Exoneran de proceso de selección la prórroga de contrato de arrendamiento de oficinas que ocupa el SAT

Fecha de publicación27 Diciembre 2004
Fecha de disposición27 Diciembre 2004
Pág. 283438
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 27 de diciembre de 2004
que para la determinación del costo de las tasas se
deberá utilizar de manera vinculada y dependiendo del
servicio público involucrado, entre otros criterios que
resulten válidos para la distribución al uso, el tamaño y la
ubicación del predio del contribuyente;
Que, el artículo 9º de la Ordenanza Nº 113-MDSMP
dispone que el monto total que demanda la prestación de
los servicios de limpieza pública, parques y jardines y
serenazgo se distribuirá entre el número de contribuyen-
tes del distrito teniendo en consideración para los tres
casos los siguientes criterios: el uso o la actividad desa-
rrollada en el predio, el tamaño del predio expresado en
metros cuadrados del área construida, la ubicación del
predio y la prestación general de los servicios, entendi-
da como la implementación efectiva de los referidos ser-
vicios en la jurisdicción del distrito de San Martín de
Porres;
Que, en lo referente a las inafectaciones, el artículo
7º de la Ordenanza Nº 113-MDSMP establece que se
encuentran inafectos al pago de arbitrios municipales,
los predios de propiedad de los Gobiernos Locales, los
Gobiernos Extranjeros y Organismos Internacionales,
las Entidades de Beneficencia, los predios considera-
dos como Patrimonio Cultural, las Entidades Religiosas,
el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, los
Centros Educativos Estatales, la Policía Nacional del Perú
y las Fuerzas Armadas y las Organizaciones de perso-
nas con discapacidad reconocidas por el CONADIS. En
relación a las exoneraciones, el artículo 8 indica que las
exoneraciones genéricas de tributos otorgados o que
se otorguen no comprenden a los arbitrios regulados en
la presente Ordenanza, por lo que la exoneración debe-
rá ser expresa;
Que, en cuanto al aspecto técnico de la mencionada
Ordenanza, el SAT informa que mediante la Ordenanza
Nº 113-MDSMP, la Municipalidad Distrital de San Martín
de Porres determinó los montos de los Arbitrios munici-
pales de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos
y Serenazgo para el ejercicio fiscal 2005, distribuyendo
el costo total del servicio entre todos los obligados de los
predios ubicados en el distrito, considerando los siguien-
tes criterios: uso o actividad desarrollada en el predio,
tamaño del predio, ubicación del predio y prestación ge-
neral del servicio;
Que, de acuerdo con la información proporcionada
por la referida Municipalidad, se verificó que para la provi-
sión de los servicios de limpieza pública, parques y jar-
dines y serenazgo, la Municipalidad incurre efectivamente
en costos de mano de obra, materiales, depreciación,
entre otros. Así, la Municipalidad para efectuar el cobro
por el servicio de limpieza pública está considerando los
criterios de recolección domiciliaria de residuos sólidos,
recojo de maleza, transporte, descarga, transferencia y
disposición final de residuos sólidos urbanos, y desperdi-
cios de malezas a los rellenos sanitarios autorizados.
Asimismo, para el servicio de parques y jardines se con-
sidera el mantenimiento, riego, recuperación, imple-
mentación, mejoras de las áreas verdes de parques de
uso públicos, bermas centrales; y para el servicio de
Serenazgo, se considera el mantenimiento y mejora-
miento del servicio de vigilancia pública, prevención del
delito y protección de la población civil del distrito y aten-
ción de emergencias;
Que, de ello se aprecia que la prestación de los servi-
cios de limpieza pública, parques y jardines y serenazgo
genera un costo de S/. 15,127,678.84, S/. 12,076,732.00
y S/. 8,351,920.99, respectivamente, como se muestra
en los Anexos Nº 1, Nº 2 y Nº 3 del Informe del SAT;
Que, para verificar el financiamiento de dichos cos-
tos, se ha revisado la estimación de los ingresos poten-
ciales de cada arbitrio elaborada por la Municipalidad,
que considera los importes mensuales de arbitrios y el
número de predios afectos. De dicha revisión, se encuen-
tra que los ingresos estimados de los arbitrios de limpie-
za pública, parques y jardines y serenazgo para el ejer-
cicio 2005, ascienden a S/. 14,624,913.60, S/.
