Proyecto de Ley Nº 00061/2021-CR, Ley que promueve el turismo marítimo y modifica la ley de tributación municipal, la ley general de aduanas y precisa que las embarcaciones inscritas en el registro nacional de matrícula de naves y artefactos navales conforman la reserva naval

Número de Iniciativa00061/2021-CR
Fecha de registro26 Agosto 2021
Legislatura2021-2026
SesiónPrimera Legislatura Ordinaria 2021
EstatusDictamen
ProponenteCongreso-Actualización
Recibido por
Hora
C
ONGREi5
DE
LA REPÚBLICA
ÁREA DE RELATORIA
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AGENDA
16 14G
Proyecto de ley N...Z.
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Año del Bicentenario del Pefti 200 años de Independencia
Decenio de la Igualdad de oportunidades para mujeres y hombres'
Lima, 06 de agosto de 2021
Señora
.1
MARÍA DEL CARMEN ALVA PRIETO
Presidenta del Congreso de la República
'.:!2.'
1 ASO ZI
Presente.-
,
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted, con relación a la Autógrafa de Ley que promueve
el turismo marítimo y modifica la ley de tributación municipal, la ley general de aduanas y
precisa que las embarcaciones inscritas en el registro nacional de matrícula de naves y
artefactos navales conforman la reserva naval. Al respecto, estimamos conveniente
observar la misma por lo siguiente:
De la propuesta de gravar con el impuesto a las embarcaciones náuticas con una
antigüedad no mayor de tres años y reducir la alícuota del impuesto a
1%.
El objetivo de la Autógrafa, de acuerdo a su exposición de motivos, es fomentar la
matrícula de embarcaciones náuticas para enarbolar la bandera nacional a disposición
del Estado, incrementando con ello la Reserva Naval, sin embargo, se debe tener en
cuenta que el Impuesto a las Embarcaciones de Recreo, como todo tributo, tiene como
fin procurar el dinero que sirva para cubrir los gastos que exige el cumplimiento de los
fines del Estado
1
.
En ese sentido consideramos que establecer un plazo de gravamen de tres (3) años y
el reducir la tasa de 5% a 1%, no es técnicamente lo adecuado, y reduciría
significativamente la recaudación del impuesto.
En efecto, considerando la recaudación obtenida por dicho impuesto al cierre del año
2020, se estima que, para los años 2021 y 2022, la recaudación anual del impuesto de
embarcaciones de recreo ascendería a Sf1,7 millones, la cual, de reducirse la alícuota
de dicho impuesto de 5% a 1%, esta proyección de recaudación caería a SI 0,3
millones, representando una caída de 80% en los ingresos municipales respecto a
dicho impuesto, tal como se muestra en el siguiente cuadro:
Cuadro N° 1
Proyección de recaudación 2021
-
2022
del Impuesto de Embarcaciones de Recreo
considerando una alícuota de 1%
E
scenar
I
o
Actual (5%)
2012
2471 102
2013p014f
1
2008
1
1607
2015
2016
1 665
1818
J
1496
20172018
1
1532
2019
1411
2020
2021p
2022P
1240
1696
1696
4
657
297
95
231
1
472
629
375
904
904
ProPuesta(l%)
1339381
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-
uente: bUNAI tiaboracion MtI-
-
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1
EVLLANO, S.
(2016). Lecciones de Derecho Tributado: Principios Generales y Código Tributano.
Fondo
Editorial Pontificia Universidad Católica de! Perú.
OFICIO N°
540
-2021 —PR

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