Pronunciamiento Nº 273-2020 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 13 de marzo de 2020

Fecha13 Marzo 2020
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
PRONUNCIAMIENTO N° 273-2020/OSCE-DGR
Entidad
:
Municipalidad Provincial de Loreto - Nauta
Referencia
:
Licitación Pública N° 2-2019-CS-MPL-N-1, convocada para la
ejecución de la obra: “Mejoramiento, ampliación sistema de
agua potable, saneamiento y tratamiento de aguas servidas de
la ciudad de Nauta, provincia de Loreto Loreto.
1. ANTECEDENTES
Mediante el Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, con Trámite
documentario N° 2020-16471545-IQUITOS, recibido con fecha 6 de febrero de 2020,
subsanado con Trámite Documentario N° 2020-16520184-IQUITOS, recibido con fecha
27 de febrero de 2020
1
; el Presidente del Comité de selección a cargo del procedimiento de
selección de la referencia, remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado (OSCE) las solicitudes de elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de
consultas y observaciones e integración de Bases presentadas por los participantes
BECERRA HERMANOS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., CYPRONAN
CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. e INGECOL CONTRATISTAS SUCURSAL
DEL PERÚ, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225, Ley
de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 72 de su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante el Reglamento y sus
modificatorias.
En ese sentido, cabe precisar que para la emisión del presente pronunciamiento se utilizará
el orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio; por lo que,
considerando los temas materia de cuestionamientos, este Organismo Técnico
Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera:
Cuestionamiento N° 1:
Respecto a la absolución de la consulta u
observación N° 4, referida al Análisis de la Gestión
de riesgos.
Cuestionamiento N° 2:
Respecto a la absolución de la consulta u
observación N° 2, referida a los planos de acceso
al botadero.
Cuestionamiento N° 3:
Respecto a la absolución de la consulta u
observación N° 6.
Cuestionamiento N° 4:
Respecto a la absolución de la consulta u
observación N° 72, referida a la Aplicación de la
ficha de homologación”.
1
Fecha en la cual la Entidad remitió la documentación completa, conforme a la Directiva Nº 009-2019-OSCE/CD “Emisión de Pronunciamiento”.
Firmado digitalmente por SUAREZ
ROJAS Claudia Silvia FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 13.03.2020 20:28:32 -05:00
Firmado digitalmente por CANALES
FLORES Jose Ricardo FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 13.03.2020 20:55:33 -05:00
Firmado digitalmente por
POMASONCCO VILLEGAS
Elizabeth FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 13.03.2020 21:12:07 -05:00
Cuestionamiento N° 5:
Respecto a la absolución de la consulta u
observación N° 10, referida al Costo de mano de
obra”.
Cuestionamiento N° 6:
Respecto a la absolución de la consulta u
observación N° 7, referida al Topógrafo.
Cuestionamiento N° 7:
Respecto a la absolución de la consulta u
observación N° 8, referida al “Diseño de mezcla”.
Cuestionamiento N° 8:
Respecto a la absolución de la consulta u
observación 68, referida a la Junta de
Resolución de disputas”.
Cuestionamiento N° 9:
Respecto a la absolución de la consulta u
observación N° 75, referida a la “Acreditación de
pagos”.
2. CUESTIONAMIENTOS
Respecto al análisis de la Gestión de
riesgos
El participante BECERRA HERMANOS CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.,
cuestionó la absolución de la consulta u observación N° 4, manifestando en su solicitud de
elevación lo siguiente:
“(…)
Con fecha 22 de enero 2020, la Municipalidad Provincial de Loreto-Nauta,
emitió la Resolución de Alcaldía N° 011-2020-A-MPL-N, en la cual declara la
nulidad de oficio de la Licitación Pública 002-2019-CS-MPL-N,
RETROTRAYENDO el procedimiento de selección a la etapa de absolución de
consultas y observaciones, así mismo dispone al área usuaria incorpora en el
expediente técnico el análisis correspondiente a la asignación de riesgos de
conformidad a las disposiciones establecidas en la Directiva N° 012-2017-
OSCE/CD.
La entidad con fecha 29 de enero 2020, con posterioridad la nulidad de oficio,
continuó con el proceso desde la absolución de consultas efectuadas por los
postores.
Observación
(…)
SE OBSERVA QUE EL EXP. TÉCNICO NO CUENTA con el análisis de riesgo
de obra de acuerdo a los formatos establecidos por el OSCE.
(…)
ABSOLVIENDO CON EL SIGUIENTE TEXTO:

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