Proyecto de Ley Nº 00421/2021-CR, Ley que desarrolla el ejercicio de la causal de vacancia por permanente incapacidad moral o física del cargo de presidente de la república regulada en el inc. 2) del artículo 113° de la constitución política del perú

Número de Iniciativa00421/2021-CR
Fecha de registro07 Octubre 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaReymundo Mercado, Edgard Cornelio,Luque Ibarra, Ruth,Cortez Aguirre, Isabel,Sánchez Palomino, Roberto Helbert
ProponenteCongreso
EstatusEN DEBATE - PLENO
Proyecto de ley
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CONGRISO
REPÚRIICA
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07 fllT 2021
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ID
O
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I
Decenlo de la Igualdad de Oportunidades para Muleres y Hombres
'Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia
"Ley que desarrolla el ejercicio de la
causal de
vacancia
por
permanente
incapacidad moral o física del cargo
de Presidente
de la
República,
regulada en el inc. 2) del artículo 113
0
de la Constitución Política del Perú"
El
Grupo
Parlamentario Juntos por el Perú, a propuesta del congresista de la
República que suscribe
Edgard
Reymundo Mercado, en ejercicio de las
facultades previstas en el artículo 107° de la Constitución Política del Estado, en
concordancia con el artículo 75°
y
76° del Reglamento del Congreso de la
República, presenta el siguiente proyecto de ley:
FORMULA LEGAL:
El Congreso de la República
1-la dado la Ley siguiente:
LEY QUE DESARROLLA EL EJERCICIO DE LA CAUSAL DE VACANCIA
POR PERMANENTE INCAPACIDAD MORAL O FÍSICA DEL CARGO DE
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA REGULADA EN EL INC. 2) DEL
ARTÍCULO 113
0
DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Artículo Único.
-
Del ejercicio de la causal de vacancia por permanente
incapacidad moral o física del cargo de Presidente de la República
regulada en el inc. 2) del artículo 113° de la Constitución Política del
Perú
La causal de vacancia por permanente incapacidad moral o física del cargo
de Presidente de la República, declarada por el Congreso de la República,
regulada en el inc. 2) del artículo 113
0
de la Constitución Política del Perú,
está referida a la falta de condiciones o aptitudes mentales o físicas,
debidamente comprobada por la autoridad de salud y no a valoraciones
subjetivas o de índole similar.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA.
Procedimiento
para el pedido de vacancia de la Presidencia
de la República, por causal prevista en el inciso
2) del
artículo 113
1
de
la
Constitución
El procedimiento para el pedido de vacancia de la Presidencia de la
República, por causal prevista en el inciso 2) del artículo 113° de la
Constitución, se desarrolla de acuerdo a las reglas establecidas en el artículo

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