Pronunciamiento Nº null del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 25 de agosto de 2019

Fecha27 Junio 2019
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
1
PRONUNCIAMIENTO N° 589-2019/OSCE-DGR
Entidad: Empresa de Administración de infraestructura Eléctrica S.A.
Referencia: Concurso Público N° 2-2019-ADINELSA-1, convocado para la
contratación del Servicio de tercerización de procesos
administrativos de ADINELSA”.
1. ANTECEDENTES:
Mediante el formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, correspondiente al
Trámite Documentario N° 2019-15116996-LIMA, recibido el 27 de junio de 2019, la
presidenta del comité de selección a cargo del procedimiento de selección de la referencia
remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de
elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas y observaciones
presentada por el participante DESARROLLO & SOPORTE LABORAL E.I.R.L., en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley
N° 30225, en adelante “Ley”, y el artículo 72 de su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante “Reglamento”; y sus modificatorias.
Cabe precisar que, antes de la emisión del presente pronunciamiento se procedió a registrar
en la ficha del Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) la notificación
electrónica de fecha 15 de julio de 2019, a fin que la Entidad amplíe aspectos relativos a la
citada solicitud de elevación de cuestionamientos y Bases Integradas “no definitivas”,
siendo que, la Entidad mediante el Trámite Documentario N° 2019-15271494-LIMA de
fecha 17 de julio de 2019, atendió el mencionado pedido de información, lo cual tiene
carácter de declaración jurada.
Así, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el orden
establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio, y los temas materia de
cuestionamiento del mencionado participante, conforme al siguiente detalle:
Cuestionamiento N° 1: Respecto de la absolución de la consulta y/u observación
N° 7, referida al Servicio de tercerización.
Cuestionamiento N° 2: Respecto de la absolución de la consulta y/u observación
N° 8, referida a la Estructura de costos.
Firmado digitalmente por MEDINA
MENDOZA Ana Claudia FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 25.07.2019 23:54:45 -05:00
Firmado digitalmente por CANALES
FLORES Jose Ricardo FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 25.07.2019 23:56:04 -05:00
Firmado digitalmente por
POMASONCCO VILLEGAS
Elizabeth FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 25.07.2019 23:58:09 -05:00

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