Proyecto de Ley Nº 00281/2021-CR, Ley que crea el vice ministerio de metalurgia en el ministerio de energía y minas

Número de Iniciativa00281/2021-CR
Fecha de registro20 Septiembre 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaZeballos Madariaga, Carlos Javier,López Ureña, Ilich Fredy,Soto Palacios, Wilson,Vergara Mendoza, Elvis Hernán,Portero López, Hilda Marleny,Alva Rojas, Carlos Enrique,Flores Ancachi, Jorge Luis
EstatusDictamen
ProponenteCongreso
Proyecto de Ley
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CONGR[S.
RELJR ICA
Deceno de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres
"Año del Bicentenario del Perú 200 años de Independencia"
O EP7ÜZ1
F3I El)
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Proyecto de ley querea el vice ministerio de Metalurgia en el
Ministerio de Energía y Minas.
Los congresistas de la república que suscriben, a iniciativa del congresista Carlos
Zeballos Madariaga, integrante del grupo parlamentario Acción Popular (AP), en uso
de sus facultades que le confiere el artículo 107 de la Constitución Política del Perú y
los artículos 22 literal c), 75
y
76 numeral 2 del reglamento del congreso, presentan la
siguiente iniciativa legislativa:
El congreso de la república
Ha dado la ley siguiente:
FORMULA LEGAL
Ley que crea el vice ministerio de Metalurgia en el Ministerio de
Energía y Minas
ARTICULO 1.- Objeto de la ley.
La presente ley tiene por objeto crear en el Ministerio de Energía
y
Minas el vice
ministerio de Metalurgia.
ARTICULO 2.-
Inclúyase en la Ley 30705 el artículo 14-A en los términos siguientes:
ARTICULO 14-A.- Viceministro de Metalurgia.
El Viceministro de Metalurgia es la autoridad inmediata al ministro en asuntos de su
competencia y por encargo del Ministro ejerce las siguientes funciones:
14-A-1 Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política de desarrollo sostenible en
materia de metalurgia de conformidad ccn la respectiva política nacional.
14-A-2 Promover la industrialización de los recursos mineros cualquiera sea su
naturaleza, dentro del territorio nacional para crear valor agregado y trabajo.
14-A-3 Coordinar, orientar y supervisar las actividades que cumplen los órganos y
entidades a su cargo, conforme al Reglamento de Organización y Funciones.
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