Proyecto de Ley Nº 00072/2021-CR, Ley que modifica el literal c del numeral 3.1 del artículo 3 de la ley 27037, ley de promoción de la inversión en la amazonía, con la finalidad de extender sus beneficios a las provincias de cutervo, chota, celendín, cajabamba y san marcos

Número de Iniciativa00072/2021-CR
Fecha de registro26 Agosto 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
ProponenteCongreso-Actualización
EstatusEN COMISIÓN
Proyecto de Ley
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Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia"
Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres
OFICIO N° 555 -2021 —PR
Lima, 16 de agosto de 2021
Señora
MARÍADELCARMENALVAPRIETO
Presidenta del Congreso de la Republica
1
60?
Presente.-
O
-
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted, con relación a la Autógrafa de Ley que modifica el
literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27037, Ley de Promoción de Inversión
en la Amazonía, con la finalidad de extender sus beneficios a las provincias de Cutervo,
Chota, Celendín, Cajabamba y San Marcos. Al respecto, estimamos conveniente observar
la misma
1
por lo siguiente:
De la Autógrafa
1.1
La Autógrafa modifica el literal c) del numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley N° 27037,
Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonia, a fin de considerar dentro de la
Amazonia a las provincias de Cutervo, Chota y Celendín del departamento de
Cajamarca.
1.2 De acuerdo a la exposición de motivos del Proyecto de Ley N° 5445/2020-GR que
sirve de base a la Autógrafa bajo análisis la incorporación de las provincias de Cutervo,
Chota y Celendín del departamento de Cajamarca dentro de los alcances de la Ley N°
27937 se justifica en los 'niveles de pobreza monetaria y las potenciales no solo
turísticas y mineras sino también forestales y agrícolas" de estas provincias", así como
en su "colindancia amazónica".
Agregan asimismo que el trabajo de investigación del Instituto de Investigaciones de
la Amazonia Peruana (1998) denominado "Delimitación del territorio amazórico con
criterio ecológico y criterio hidrográfico" determina dos criterios para delimitar el ámbito
de la Amazonia peruana: a) criterios ecológicos y b) criterios hidrográficos de cuenca.
Siendo que si toma como base el criterio ecológico solo estarían comprendidas dos
provincias de Cajamarca (Jaén y San Ignacio) dentro de la Amazonia; sin embargo,
se basan en el criterio hidrográfico de cuenca, se encontrarían comprendidos
Cajamarca más 9 provincias, entre las que se encuentran Chota, Cutervo y Celendín.
De la Ley
27037,
Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía
2.1
La Ley N° 27037, Ley de Promoción de la Amazonía, tiene como objeto p'omover e
desarrollo sostenible e integral de la Amazonia, estableciendo las condiciones para la
inversión pública y la promoción de la inversión privada en dicha zona.
22 Para tales efectos, la citada Ley establece, corno mecanismos para la atracción de la
inversión en la zona principalmente los siguientes beneficios tributarios:
1 De acuerdo con lo señalado en el inforo N° 0073-2021-EF161.01.

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