Pronunciamiento Nº null del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 18 de octubre de 2019

Fecha02 Octubre 2019
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
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PRONUNCIAMIENTO Nº 978-2019/OSCE-DGR
Entidad : Programa Nacional de Infraestructura Educativa - PRONIED
Referencia : Licitación pública LP-SM-14-2019-MINEDU/UE108,
convocada para la adquisición, transporte e instalación de
ciento cuarenta y dos (142) módulos educativos aula y setenta
(70) kits de pararrayos para la continuidad del servicio
pedagógico en instituciones educativas públicas a nivel
nacional
1. ANTECEDENTES
Mediante el formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, correspondiente
al Trámite Documentario N° 2019-15776514-LIMA, recibido el 2 de octubre de 2019,
el presidente del comité de selección a cargo del procedimiento de selección de la
referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE)
la solicitud de elevación del cuestionamiento al pliego absolutorio de consultas y
observaciones presentada por el participante ESTRUCTURAS INDUSTRIALES EGA
S.A., en cumplimiento de lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley
N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº
082-2019-EF ( en adelante, la “Ley”) y el artículo 72 de su Reglamento, aprobado por
el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF (en adelante, el “Reglamento”).
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el
orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio publicado en el
SEACE, a partir de lo cual se ha definido el siguiente detalle:
Cuestionamiento único: Respecto a la absolución de la consulta u observación
N° 18, referida a la Experiencia del postor en la especialidad”.
2. CUESTIONAMIENTO
Cuestionamiento único Experiencia del postor en la especialidad
El participante ESTRUCTURAS INDUSTRIALES EGA S.A. cuestionó la absolución
de la consulta y/u observación 18, toda vez que, según refiere:
“(…)
Consideramos, en primer lugar que si bien es cierto el numeral 29.8 d el artículo 29 del
Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado otorga al área usuaria la facultad de
formular adecuadamente el requerimiento, en este caso no se cumple con tal disposición por
cuanto el objeto de la convocatoria es la instalación de módulos educativos, aulas tipo selva
y no de estructuras metálicas de soporte, que si bien son parte de los módulos, no son los
módulos en sí mismos (piso, techo, ventanas, puertas, estructura, instalación eléctrica, etc.).
Firmado digitalmente por CANALES
FLORES Jose Ricardo FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 18.10.2019 22:09:14 -05:00
Firmado digitalmente por
POMASONCCO VILLEGAS
Elizabeth FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 18.10.2019 23:22:58 -05:00

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