Proyecto de Ley Nº 00504/2021-CR, Ley que veedurías ciudadanas anticorrupción

Número de Iniciativa00504/2021-CR
Fecha de registro20 Octubre 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaReymundo Mercado, Edgard Cornelio,Luque Ibarra, Ruth,Cortez Aguirre, Isabel,Bazán Narro, Sigrid Tesoro
ProponenteCongreso
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto de Ley
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CONGRESO
'0ecenIo de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres
REI'Ú&LICA
"Año del 8icentenaio del Perú; 200 años de Indepenencia"
"Ley de veedurías
ciudadanas
anticorrupción"
El Grupo Parlamentario Juntos por el Perú, a propuesta del congresista de la
República que suscribe Edgard Reymundo Mercado, en ejercicio de las
facultades previstas en el articulo 107° de la Constitución Política del Estado, en
concordancia con el articulo 750 y 76° del Reglamento del Congreso de la
República, presenta el siguiente proyecto de ley:
F
A:
HGREs
E REPÚBLICA
ch
Tr*ny D~ de Dooiw*s
FORMULA LEGAL:
20 OCT.2021
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
RECl/BIDOI
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(
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LEY DE VEEDURÍAS CIUDADANAS ANTICORRUPCIÓN
Artículo 1°.- Objeto de la Ley
El objeto de la presente Ley es promover y regular la creación de veedurías
ciudadanas anticorrupción con la finalidad de prevenir y evitar cualquier forma
de corrupción en los procesos de contratación estatal e inversión pública
durante todas sus etapas.
Artículo 2°.- Ámbito de aplicación
El ámbito de aplicación de la presente Ley es todo órgano u organismo de
gobierno con capacidad de contratación o inversión pública, en las distintas
etapas del proceso, y en los niveles nacional y subnacionaies.
Artículo
3°.-
Principios
Las veedurías ciudadanas anticorrupción se conforman y actúan según los
siguientes principios:
-
Participación ciudadana.
-
Las veedurías deben buscar la participación
de la ciudadanía en todos los organismos de la administración pública que
realicen contratación e inversión pública.
-
Autonomía
-
Transparencia
-
Igualdad
-
Responsabilidad
-
Eficacia y eficiencia.
-
Legalidad
-
Buena fe

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