Pronunciamiento N° 495 -2022/OSCE-DGR, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

Fecha de publicación12 Diciembre 2022
PRONUNCIAMIENTO N° 495 -2022/OSCE-DGR
Entidad : Municipalidad Distrital de Chiliquin
Referencia : Licitación Pública N° 3-2022-MDCH/CS-1,
convocada para la “Contratación de ejecución de obra:
Mejoramiento y rehabilitación de la trocha carrozable
Chuchira – Vituya, distrito de Chiliquin Chachapoyas
– Amazonas”
1. ANTECEDENTES
Mediante el formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el
71de noviembre de 2022, subsanado con fecha 162y 233de noviembre de 2022 y
complementado el 54de diciembre de 2022, el presidente del comité de selección
a cargo del procedimiento de selección de la referencia remitió al Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de elevación de
cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas y observaciones presentada
por el participante L&F CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORIAS E.I.R.L. en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225, Ley de
Contrataciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo Nº 082-2019-EF,
en adelante la “Ley”, y el artículo 72 de su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante el “Reglamento”.
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó
el orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio5, y los
temas materia de cuestionamientos del mencionado participante, conforme al
siguiente detalle.
Cuestionamiento N°1
:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación N°1, referida al “Equipamiento
requerido”.
Cuestionamiento N°2
:
Respecto a las absoluciones de las consultas y/u
observaciones N° 4 y N° 5, referidas al “Perfil
del Ingeniero Prevencionista y/o Especialista
en Seguridad Vial”.
5Para la emisión del presente Pronunciamiento se utilizará la numeración establecida en el pliego
absolutorio en versión PDF.
4Mediante el Trámite Documentario N° 2022-23063369-LIMA.
3Mediante el Trámite Documentario N° 2022-22893005-LIMA.
2Mediante el Trámite Documentario N° 2022-22879979-LIMA.
1Mediante el Trámite Documentario N° 2022-22860927-LIMA.
1
Firmado digitalmente por CANALES
FLORES Jose Ricardo FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 12.12.2022 16:29:58 -05:00
Firmado digitalmente por CHAVEZ
GARCIA Gabriela Roxana FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 12.12.2022 16:46:58 -05:00
Firmado digitalmente por SUAREZ
RAMOS Victor Meelanio FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 12.12.2022 16:55:21 -05:00
Firmado digitalmente por PACHAS
FERNANDEZ Pedro Alexis FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 12.12.2022 17:52:45 -05:00
Cuestionamiento N°3
:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación N° 7, referida al “Experiencia del
Especialista en Suelos y Pavimentos”.
Cuestionamiento N°4
:
Respecto a las absoluciones de las consultas y/u
observaciones N° 8, N° 9, N° 10, N° 11, N° 12,
N° 13, N° 4, N° 15, N° 16, N° 18 y N° 20,
referidas a la “Experiencia del postor en la
especialidad”.
2. CUESTIONAMIENTOS
Cuestionamiento N° 1 Respecto al Equipamiento
requerido”
El participante L&F CONSTRUCCIÓN Y CONSULTORIAS E.I.R.L. cuestionó
la absolución de la consulta u observación N°1, toda vez que, según refiere:
“(…)
CONSULTA/OBSERVACIÓN N°01
EQUIPO MÍNIMO: consultamos si se puede ofertar equipos que
superen el requisito mínimo en potencia y/o capacidad en beneficio
de la obra.
(…)
Vemos que el comité de selección no da una respuesta clara, en
cuanto a la consulta, dando una respuesta ambigua a la consulta
realizada, vulnerando de esta manera el Art.02 de la Ley de
Contrataciones del Estado – Principio que rigen las contrataciones.
Por lo cual, corresponde a OSCE pronunciarse al respecto.
(El subrayado y resaltado es nuestro).
Pronunciamiento
Al respecto, en el literal a) “Del equipamiento” del numeral 3.2 “Consideraciones
Específicas” y en el acápite A.1 “Equipamiento estratégico” del numeral 3.2.
“Requisitos de calificación”, ambos del Capítulo III de la Sección Específica de
las Bases de la convocatoria, se aprecia lo siguiente:
2
ÍTE
M
DESCRIPCIÓN DEL EQUIPOS ESTRATÉGICO
CANTI
DAD
1
COMPACTADOR VIBRATORIO TIPO PLANCHA 7
HP
01
2
CARGADOR SOBRE LLANTAS DE 125-135 HP 3 yd3
01
3
CAMIÓN VOLQUETE 10M3
01
4
RODILLO LISO VIBRATORIO AUTOPROPULSADO
101-135HP 10-12 TON.
01
5
EXCAVADORA SOBRE ORUGAS 115-165 HP 075-1.4
YD3
01
6
RETROEXCAVADORA SOBRE LLANTAS 58HP 1yd3
01
7
TRACTOR DE ORUGAS DE 140-160HP
01
8
MOTONIVELADORA DE 125 HP
01
9
CAMIÓN VOLQUETE 10M3
01
10
VIBRADOR DE CONCRETO 4HP 1.35”
01
11
ESTACION TOTAL
01
Es así que, mediante la consulta u observación N° 1 se consultó si se puede ofertar
equipos que superen el requisito mínimo en potencia y/o capacidad; ante lo cual,
el comité de selección indicó que no resulta aplicable las ofertas de equipos con
características superiores.
No obstante, el recurrente cuestiona la absolución en cuestión, alegando que la
respuesta es ambigua; es decir, no responde lo consultado.
Asimismo,mediante el Informe N°04-2022-MDCH-AMAZONAS/KMTCH-RAU,
remitido en fecha 7 de noviembre de 20226, el Área Usuaria señaló lo siguiente:
6Mediante el Trámite Documentario N° 2022-22860927-LIMA.
3

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