8,765,743.20 y S/. 6,848,114.40, respectivamente, como
se muestra en los Anexos Nº 4, Nº 5 y Nº 6;
Que, del análisis efectuado por el SAT se determina
que la recaudación potencial del arbitrio de limpieza pú-
blica permitirá a la Municipalidad financiar para el ejerci-
cio 2005 el 96.7% de los costos incurridos para la pres-
tación de dicho servicio, con un déficit de S/. 502,765.24,
que será financiado con otros recursos municipales.
Asimismo, la recaudación potencial del arbitrio de par-
ques y jardines permitirá financiar el 72.6% de los cos-
tos derivados de la prestación de este servicio, con un
déficit de S/. 3,310,988.80; y, finalmente, la recaudación
del arbitrio de serenazgo permitirá financiar el 82.0% del
costo de dicho servicio, entendiéndose que la diferen-
cia, de a S/. 1,503,806.59, será cubierta con otros recur-
sos municipales;
Que, cabe anotar que los costos antes mencionados
se encuentran de acuerdo a los lineamientos de la Di-
rectiva Nº 001-006-0000001 correspondiente a la Orde-
nanza Nº 607, manteniendo sus costos indirectos en
2.1%, esto es por debajo del 10% permitido en la direc-
tiva antes mencionada;
Que, en lo que se refiere a la publicación de las
Ordenanzas Distritales que aprueben la tasa por arbi-
trios municipales, es preciso anotar que el artículo 69º
de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone la obliga-
ción de las Municipalidades Distritales que conforman la
Provincia de Lima de publicar en el Diario Oficial El Pe-
ruano sus ordenanzas hasta el 31 de diciembre del ejer-
cicio anterior al de su aplicación;
Que, en el presente caso, la Municipalidad Distrital
de San Martín de Porres ha cumplido con publicar la
Ordenanza Nº 113-MDSMP en el Diario Oficial El Perua-
no el 1 de diciembre de 2004;
ACORDÓ
Artículo Único.- Ratificar la Ordenanza Nº 113-
MDSMP, mediante la cual se aprueba el régimen tributa-
rio de los Arbitrios municipales de Limpieza Pública, Par-
ques y Jardines Públicos y Serenazgo correspondien-
tes al ejercicio 2005, en la jurisdicción de la Municipali-
dad Distrital de San Martín de Porres.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS CASTAÑEDA LOSSIO
Alcalde de Lima
23376
Exoneran de proceso de selección la
prórroga de contrato de arrendamien-
to de oficinas que ocupa el SAT
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA - SAT
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 01-04-00000648
Lima, 20 de diciembre de 2004
VISTOS:
El Memorándum Nº 03-92-00001091-2004-SAT, de
la Gerencia de Administración que contiene el Informe
Técnico Nº 003-2004/CA, del Departamento de Contra-
taciones y Adquisiciones, los dos de fecha 14 de diciem-
bre de 2004 y el Informe Legal Nº 004-082-00000197 de
fecha 20 de diciembre de 2004, emitido por la Gerencia
de Asuntos Legales;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 19º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-
bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estable-
ce los casos en que las adquisiciones y contrataciones
realizadas por una Entidad están exoneradas de los pro-
cesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudi-
cación Directa, según sea el caso;
Que, al respecto, el artículo 20º de la Ley en mención
dispone que todas las exoneraciones, deberán ser apro-
badas mediante Resolución del Titular del Pliego de la
Entidad, la misma que requiere de un informe técnico -
legal previo; y, en ese mismo sentido, el artículo 113º del
Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-
PCM establece que la resolución que apruebe la exonera-
ción de un proceso de selección, al amparo de alguna de
las causales contenidas en el artículo 19º de la Ley,

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR