Pronunciamiento Nº 529-2014/DSU de Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 26 de Mayo de 2014

Fecha de Resolución26 de Mayo de 2014
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
Número de pronunciamiento529-2014/DSU

ANTECEDENTES

Mediante Oficio N° 062-2014-MPJ-CEP, recibido con fecha 12.05.2014, el Presidente del Comité Especial a cargo del proceso de selección de la referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) las cinco (5) observaciones formuladas por el participante CORPORACIÓN EL ROCIO CONTRATISTAS GENERALES S.A.C., así como el respectivo informe técnico, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 28 del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 58 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en adelante el Reglamento.

Al respecto, resulta importante resaltar que, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento, independientemente de la denominación que le haya dado el participante, este Organismo Supervisor se pronunciará únicamente respecto de: a) las observaciones presentadas por el solicitante que no hayan sido acogidas o son acogidas parcialmente; b) las respuestas a las observaciones del solicitante que, pese a ser acogidas, son consideradas por éste contrarias a la normativa; o, c) el acogimiento de las observaciones formuladas por un participante distinto al solicitante, cuando éste último manifieste que considera tal acogimiento contrario a la normativa, siempre que se haya registrado como participante hasta el vencimiento del plazo previsto para formular observaciones.

En relación a ello, se aprecia que de las cinco (5) observaciones formuladas por el participante, la Observación N° 1 fue acogida por el Comité Especial, razón por la cual este Organismo Supervisor no se pronunciará al respecto y la Observación N° 2 fue acogida parcialmente, razón por la cual este Organismo Supervisor se pronunciará respecto de los extremos no acogidos de la misma; adicionalmente, la Observación N° 4 y algunos extremos de la Observación N° 2 corresponde a consultas y/o solicitudes de información, por lo cual este Organismo Supervisor no se pronunciará al respecto.

Sin perjuicio de las observaciones de oficio que se formulen respecto al contenido de las Bases, de conformidad con el inciso a) del artículo 58º de la Ley.

OBSERVACIONES

Observante: CORPORACIÓN EL ROCIO CONTRATISTAS GENERALES S.A.C.

Observación N° 2: Contra los requerimientos técnicos mínimos del personal propuesto.

Mediante la presente observación el participante cuestiona los siguientes extremos de los requerimientos técnicos mínimos referidos al personal propuesto, por considerarlos restrictivos e incongruentes con los siete (7) meses establecidos como plazo de ejecución de la obra:

Respecto al Gerente de Obra, cuestiona que se le solicite contar con 24 meses de experiencia como Gerente de obras iguales, por lo que requiere que se reduzca dicha experiencia.

Asimismo, cuestiona la maestría solicitada en "Ciencias de Planificación para el Desarrollo con mención en Gerencia Social que" y las capacitaciones en Evaluación de Impacto Ambiental, Diseño de Proyectos, Alta Gerencia, Legislación Laboral y Desarrollo de empresas", por lo que solicita su eliminación.

Respecto al Residente de obra se cuestiona que deba contar con 48 meses de experiencia como Jefe de Supervisión en la ejecución de obras iguales o similares, por lo cual solicita que se reduzca dicha experiencia y se considere, además, la experiencia como "residente, supervisor e inspector".

Asimismo, se cuestiona las capacitaciones solicitadas a dicho profesional, por lo cual solicita que se supriman los estudios en "Diplomado en Ingeniería de carreteras y pavimentos", "Pavimentos urbanos de concreto, diseño, construcción y mantenimiento", "Diseño y construcción de pavimentos", "Mecánica de suelos y pavimentos flexibles", "Control de calidad y ensayo de materiales para obras viales", "MS Projet", "Valorizaciones", "Pagos y Liquidaciones de obras públicas", Ejecución de obras públicas con la Ley de Contrataciones" y "Seguridad y Salud en Obras de construcción".

Respecto de que el Administrador de Obra, se cuestiona que deba contar con 36 meses como Administrador de Obra en Obras Generales, por lo que solicita que se reduzca dicha experiencia. Asimismo, cuestiona las capacitaciones requeridas y solicita que se suprima el requerimiento de curso en "Pavimentos Rígidos, Flexibles, Intertrabados", así como la Maestría "Administración y Dirección de Empresas". Por otro lado, solicita también que para dicho puesto se considere, adicionalmente, los profesionales contador y economista.

Respecto al Asistente técnico se solicita que se reduzca la experiencia de veinticuatro (24) meses solicitada.

