Exoneran de proceso de adjudicación directa selectiva la contratación de proveedor de servicios de pasajes aéreos, alojamiento, alimentación y otros conexos

Fecha de publicación03 Diciembre 2004
Fecha de disposición03 Diciembre 2004
Pág. 281611
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 3 de diciembre de 2004
Artículo Segundo.- Autorizar al Banco de la Nación
la apertura de una Agencia ubicada en la Av. Sánchez
Cerro s/n, distrito y provincia de Puerto Inca, departa-
mento de Huánuco.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO GRADOS SMITH
Superintendente Adjunto de Banca
21733
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
COMISIÓN NACIONAL
DE LA JUVENTUD
Exoneran de proceso de adjudicación
directa selectiva la contratación de
proveedor de servicios de pasajes aé-
reos, alojamiento, alimentación y otros
conexos
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 062-P/CNJ-CONAJU-2004
Lima, 29 de noviembre de 2004
VISTOS:
El Memorando Nº 232- 2004-CNJ/P remitido por la
Presidencia de la Comisión Nacional de la Juventud, el
Informe Nº 082-2004-CONAJU-CNJ/OA de la Oficina
de Administración, el Informe Nº 038-2004-CONAJU-
CNJ-OP/P de la Oficina de Planeamiento y el Informe
Nº 141-2004-CNJ/OAJ de la Oficina de Asesoría Legal;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 004-P-
2004-CNJ de fecha 13 de enero del 2004, en cumpli-
miento de lo dispuesto por el artículo 7º del Decreto
Supremo Nº 012-2001-PCM, Texto Único de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se aprueba
el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la
Comisión Nacional de la Juventud, el cual prevé los bie-
nes, servicios y obras que se requerirán durante el ejer-
cicio presupuestal vigente;
Que, la Presidencia de la Comisión Nacional de la
Juventud, con motivo de la obtención de la Presidencia
del Consejo Directivo de la Organización Iberoamericana
de Juventud por parte del Estado Peruano para el perío-
do 2004 al 2006, ha determinado la necesidad inmediata
de realizar la Reunión de Trabajo de los Ministros de
Juventud, durante los días 3 y 4 de diciembre del año en
curso, evento que tiene por objeto fortalecer los consen-
sos iberoamericanos en torno a políticas públicas hacia
y con los jóvenes, optimizar y aumentar la cooperación
internacional en políticas de organización, promoción de
la juventud en cada país y, al mismo tiempo, fortalecer el
trabajo gubernamental en el tema a través del Consejo
Nacional de la Juventud - CONAJU, y en ese marco
poder intercambiar las experiencias de promoción y es-
tablecer alianzas para el fortalecimiento de los mecanis-
mos de participación efectiva de la juventud en el diseño
de políticas, planes, estrategias y programas que contri-
buyan a su desarrollo;
Que, el referido evento contará con la presencia de
los altos funcionarios representantes de los Estados
miembros de la Organización Iberoamericana de Juven-
tud, organismo internacional de carácter multiguberna-
mental, integrado por un total de 21 Estados, creado
para promover el diálogo, la concertación y la coopera-
ción en materia de juventud entre los países iberoame-
ricanos, por lo cual se hace necesario cubrir los requeri-
mientos correspondientes a los pasajes aéreos, aloja-
miento, alimentación y demás servicios vinculados con
la estadía durante la realización del citado evento;
Que, de acuerdo a los fundamentos expuestos en el
requerimiento cursado por la Presidencia de la Comisión
Nacional de la Juventud y del análisis realizado por la
Oficina de Administración, se ha determinado de urgen-
cia la realización de la reunión antes mencionada, ya
que la misma servirá como insumo inmediato para la
elaboración de los distintos documentos de gestión ins-
titucional para el año 2005, así como para la elaboración
de lineamientos para el trabajo a realizarse por parte de
la institución con la Organización Iberoamericana de la
Juventud al presidirla;
Que, dado el escaso tiempo existente entre la elec-
ción del Estado Peruano en la Presidencia del referido
organismo multigubernamental, situación no prevista y
que evidencia la urgencia de elaborar un plan de accio-
nes que vinculen tan importante rol asumido por la Comi-
sión Nacional de la Juventud, como organismo oficial de
juventud y a su vez vinculado a las labores esenciales
que cumple, de acuerdo a sus funciones legalmente
establecidas, es pertinente proceder a realizar las ac-
ciones administrativas y legales pertinentes para viabili-
zar la realización del mencionado evento;
Que, para la realización de la reunión se ha visto
pertinente la contratación de una persona natural o jurí-
dica que brinde servicios de pasajes aéreos, alojamiento,
alimentación y otros conexos para poder llevarla a cabo,
dada la imposibilidad de realizar un proceso de Adjudica-
ción Directa Selectiva y existiendo una situación de ur-
gencia, es pertinente proceder a exonerar dicho proce-
so a efecto de poder cumplir con el mencionado evento;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 21º del
Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado, aprobado mediante el Decre-
to Supremo Nº 012-2001-PCM, se produce una situa-
ción de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e
imprevisible de determinado bien o servicio compromete
en forma directa e inminente la continuidad de las activi-
dades de la Entidad, situación que la faculta a la adquisi-
ción o contratación de los bienes, servicios u obras sólo
por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario
para llevar a cabo el proceso de selección que corres-
ponda;
Que, tal como se colige de los fundamentos del Infor-
me Legal emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, la
procedencia de la presente resolución responde a las
funciones institucionales que concuerdan con el objeto
de la referida reunión, las que se encuentran estableci-
das por la Ley N° 27802, Ley del Consejo Nacional de la
Juventud, artículo 11º incisos c) y e);
Que, el artículo 108º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y modificado
por el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 079-2001-
PCM, dispone que la situación de urgencia debe enten-
derse como una medida temporal ante un hecho de ex-
cepción que determina una acción rápida a fin de adqui-
rir o contratar lo indispensable para paliar la urgencia,
sin perjuicio de que se realice el proceso de selección
correspondiente para las adquisiciones y contratacio-
nes definitivas;
Que, en consecuencia, al producirse una situación
enmarcada en los términos del inciso c) del Artículo 19º
del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supre-
mo Nº 012-2001-PCM, es procedente exonerar la
adquisición del servicio de pasajes aéreos, alojamiento,
alimentación y demás vinculados con la realización de la
Reunión de Trabajo de los Ministros de Juventud de los
Estados miembros de la Organización Iberoamericana
de Juventud, a favor de la Comisión Nacional de la Ju-
ventud, mediante el proceso de selección de Adjudica-
ción de Menor Cuantía, de acuerdo a lo previsto en el
artículo 20º de la misma norma, y según el procedimien-
to que determinan los artículos 105º y 116º de su Regla-
mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-
PCM, hasta la suma de Cincuenta y Nueve Mil y 00/100
Nuevos Soles (S/. 59,000.00), con cargo a la Fuente de
Financiamiento de Recursos Ordinarios, tal como ha sido
informado por la Oficina de Administración de la Comi-
sión Nacional de la Juventud;
Que, de acuerdo a la recomendación hecha por la
Oficina de Administración, mediante el Informe Nº 082-
2004-CONAJU-CNJ/OA, la disponibilidad presupuesta-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR