54 002-2004-OROP/JNE - Inscriben provisionalmente a la organización "Partido Justicia Nacional" en el Registro de Organizaciones Políticas

Fecha de publicación25 Febrero 2004
Fecha de disposición25 Febrero 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 25 de febrero de 2004
Administrativa número 066-2004-P-CSJL/PJ de fecha die-
ciocho de febrero último, se ha programado para el mes de
marzo una Visita Judicial Ordinaria al 10º Juzgado Laboral
de Lima;
Que, en efecto, mediante Resolución Administrativa
número 066-2004-P-CSJL/PJ de dieciocho de febrero últi-
mo, publicada en el Diario Oficial El Peruano el diecinueve
de febrero, se ha aprobado el cronograma de visitas judi-
ciales ordinarias para el presente año judicial, programán-
dose para el mes de marzo la visita al 10º Juzgado Labo-
ral;Que, la finalidad de las visitas judiciales ordinarias y
extraordinarias es evaluar la conducta y desempeño fun-
cional del Magistrado y auxiliares jurisdiccionales, así como,
las condiciones en que se presta el servicio de justicia, a
fin de que los justiciables accedan a una tutela jurisdiccio-
nal efectiva; en consecuencia, resulta pertinente atender
el pedido de la magistrada recurrente, tanto más, si en el
Módulo II - Piso 6 del Edificio Alzamora Valdez respecto
del cual forma parte el 10º Juzgado Laboral, existen
Magistrados que durante el segundo período vacacional
no alternarán Despacho Judicial alguno diferente del que
tienen a su cargo; debiendo tomarse, por tanto, las medi-
das administrativas pertinentes;
Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es
la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su
cargo y por tal motivo dirige la política interna de su Distrito
Judicial, debiendo cautelar de acuerdo a sus atribuciones
por una pronta administración de justicia con el fin de brin-
dar un eficiente servicio a los justiciables;
Que, estando a lo expuesto y con las facultades otor-
gadas en los incisos 3) y 4) del artículo 90º de la Ley Orgá-
nica del Poder Judicial;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la alternan-
cia dispuesta mediante Resolución Administrativa número
070-2004-P-CSJL/PJ de dieciocho de febrero último, res-
pecto del 14º Juzgado Laboral de Lima por el período com-
prendido del 2 al 16 de marzo del presente año; en conse-
cuencia, se dispone lo siguiente:
Dra. Cecilia Espinoza Montoya, Juez del 16º Juzgado
Laboral de Lima, deberá asumir además el Despacho del
14º Juzgado Laboral de Lima, del 2 al 16 de marzo, por
vacaciones de la Dra. Nancy Vásquez Hilares.
Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en
conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Con-
sejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control
de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervi-
sión de Personal, de la Fiscalía de la Nación, de la Oficina
de Administración Distrital de la Corte Superior de Justicia
de Lima y de los magistrados interesados.
Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.
VÍCTOR RAÚL MANSILLA NOVELLA
Presidente de la Corte Superior
de Justicia de Lima
03865
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
JNE
Inscriben provisionalmente a la orga-
nización "Partido Justicia Nacional" en
el Registro de Organizaciones Políticas
RESOLUCIÓN Nº 002-2004-OROP/JNE
Lima, 20 de febrero de 2004
VISTO:
El Expediente Nº J-965-2003-INSCRIPCIÓN, iniciado
con la solicitud de inscripción en el Registro de Organiza-
ciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones de la
organización política “Partido Justicia Nacional”, presenta-
da por el señor Jaime Salinas López-Torres, Presidente de
la organización política nombrada;
CONSIDERANDO:
Que la organización política “Partido Justicia Nacional”,
inició el procedimiento de solicitud de inscripción durante
la vigencia de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859,
por lo cual dicha solicitud de inscripción se rige por las
disposiciones establecidas en dicha norma;
Que, de conformidad con lo establecido en el inciso b)
para la inscripción de una organización política se requiere
entre otros requisitos, la presentación de una relación de
adherentes no menor del 1% del total nacional de votantes
del proceso electoral próximo anterior, cifra equivalente,
para este caso, a la de 128,293 firmas de ciudadanos, se-
gún la Resolución N º 105-2003-2003- JNE, vigente a la
fecha de la presentación de firmas recolectadas por la or-
ganización política recurrente;
Que de la comprobación de firmas de adherentes pre-
sentadas, se tiene que el “Partido Justicia Nacional” ha
obtenido ciento veinte y ocho mil trescientos cuarenta y
seis (128,346) firmas de adherentes válidas, según el Acta
de Suspensión de la Verificación, levantada el día 23 de
enero de 2004, en la sede de la Subgerencia de Activida-
des Electorales del RENIEC, con motivo de la Comproba-
ción Semiautomática del tercer lote adicional de firmas del
Organización “Partido Justicia Nacional”, en la cual se con-
cluyó que dicha organización política había alcanzado con
el mínimo de firmas requerido para su inscripción;
Que la organización política “Partido Justicia Nacional”
ha cumplido con los demás requisitos para su inscripción,
como la indicación de personeros designados, del domici-
lio de la organización y del símbolo adoptados, estableci-
dos en los artículos 88º y 164º de la Ley Orgánica de Elec-
ciones Nº 26859;
Que, las características del símbolo presentado se en-
contrarían en conformidad con lo establecido en el artículo
164º de la Ley Orgánica de Elecciones Nº 26859;
Que, cumplidos los requisitos de inscripción, la Oficina
de Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacio-
nal de Elecciones procede inmediatamente a efectuar la
inscripción provisional, la que se convierte en definitiva
después de resueltas las tachas que pudieran formularse
dentro de los tres días naturales siguientes a la publica-
ción de la presente resolución o transcurrido dicho plazo
sin que se hayan formulado tachas, de conformidad con lo
establecido en los artículos 96º y 101º de la Ley Orgánica
de Elecciones Nº 26859;
Que compete al Jurado Nacional de Elecciones custo-
diar el Registro de Organizaciones Políticas, registrando o
cancelando su inscripción, de conformidad con lo previsto
concordante con el artículo 3º , inciso b), de la Ley Nº 26533;
Por estas consideraciones, la Oficina de Registro de
Organizaciones Políticas, en función de sus atribuciones
legales;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Inscribir provisionalmente en el Re-
gistro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de
Elecciones a la organización política “Partido Justicia Na-
cional”, así como el símbolo que consiste en un rectángulo
verde que contiene la siglas PJN en color blanco, debajo
cual se encuentra la palabra JUSTICIA en color azul y, fi-
nalmente, debajo de la palabra NACIONAL en color verde,
tal como aparece a continuación:
Artículo Segundo.- Téngase presente el domicilio se-
ñalado por la organización política recurrente en calle Mi-

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