Asimismo, se solicita que se suprima la acreditación del "Curso MS Project, Costo y Presupuestos en Obras S10, Instalaciones Sanitarias", "Patología del concreto", "Diseño sísmico de estructuras de concreto", "Impacto Ambiental en Proyectos y Obras".

Respecto al Laboratorista cuestiona que se le solicite contar como mínimo con sesenta (60) meses como especialista en geología, así como acreditar un mínimo de doce (12) meses de experiencia acumulada como Especialista en suelos y geología en la ejecución de obras iguales y/o similares, por lo que solicita reducir dicha experiencia.

Respecto al Almacenero, cuestiona que se le solicite contar como mínimo con doce (12) meses en obras en general y seis (6) meses en pavimentaciones, carreteras, por lo que solicita que se reduzca dicha experiencia. Asimismo, solicita que se permita para el puesto de Almacenero, adicionalmente, por técnicos en Administración, Contadores y técnico en Contabilidad.

Respecto del Maestro de Obra, solicita que se reduzca la experiencia solicitada de veinticuatro (24) meses. Asimismo solicita que se suprima la exigencia del curso de "Higiene y Seguridad Ocupacional", "Encofrados y armado para estructura de cimentación".

Respecto al topógrafo, se cuestiona la experiencia requerida a dicho personal y se solicita que la misma sea reducida.

Finalmente, cuestiona que no se haya considerado en el detalle de los Gastos Generales del Expediente Técnico, al "Especialista en Medio Ambiente o Gestión Ambiental" y "Especialista en Seguridad de Obra", por tanto solicita que la Entidad no exija que se cuente con dichos profesionales dentro del plantel técnico.

Pronunciamiento

Con respecto a los extremos de la observación referidos al administrador de obra, laboratorista y almacenero, de la revisión del pliego absolutorio de observaciones se advierte que el Comité Especial señaló que se suprimiría la exigencia de acreditar dichos profesionales; decisión que fue ratificada en el informe técnico remitido con ocasión de la elevación de observación.

En este sentido, considerando que la obligación de acreditar en la propuesta técnica un administrador de obra, laboratorista y almacenero ha sido suprimida de las Bases, CARECE DE OBJETO EMITIR PRONUNCIAMIENTO AL RESPECTO.

Ahora bien, con relación a los demás profesionales y personal técnico solicitado en las Bases, de acuerdo al numeral 7 del Capítulo III de la Sección Específica, el perfil mínimo establecido para ellos es el siguiente:

Para el Gerente de Obra se solicita que cuente con "estudios concluidos de Maestría solicitada en Ciencias de Planificación para el Desarrollo con mención en Gerencia Social, capacitación en Evaluación de Impacto Ambiental, Diseño de Proyectos, Alta Gerencia, Legislación Laboral y Desarrollo de empresas. Acreditar un mínimo de doce (12) meses de experiencia acumulada en el cargo y un mínimo de veinticuatro (24) meses de experiencia laboral en obras similares al objeto de la convocatoria".

Para el Residente de obra se solicita que cuente con "mínimo con 48 meses de experiencia como Jefe de Supervisión en la ejecución de obras iguales y/o similares. Deberá acreditar capacitación en Diplomado en Ingeniería de carreteras y pavimentos, Pavimentos urbanos de concreto, diseño, construcción y mantenimiento, Diseño y construcción de pavimentos, Mecánica de suelos y pavimentos flexibles, Control de calidad y ensayo de materiales para obras viales, MS Projet, Valorizaciones, Pagos y Liquidaciones de obras públicas, Ejecución de obras públicas con la Ley de Contrataciones y Seguridad y Salud en Obras de construcción".

Para el Asistente técnico se indica que "deberá contar como mínimo con 24 meses acumulados de experiencia como Ingeniero residente, Supervisor o Inspector de obra, Asistente de residente, Asistente de Supervisor en la ejecución de obras en general. Deberá contar con capacitación en MS Project, Costos y Presupuestos en Obras S10, Instalaciones Sanitarias", "Patología del concreto", "Diseño sísmico de estructuras de concreto", "Impacto Ambiental en Proyectos y Obras".

Para el Maestro de Obra, se solicita que "contar como mínimo con 24 meses acumulados de experiencia como maestro de obra en la ejecución de obras iguales y/o similares. Deberá contar con capacitación en Higiene y Seguridad Ocupacional, Encofrados y armado para estructura de cimentación".

Para el topógrafo se solicita "contar como mínimo con 50 meses acumulados de experiencia como topógrafo en la ejecución de obras iguales y/o similares y 05 años de experiencia como topógrafo en obras en general. Deberá contar con capacitación en Legislación...

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