222 003-05-SG/MDS - Prorrogan plazo para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios de la Municipalidad

Fecha de disposición22 Abril 2005
Fecha de publicación22 Abril 2005
Pág. 291353
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 22 de abril de 2005
a. Concertar el Proyecto Educativo Municipal.
b. Evaluar los indicadores de eficacia, eficiencia y cali-
dad de la educación en la jurisdicción de Pueblo Libre.
c. Participar anualmente en la elaboración y rendi-
ción de cuentas del presupuesto de la Unidad de Ges-
tión Educativa Local.
2.- Extraordinarias: Cuando sean convocadas por
el Alcalde de Pueblo Libre o su representante, para tra-
tar exclusivamente los puntos de la agenda que son
materia de la convocatoria.
La comunicación de la convocatoria, será cursada a
los miembros del Consejo por el Secretario Técnico, por
encargo del Alcalde o su representante, por lo menos
con 2 días hábiles anteriores a la fecha de la convocato-
ria. La citación deberá contener el lugar, fecha y hora en
la cual se producirá la sesión.
Las sesiones serán conducidas por el Alcalde o su
representante y para su desarrollo, regirán las normas
que corresponden al Concejo Municipal, conforme a su
Reglamento Interno, en lo que sea pertinente.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Facúltese al Alcalde, para que mediante
Decreto de Alcaldía, dicte las normas complementarias
y reglamentarias a que hubiere lugar, para la mejor apli-
cación de la presente ordenanza.
Segunda.- En todo lo no previsto en la presente, se
aplicará supletoriamente la Ley de Procedimiento Admi-
nistrativo General Nº 27444, Ley General de Educación
Nº 28044 y demás normas que resulten aplicables.
Tercera.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Hu-
mano, el cumplimiento de la presente.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ÁNGEL M. TACCHINO D.
Alcalde
07703
Incorporan requisito a la Ordenanza
Nº 172-MPL y al TUPA de la Muni-
cipalidad ORDENANZA Nº 174-MPL
Pueblo Libre, 15 de abril del 2005
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE PUEBLO LIBRE
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el
Dictamen Nº 006-2005-MPL/CPL-CPDU de la Comisión
Permanente de Desarrollo Urbano; y,
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de
la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son
órganos de gobierno local, con autonomía política, admi-
nistrativa y económica en los asuntos de su compe-
tencia;
Que, con fecha 17 de marzo del 2005, se aprobó la
Ordenanza Nº 172-MPL, que regula el "Otorgamiento de
Autorizaciones Temporales de Comercio Vecinal" en el
distrito de Pueblo Libre;
Que, el numeral 3.6.4 del inciso 3) del artículo 79º de
la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, señala
expresamente que son funciones exclusivas de las
municipalidades distritales, normar, regular y otorgar
autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fiscali-
zación de apertura de establecimientos comerciales, in-
dustriales y de actividades profesionales;
En uso de las facultades conferidas por los artículos
9º numeral 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalida-
des - Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por MAYORÍA
y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del
Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- Incorpórese en el artículo 4º de
la Ordenanza Nº 172-MPL el siguiente requisito: "9. Cer-
tificado de Conformidad de Establecimiento Favorable".
Artículo Segundo.- Incorpórese al Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Municipalidad,
aprobado mediante Ordenanza Nº 142-MPL, en el
Procedimiento Nº 20 de la División de Licencias y Anun-
cios, el requisito señalado en el artículo primero.
Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de
Desarrollo Urbano, el cumplimiento de la presente.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ÁNGEL M. TACCHINO D.
Alcalde
07706
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Prorrogan plazo para el pago del
Impuesto Predial y Arbitrios de la
Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 003-05-SG/MDS
Surquillo, 20 de abril de 2005
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE SURQUILLO
VISTO: El Informe Nº 041-05-/GR-MDS del 19.4.05,
emitido por la Gerencia de Rentas;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Informe de Vistos, la Gerencia de
Rentas de la Municipalidad de Surquillo solicita la Prórroga
de la 1era. Cuota de pago del Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales del año 2005, así como de los beneficios adi-
cionales para el pago de los arbitrios pendientes hasta el
año 2004, por lo que es necesario ampliar la vigencia de la
Ordenanza Nº 138/MDS de fecha 15/3/2005;
Que, continuando con la política de apoyo para con
los señores contribuyentes del distrito de Surquillo, a fin
de que sigan cumpliendo con los pagos de sus deudas
tributarias, y de acuerdo a la Tercera Disposición Com-
plementaria y Final de la Ordenanza Nº 138/MDS, que
faculta al señor Alcalde, para que mediante Decreto de
Alcaldía amplíe su vigencia;
Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- PRORRÓGUESE hasta el 30 de abril
del 2005, la fecha de vencimiento para el pago de la 1era.
Cuota de pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
del año 2005, así como de los beneficios adicionales para el
pago de los Arbitrios pendientes hasta el año 2004, aproba-
do mediante Ordenanza Nº 138/MDS del 15/3/2005.
Artículo Segundo.- El presente Decreto de Alcaldía
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
GUSTAVO SIERRA ORTIZ
Alcalde
07773

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