Pronunciamiento N° 557-2023/OSCE-DGR, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

Fecha11 Diciembre 2023
Fecha de publicación11 Diciembre 2023
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
PRONUNCIAMIENTO N.° 557-2023/OSCE-DGR
Entidad : Policía Nacional del Perú - Dirección de Sanidad
Referencia : Licitación Pública N.° 5-2023-DIRSAPOL-UE 020-1,
convocada para la “adquisición de insumos
automatizados de laboratorio para pruebas de
inmunobioquímica con equipo de cesión en uso para el
departamento de Patología Clínica del HN PNP LNS
(Alta Producción)”.
1. ANTECEDENTES
Mediante el formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el 91de
noviembre de 2023 y subsanado el 162y 213de noviembre de 2023, el presidente del
Comité de Selección a cargo del procedimiento de selección de la referencia remitió
al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de
elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas y observaciones
presentada por el participante PRODUCTOS ROCHE Q.F. S. A., en cumplimiento
de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N.° 30225, Ley de Contrataciones del
Estado, en adelante la “Ley”, y el artículo 72 de su Reglamento, aprobado por el
Decreto Supremo N.º 344-2018-EF, en adelante el “Reglamento”, y modificaciones.
Ahora bien, cabe indicar que en la emisión del presente pronunciamiento se empleó la
información complementaria remitida por la Entidad, con fecha 44de diciembre de
2023, mediante la Mesa de Partes de este Organismo Técnico Especializado, lo cual
tiene carácter de declaración jurada.
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el
orden establecido por el Comité de Selección en el pliego absolutorio5, y los temas
materia de cuestionamientos de los mencionados participantes, conforme al siguiente
detalle.
Cuestionamiento Único
:
Respecto a las absoluciones de las consultas y/u
observaciones N.° 17 y N.° 19, referidas al
“Registro sanitario”.
5Para la emisión del presente Pronunciamiento se utilizará la numeración establecida en el pliego
absolutorio en versión PDF.
4Mediante el Trámite Documentario N.° 2023-25931826-LIMA.
3Mediante el Trámite Documentario N.° 2023-25739280-LIMA
2Mediante el Trámite Documentario N.° 2023-25729010-LIMA.
1Mediante el Trámite Documentario N.° 2023-25711149-LIMA.
Firmado digitalmente por CAMPOS
PANDURO Sofia Milagros FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 11.12.2023 14:53:15 -05:00
Firmado digitalmente por CANALES
FLORES Jose Ricardo FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 11.12.2023 14:59:20 -05:00
Firmado digitalmente por LAURA
SILVA Anthony David FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 11.12.2023 15:40:29 -05:00
2. CUESTIONAMIENTO
Cuestionamiento Único Respecto al “Registro
Sanitario”
El participante PRODUCTOS ROCHE Q.F. S. A., cuestionó las absoluciones de las
consultas y/u observaciones N.º 17 y N.°19, toda vez que, según refiere:
“(...) la presente solicitud se formula con respecto a las respuestas a las
consultas N°17 y 19 de la empresa ROCHEM BIOCARE DEL PERÚ
S.A.C., toda vez que no estamos de acuerdo con lo absuelto conforme lo
señalamos a continuación:
1. El literal e) del numeral 2.2.1 del Capítulo II y el numeral 4.3. del
sub numeral 3.1 del Capítulo III de las Bases Originales de la
Licitación Pública N° 5-2023-DIRSAPOL-UE-020-1, establecen que
los postores deben presentar en su oferta Registro Sanitario o
Certificado de Registro Sanitario de “los reactivos o insumos y de
los equipos de cesión en uso.
2. Por su parte, de conformidad con las Bases Originales de la
Licitación Pública N° 5-2023-DIRSAPOL-UE-020-1 se aprecia que
el contratista debía internar a la Entidad los siguientes productos:
Reactivos
Material de Control
Materia de Calibración
Consumibles
Material de Reporte
Reactivos destinados a las
pruebas de calibración y
control
Equipos
analizadores
Accesorios
Calibradores
Controles internos
Controles externos
Soluciones y
complementos
3. Como podrá apreciar de las Bases Originales no se indica cuáles
son los «insumos» que hace referencia en el literal e) del numeral
2.2.1. del Capítulo II y el numeral 4.3 del sub numeral 3.1 del
Capítulo III de las Bases Originales de la Licitación Pública
N° 5-2023-DIRSAPOL-UE 020-1.
4. En este punto, debemos indicar que los equipos analizadores no
requieren de Registro Sanitario, por lo que con en atención a la
información de las Bases Originales si es posible determinar que en
la oferta se debe presentar el Registro Sanitario o su Certificado de
los reactivos, más no queda claro que se entiende por «insumos».

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