias en apoyo a la micro y pequeña empresa estableciendo medio alternativo de garantías en los procesos de contratación en el marco del sistema nacional de abastecimiento para el año 2022

Número de Iniciativa00835/2021-CR
Fecha de registro24 Noviembre 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaVentura Ángel, Héctor José,Bustamante Donayre, Carlos Ernesto,Cordero Jon Tay, Luis Gustavo,Cordero Jon Tay, María Del Pilar,Infantes Castañeda, Mery Eliana,López Morales, Jeny Luz,Zeta Chunga, Cruz Maria
ProponenteCongreso
EstatusOrden del Día
35
Proyecto de Ley
i
C
R
Los congresistas que suscriben, miembros del Grupo Parlamentario Fuerza Popular, por
iniciativa de los congresistas HÉCTOR JÓSE VENTURA ANGEL
y
VÍCTOR SEFERINO
FLORES RUÍZ, ejerciendo
el derecho de iniciativa legislativa que les confiere el artículo
107° de la Constitución Política del Perú y de conformidad con lo dispuesto por los
artículos 75
0
y
76
0
del Reglamento del Congreso de la República; proponen el siguiente
proyecto de ley:
1
CONGRESO DE LA REPUBLICA
FORMULA
LEGAL
ket de TrW
eDoce
En Congreso de la República
24
HOV''2O21
Ha dado la Ley siguiente:
E C
LEY
QUE ESTABLECE MEDIDAS COMPLEMENTARIAS EXTRAORDINAR AS EN
APOYO A LA MICRO Y
PEQUEÑA
EMPRESA
ESTABLECIENDO
MEDIO
ALTERNATIVO DE GARANTIAS EN LOS
PROCESOS
DE CONTRATACIÓN EN EL
MARCO DEL SISTEMA
NACIONAL
DE ABASTECIMIENTO PARA EL AÑO 2022
Artículo
1.
Objeto
El
objeto
de
la presente Ley
es
establecer medidas extraordinarias complementarias en
materia económica y financiera, durante
el
Año
2022,
orientadas a promover la
dinamización de las inversiones en apoyo de la Micra y Pequeña Empresa
-
MYPE,
estableciendo medio alternativo para otorgar garantías en procesos de contratación en
el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento.
Artículo 2 Ámbito de aplicación
La presente ley es aplicable a la Micro y Pequeña Empresa
-
MYPE en los
procedimientos de selección que se convoquen bajo los regímenes de contratación del
Sistema Nacional de Abastecimiento.
Artículo 3. Medio alternativo para garantizar contratos
Se autoriza durante el Año 2022 a las Entidades señaladas en el artículo 3 del Decreto
Legislativo
N° 1439 para que, en los documentos de los procedimientos de selección
que se convoquen bajo los regimenes de contratación del Sistema Nacional de
Abastecimiento, establezcan que el postor adjudicado tenga la facultad de optar, como
medio alternativo a la obligación de presentar
las garantías de
fiel cumplimiento y de fiel
cumplimiento por prestaciones accesorias, por la retención del monto total de la garantía
correspondiente.
3.1 Dicha autorización se extiende a los procedimientos de selección iniciados
previamente a la entrada en vigencia de la presente Ley, siempre que se cumpla lo
siguiente:
a. Para aquellos que no cuenten con buena pro, la Entidad puede otorgar esta
facultad, comunicando su decisión en el acta de otorgamiento de la buena pro.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR