La protección al consumidor y los servicios de telecomunicaciones en Cuba

AutorEdgar Cobas Chacon
Introducción

El nuevo orden económico mundial impone nuevas vertientes que alejan al hombre de ser el eje primario de la sociedad, estableciendo con sus estructuras neoliberalistas, que la obtención de ganancias va por encima de los valores e intereses humanos. Entre tantos métodos para lograr este desequilibrio social y desigualdad humana, está la de obviar las necesidades reales y básicas del hombre en su mayoría, llevándolos a un desenfrenado consumo de aquellos bienes, que no siendo los más importantes, sí son los que más ganancias generan. El hombre ha dejado de ser consumidor para convertirse en consumista.

La comunicación es una de las prioridades del ser humano. A lo largo de la historia el hombre ha creado mecanismos para transmitir la palabra, desde el primitivo sistema de señales para pedir auxilio, advertir de un peligro o dar conocer posibilidades de caza, hasta los actuales y sofisticados sistemas de transmisión de datos, voz e imágenes, a través de vías cada vez más sorprendentes.

La comunicación traspasa los límites individuales para convertirse en una prioridad colectiva, no existe nación, organismo, institución o empresa, que no otorgue especial importancia al uso y desarrollo de las comunicaciones y las nuevas tecnologías. Sin embargo, el interés en hacer uso de ellas o desarrollarlas, no siempre va a favor de la mayoría, ni en el mayor de los casos, se respetan y protegen los derechos que pudieran tener los usuarios. Por tal motivo, es indispensable que cada Estado trace políticas de protección de los derechos del ciudadano, que se establezcan normas de protección al consumidor, que las Empresas que prestan Servicios de Telecomunicaciones, posean instrumentos que posibiliten a sus usuarios hacer valer sus derechos, pero también que los Organismos o Instituciones que actúen como órgano regulador en el sector de las telecomunicaciones, fiscalicen a estas empresas y posibiliten alternativas de solución o atención de reclamos y quejas de los usuarios.

Cuba, en medio de este nuevo orden económico, mantiene su bandera de llevar a cabo una economía donde los medios de producción y la finalidad de esta, sea la satisfacción de las necesidades de la población. Esta política debe ir fundamentada con regulaciones y normas legales que establezcan la organización, principios y estrategias, entre otros aspectos necesarios, para un adecuado sistema de protección de los intereses del pueblo. El sector de las comunicaciones en Cuba, no escapa al fin social de la política nacional de la economía, por lo que se hace necesario velar, que este interés nacional, esté presente en cada una de las empresas prestadoras de servicios de telecomunicaciones, así como en el Organismo de la Administración Central del Estado responsable de regir, regular y controlar las telecomunicaciones.

El Ministerio de la Informática y las Comunicaciones (MIC), es el Organismo de la Administración Central del Estado encargado en Cuba de impulsar, facilitar y ordenar el uso masivo de servicios y productos de las tecnologías de la información, las comunicaciones, la electrónica y la automatización para satisfacer las expectativas de todas las esferas de la sociedad, es por ende el ente estatal al que le corresponde establecer normas que regulen la protección del usuario así como poner en vigor mecanismos que faciliten la

atención a las quejas y reclamos de dichos usuarios

Capitulo I - Antecedentes Generales
1. 1 Concepto de consumidor

Los diferentes conceptos de Consumidor que se han dado a lo largo de la historia, se han enfocado desde varios punto de vista. En un principio, el concepto de Consumidor se limitaba al comprador de productos farmacéuticos y alimenticios, luego se amplió hasta ser visto como persona individual que adquiere alguna mercadería o actúa como usuario de servicios adquiribles en el mercado, hasta llegar a la actualidad donde muchos países en sus respectivas normas que tratan el tema de Consumidores, le definen como toda persona natural o jurídica que adquiere bienes (cosas y servicios) como destinatario final, o sea, el último eslabón en la cadena producción-distribución-comercialización-consumo.

Para definir Consumidor no se puede pensar en limitantes relacionadas con capacidad para adquirir, ya sean físicas, mentales o jurídicas. Hemos visto que el hombre por su propia naturaleza necesita de la alimentación, salud y demás productos y servicios básicos, tenga la total capacidad legal o física para hacerlo o no. Hay que desdeñar toda limitación relacionada con la adquisición de determinados productos y/o servicios y la vía de obtenerlos o disfrutarlos, las nuevas tecnologías suplantan la necesaria presencia del vendedor y comprador en el momento del acto de traspaso del bien o la simple compraventa. La finalidad de un bien adquirido está en dependencia de la necesidad que quiera satisfacer el Consumidor.

En resumen, respetando todo tipo de concepto existente y teniendo en cuenta los tres elementos siguientes: 1) la gama de actividades en las que el hombre puede actuar como consumidor; 2) las diferentes vías por las cuales el consumidor puede obtener un bien o disfrutar de un servicio y; 3) la motivación de su uso y/o consumo, podemos definir, que Consumidor es todo aquella persona natural que adquiera algo, sea bien material o inmaterial, disfrute de un servicio u otro tipo de prestación social, para satisfacer una necesidad inmediata o a largo plazo.

1. 2 Protección al consumidor y las organizaciones internacionales, una mirada global

Abordado el tema de los derechos del hombre a consumir y satisfacer sus principales necesidades, y la relación que debe existir entre estos derechos y la sociedad, debemos hacer referencia obligada a la importancia que le confieren a nivel internacional al tema, para ello, veamos como se ha pronunciado la Organización de Naciones Unidas respecto a los consumidores, en función de reconocer sus derechos. Asimismo, mencionaremos muy someramente qué otros organismos internacionales se relacionan con el tema de las Telecomunicaciones y con la Protección al Consumidor

Organización de Naciones Unidas (ONU)

Las Naciones Unidas fueron establecidas el 24 de octubre de 1945 por 51 países resueltos a mantener la paz mediante la cooperación internacional y la seguridad colectiva. Hoy en día casi todas las naciones del mundo son Miembros de las Naciones Unidas

Cuando los Estados pasan a ser Miembros de las Naciones Unidas convienen en aceptar las obligaciones de la Carta de las Naciones Unidas, que es un tratado internacional en el que se establecen los principios fundamentales de las relaciones internacionales.

De conformidad con la Carta, las Naciones Unidas tienen cuatro propósitos: mantener la paz y la seguridad internacionales, fomentar entre las naciones relaciones de amistad, realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales y la promoción del respeto de los derechos humanos y servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones.

La protección al consumidor es consecuencia directa del reconocimiento de los derechos humanos, por eso, primeramente es necesario mencionar el importante papel que ha desempeñado la ONU en materia de derechos humanos. La carta firmada en San Francisco, EE.UU., en 1945, constituyó el primer tratado en materia de derechos humanos, tres años mas tarde, un 10 de diciembre, se aprobaba la Declaración Universal de los Derechos Humanos, donde se reconocen los derechos económicos, sociales y culturales, a una vida plena y saludable, a la seguridad social, al trabajo, al descanso y tiempo libre, entre otros.

La ONU concibe el desarrollo en un contexto íntegro donde deben ir de la mano la evolución económica, la social, la cultural y la política, quedando claro que los avances económicos deben ir en función de mejorar la calidad de vida de la sociedad en su conjunto

La ONU a lo largo de estos años, ha dictado políticas y principios generales encaminados a proteger y reconocer cada vez más, los derechos de los consumidores. El 9 de abril de 1985 la Asamblea General aprobó la resolución 39/248 en la que se aprobaron los derechos de los Consumidores. Y ellos son:

Derecho a la satisfacción de las necesidades básicas. (Tener acceso a los bienes y servicios básicos esenciales: alimentos adecuados, ropa, vivienda, cuidado de la salud, educación y salubridad);

Derecho a la seguridad. (Estar protegido contra productos, procesos de producción y servicios riesgosos para la salud o la vida);

Derecho de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR