Proyecto de Ley Nº 00327/2021-CR, Ley que establece la cobertura inmediata a la mujer gestante afiliada al sistema de seguridad social de essalud

Número de Iniciativa00327/2021-CR
Fecha de registro30 Septiembre 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaGonzales Delgado, Diana Carolina,Williams Zapata, José Daniel,Yarrow Lumbreras, Norma Martina,Córdova Lobatón, María Jessica,Burgos Oliveros, Juan Bartolomé,Bazán Calderón, Diego Alonso Fernando,Amuruz Dulanto, Yessica Rosselli
ProponenteCongreso
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
PROYECTO
DE
LEY
QUE
ESTABLECE
LA
COBERTURA
INMEDIATA
A
LA
MUJER
GESTANTE
AFILIADA
AL
SISTEMA
DE
SEGURIDAD
SOCIAL DE ESSALUD
PROYECTO DE LEY
4
11
CON(i SO
RFI'IJht I(.,\
Proyecto de Ley
ao. 1
c.C.. R
"Decenio de la igualdad de oportunidades para mujeres y hombres"
"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de lndeendencia"
El proyecto de Ley de la congresista
DIANA CAROLINA GONZALES DELGADO
del
grupo parlamentario Avanza País, ejerciendo el derecho a iniciativa legislativa que le
confiere el artículo 107
0
de la constitución Política del Perú y el inciso c) del artículo 22
0
y los artículos 75
0
y
76° del Reglamento del Congreso de la República, presenta el
siguiente proyecto de ley:
PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE LA COBERTURA INMEDIATA A LA
MUJER GESTANTE AFILIADA AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL DE
ESSALUD
Artículo Único.- Modificación de la Ley 26790, Ley de Modernización de la
Seguridad Social en Salud
Modifíquese el artículo 10 de la Ley 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social
en Salud, el cual quedará redactado del siguiente modo:
"Artículo 10.- Derecho de Cobertura
Los
afiliados regulares y sus derecho ha bientes tienen el derecho a las
prestaciones del Seguro Social de Salud siempre que aquellos cuenten con tres
meses de aportación consecutivos o con cuatro no consecutivos dentro de los
seis meses calendario anteriores al mes en que se inició la contingencia y que la
entidad empleadora haya declarado y pagado o se encuentre en fraccionamiento
vigente las aportaciones de los doce meses anteriores a los seis meses previos
al mes de inicio de la atención, según corresponda. En caso de accidente basta
que exista afiliación. ESSALUD podrá establecer períodos de espera para
contingencias que éste determine; con excepción de los regímenes especiales.
En el caso de los afiliados regulares pensionistas y sus derechohabientes tienen
derecho de cobertura desde la fecha en que se les reconoce como pensionistas,
sin período de carencia. Mantienen su cobertura siempre y cuando continúen
con su condición de pensionistas.
En caso la afiliada o el derechohabiente se encuentre en estado de
gestación, el derecho a cobertura se otorgará de forma inmediata luego de
su afiliación.
( ... )"
www.congreso.gob.pe
Av. Abancay 251 Oficina 307, Cercado de Lima
-
Perú
Teléfono: (01) 311-7777 Anexo: 7192

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