Proyecto de Ley Nº 00677/2021-PE, Ley que modifica el código penal, el código procesal penal y la ley de actualización de la ley 13253 de profesionalización del contador público y de creación de los colegios de contadores públicos, conforme a recomendaciones internacionales

Número de Iniciativa00677/2021-PE
Fecha de registro10 Noviembre 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
ProponentePoder Ejecutivo
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
PE
"Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"
"Año doi Bicentenario de¡ Perú: 200 años de Independencia"
CONGRE
LA IkPÚBLICA
kes de TTe y D9tiz3'i1de Doaj1os
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Lima,
10
de
noviembre de 2021
OFICIO N° 622 -2021 —PR
Se ñ
oía
MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO
Presidenta del Congreso de la República
Congreso de la República
Presente.
-
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted, de conformidad con lo dispuesto por
el artículo 107
0
de la Constitución Política de¡ Perú, a fin de someter a consideración
de¡ Congreso de la República, con el voto aprobatorio de¡ Consejo de Ministros, el
Proyecto de Ley que modifica el Código Penal, el Código Procesal Penal, y la Ley de
Actualización de la Ley N° 13253 de profesionalización de¡ Contador Público y de
creación de los Colegios de Contadores Públicos, conforme a recomendaciones
internacionales.
Mucho estimaremos que se sirva disponer su trámite con el carácter de
URGENTE, según lo estabiecido por el Artículo 105
1
de la Constitución Política de¡
Perú.
Sin otro particular, hacemos propicia la oportunidad para renovarle los
sentimientos de nuestra consideración.
Atentamente,
JOSÉ PEDRO C21iLLO TERRONES
MIRTIÉTHE
SQUEZ CHUQULiN
Preidñe de a República
Prtdeta del Consejo de Ministros
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA
Ha dado la Ley siguiente:
PROYECTO DE LEY QUE MODIFICA EL CÓDIGO PENAL, EL CÓDIGO
PROCESAL PENAL Y LA LEY DE ACTUALIZACIÓN DE LA LEY N° 13253 DE
PROFESIONALIZACIÓN DEL CONTADOR PÚBLICO Y DE CREACIÓN DE LOS
COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS, CONFORME A RECOMENDACIONES
INTERNACIONALES
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto modificar diversos artículos de¡ Código Penal; el Código
Procesal Penal; y, la Ley de Actualización de la Ley N° 13253 de Profesionalización de¡
Contador Público y de Creación de los Colegio de Contadores Públicos; con el fin de
mejorar nuestro marco normativo considerando las recomendaciones y estándares
internacionales.
Artículo 2. Modificación de los artículos 198, 199, 393-A, 397-A
y
400 del Código
Penal
FIRMA DIGITAL
Modifícanse los artículos 198,
199,
393-A, 397-A y 400 de¡ Código Penal, conforme a
*PCM
los textos siguientes:
Fdodgafrmepo,MUNIVE
"Artículo 198.- Administración fraudulenta
Será reprimido con pena privativa de libertad no menor de
dos ni mayor de cinco años
Foch, 0611.20211539,050500
y
con ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco días-multa,
el que, ejerciendo
funciones de administración o representación de una persona jurídica, realiza, en
perjuicio de ella o de terceros, cualquiera de los actos siguientes:
Ocultar a los accionistas, socios, asociados, auditor interno, auditor externo, según
sea el caso o a terceros interesados, la verdadera situación de la persona jurídica,
falseando los balances, reflejando u omitiendo en los mismos beneficios o pérdidas o
usando cualquier artificio que suponga aumento o disminución de las partidas contables.
Proporcionar datos falsos relativos a la situación de una persona jurídica.
Promover, por cualquier medio fraudulento, falsas cotizaciones de acciones, títulos o
participaciones.
Aceptar, estando prohibido hacerlo acciones o títulos de la misma persona jurídica
A
.
1
.
.lit.0'.
como garantía de crédito.
B
o
Fraguar balances para reflejar y distribuir utilidades inexistentes.

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