Propiedad Intelectual

AutorMariana Bauer
Páginas46-47
Industria Legal
mbauer@barredamoller.com
Av. Angamos Oeste 1200, Lima
www.barredamoller.com
En relación con los procedimientos de
cancelación por falta de uso de marcas
que comparten un término, la Resolución
No. 410-2020/TPI-INDECOPI, el cual
constituye precedente de observancia
obligatoria, establece que el titular de las
marcas debe demostrar el uso de cada
una de las marcas objeto de cancelación
con distinta prueba, lo cual quiere decir
que no es posible acreditar el uso de dos
o más marcas, registradas bajo diferentes
certificados de registro, con la misma
prueba.
Al respecto, el citado precedente de
observancia obligatoria establece que,
aun cuando las marcas objeto de
cancelación incluyan un elemento en
común, cada una protege elementos
distintivos adicionales, los mismos que
permiten diferenciarlas entre sí.
Por lo tanto, cuando nos encontremos
frente a acciones de cancelación por falta
de uso de más de una marca que
comparten un elemento, será necesario
demostrar el uso de dicho elemento en
común, así como también el uso de los
elementos distintivos adicionales de cada
una de las marcas, es decir, se deberá
demostrar el uso de cada marca tal y
como fue registrada.
Sobre el particular, se precisa que son los
elementos distintivos adicionales los que
permiten diferenciar las marcas entre sí,
por lo que, si no existieran dichos
elementos distintivos adicionales, las
marcas no habrían podido acceder a
registro ya que nos encontraríamos ante
un caso de duplicidad.
Cabe señalar que, de conformidad con la
legislación peruana, una misma persona no
puede ser titular de dos marcas idénticas para
distinguir todos o algunos de los mismos
productos/servicios.
En conclusión, en el caso que se pretenda
acreditar con una misma prueba el uso de
marcas registradas bajo distintos certificados, la
Autoridad deberá considerar la prueba ofrecida
únicamente para probar el uso de una de ellas,
es decir, la misma prueba no podrá ser
considerada como válida para más de un caso.
INTELECTUAL
PROPIEDAD
Pruebas de uso de marcas que
tienen un elemento en común. Mariana Bauer

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