Proyecto de Ley Nº 00256/2021-CR, Ley que autoriza al ministerio de salud, sus organismos públicos, y a las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales por única y excepcionalmente la reasignación del personal asistencial por emergencia sanitaria del covid-19

Número de Iniciativa00256/2021-CR
Fecha de registro16 Septiembre 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
Autor de la iniciativaMori Celis, Juan Carlos,Zeballos Madariaga, Carlos Javier,Espinoza Vargas, Jhaec Darwin,López Ureña, Ilich Fredy,Paredes Fonseca, Karol Ivett,Vergara Mendoza, Elvis Hernán,Portero López, Hilda Marleny
ProponenteCongreso
EstatusPublicada en el Diario Oficial El Peruano
Proyecto de Ley
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1
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CONGRESO DE LA REPÚBLICA
LEY
QUE AUTORIZA AL MINISTERIO DE
SALUD, SUS ORGANISMOS PUBLICOS, Y A
1 5 SEP
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LAS UNIDADES EJECUTORAS DE SALUD DE
LOS GOBIERNOS REGIONALES POR UNICA Y
EXCEPCIONALMENTE LA REASIGNACION DEL
PERSONAL ASISTENCIAL POR EMERGENCIA
SANITARIA DEL COVID-19
Los
Congresistas miembros del Grupo Parlamentario Acción Popular, a iniciativa
del Congresista JUAN CARLOS MORI CELIS, y demás
Congresistas firmantes, al
amparo de lo dispuesto en el artículo
1070
de la Constitución
Política y conforme lo
establece el numeral 2) del artículo 76° del Reglamento del Congreso de la
República, presentan el siguiente:
FORMULA LEGAL
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE AUTORIZA AL MINISTERIO DE SALUD, SUS ORGANISMOS
PUBLICOS, Y A
LAS
UNIDADES EJECUTORAS DE SALUD DE LOS
GOBIERNOS REGIONALES POR UNICA Y EXCEPCIONALMENTE LA
REASIGNACION DEL PERSONAL ASISTENCIAL POR EMERGENCIA
SANITARIA DEL COVID-19
Artículo
1
1
'.-
Objeto de la Ley.
La presente Ley tiene por objeto autorizar al Ministerio de Salud, sus organismos
públicos y a las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales por
única vez y excepcionalmente, la reasignación del personal asistencial por la
emergencia sanitaria por el brote del Covid-19, en concordancia con lo señalado
por el numeral 3.2 del artículo
30
del Decreto Legislativo N° 1153, que regula la
política integral de compensaciones y entregas económicas del personal de la
salud al servicio del Estado, y del personal del Ministerio de Salud, sus organismos
públicos, y las unidades ejecutoras de los Gobiernos Regionales en los
establecimientos de salud de dichas entidades con la finalidad de sincerar y
mejorar su situación laboral y contribuir a la mejora en la calidad del servicio de
salud pública.

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