Pronunciamiento Nº null del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 23 de julio de 2021

Fecha13 Julio 2021
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
PRONUNCIAMIENTO Nº 147- 2021/OSCE-DGR
Entidad : Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
Referencia : Concurso Público N° 3-2021-OSCE-1, convocado para la
contratación del “Almacenamiento, Custodia y Traslado de
Documentos del Archivo Central del OSCE”.
1. ANTECEDENTES
Mediante Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento recibido el 24 de
junio 20211, subsanado el 25 de junio2y 7 de julio de 20213, y complementado con
fecha 13 de julio del 20214, el presidente del Comité de Selección a cargo del
procedimiento de selección de la referencia, remitió al Organismo Supervisor de las
Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de elevación de cuestionamientos al
pliego absolutorio de consultas u observaciones e integración de Bases presentada por
el participante POLYSISTEMAS CORP S.A.C., en cumplimiento de lo dispuesto
por el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de
Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo 082-2019-EF,
adelante TUO de la Ley, y el artículo 72 de su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo N° 344-2018-EF, en adelante el Reglamento; y sus modificatorias.
Cabe indicar que en la emisión del presente pronunciamiento se empleó la
información remitida por la Entidad de fecha 13 de julio de 2021, mediante Mesa de
Partes de este Organismo Técnico Especializado, la cual tiene carácter de declaración
jurada.
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el
orden establecido por el Comité de Selección en el pliego absolutorio; y, el tema
materia de los cuestionamientos del mencionado participante, conforme al siguiente
detalle:
Cuestionamiento N°1: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 45, referida a los “Registros para la transferencia y
entrega de Cajas de Archivo al inicio del servicio.
Cuestionamiento N°2: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N°4, referida a los “Horarios de atención del contratista
saliente”.
4Información remitida mediante Trámite Documentario 2021-19638015-LIMA, con fecha 13 de julio
de 2021, a horas 16:44:00 horas. Ahora bien, acorde al Comunicado N° 22-2020, la documentación
remitida en días inhábiles o después de las 16:30 horas, será considerada recibida el día hábil siguiente.
3Trámite Documentario N° 2021-19628275-LIMA
2Información remitida mediante Trámite Documentario 2021-19471036-LIMA, con fecha 24 de junio
de 2021, a horas 17:07:00 horas. Ahora bien, acorde al Comunicado N° 22-2020, la documentación
remitida en días inhábiles o después de las 16:30 horas, será considerada recibida el día hábil siguiente.
1Trámite Documentario N° 2021-19470780-LIMA
1
Firmado digitalmente por
MONTESINOS LENES Grecia Lucia
FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 23.07.2021 23:33:27 -05:00
Firmado digitalmente por BRAVO
MENDOZA Miguel Elias FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 23.07.2021 23:43:30 -05:00
Firmado digitalmente por URETA
AQUINO Jimy Robert FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 23.07.2021 23:53:19 -05:00
Firmado digitalmente por
POMASONCCO VILLEGAS
Elizabeth FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 23.07.2021 23:59:52 -05:00
Cuestionamiento N°3: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 57, referida a la “Transferencia y entrega de Cajas de
Archivo al inicio del servicio”.
Cuestionamiento N°4: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N°47, referida al “Lugar de inventario inicial”.
2. CUESTIONAMIENTOS
Cuestionamiento N°1:
Respecto a los “Registros para la
transferencia y entrega de Cajas de
Archivo al inicio del servicio”.
El participante POLYSISTEMAS CORP S.A.C., cuestionó la absolución de la
consulta y/u observación N° 45, señalando en su solicitud de elevación lo siguiente:
“(…)
De acuerdo con lo dispuesto en la página 46 del Pliego de Absolución de
Consultas y Observaciones, se podrá apreciar que, mi representada consultó
sobre la posibilidad física de hacer el registro, ya que las bases señalan que
existen cajas con 20 registros y cajas con 50 registros, por lo que no existía
certeza sobre la cantidad total de registros. Por lo que, la Entidad indicó que la
cantidad de registros aproximados es 466,000.00 (…).
Al respecto, consideramos que la existencia de 466,000.00 registros hace
físicamente imposible la obligación de realizar el registro del inventario inicial
en el plazo establecido (3 meses). Pues tal como ha sido señalado en la Consulta
N° ‘4 la validación será realizada por un grupo de 7 personas (06 operadores y
un supervisor) (…).
En así que, tomando en cuenta que cada mes tiene 22 días laborables y
teniendo únicamente 3 meses, contando con la labor de 7 personas, ello
implicaría que cada persona tendría que realizar un aproximado de 1,177
registros diarios, lo cual resulta físicamente imposible. Razón por la cual,
consideramos necesario reconsiderar su formulación o aplicación.
(…) ”. [Sic]
(El resaltado y subrayado es agregado)
Base legal
-Artículo 2 del TUO de la Ley: Principios que rigen las contrataciones.
-Artículo 16 del TUO de la Ley: Requerimiento
-Artículo 29 del Reglamento: Requerimiento
-Artículo 72 del Reglamento: Consultas, observaciones e integración de Bases.
-Directiva N° 009- 2019-OSCE/CD “Emisión de pronunciamiento”.
-Bases Estándar objeto de la presente convocatoria.
Pronunciamiento
2

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