Pronunciamiento N° 493-2022/OSCE-DGR, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

Fecha de publicación12 Diciembre 2022
PRONUNCIAMIENTO Nº 493-2022/OSCE-DGR
Entidad : Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65
Referencia : Concurso Público N° 3-2022-PENSIÓN65-1, convocado para el
“Servicio de seguridad y vigilancia para la sede central y las
unidades territoriales a nivel nacional del Programa Nacional de
Asistencia Solidaria Pensión 65”.
1. ANTECEDENTES
Mediante Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento recibido el 09 de
noviembre de 20221, subsanado el 22 de noviembre de 20222, y complementado el 01
de diciembre de 20223, así como el 05 de diciembre de 20224, el presidente del
Comité de Selección a cargo del procedimiento de selección de la referencia, remitió
al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de
elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas u observaciones e
integración de Bases presentada por el participante BOINAS DORADAS S.A.C., en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley
N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 082-2019-EF, adelante TUO de la Ley, y el artículo 72 de su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, en adelante el Reglamento; y sus
modificatorias.
Cabe indicar que en la emisión del presente pronunciamiento se empleó la
información remitida por la Entidad, mediante Mesa de Partes de este Organismo
Técnico Especializado, la cual tiene carácter de declaración jurada.
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el
orden establecido por el Comité de Selección en el pliego absolutorio; y, el tema
materia de los cuestionamientos del mencionado participante, conforme al siguiente
detalle:
Cuestionamiento N° 1: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 45, referida a “las pruebas COVID-19”
Cuestionamiento N° 2: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 51, referida al “Porcentaje de participación de los
integrantes del consorcio”
Cuestionamiento N° 3: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 64, referida a la “Relación del personal”
4Trámite Documentario N° 23065120-LIMA
3Trámite Documentario N° 23059133-LIMA
2Trámite Documentario N° 22892217-LIMA
1Trámite Documentario N° 22867396-LIMA
1
Firmado digitalmente por
VERGARA BENITES Victor Hugo
FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 12.12.2022 15:06:30 -05:00
Firmado digitalmente por BRAVO
MENDOZA Miguel Elias FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 12.12.2022 15:16:52 -05:00
Firmado digitalmente por PACHAS
FERNANDEZ Pedro Alexis FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 12.12.2022 15:58:24 -05:00
Cuestionamiento N° 4: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 71, referida a las “Pólizas del personal”
Cuestionamiento N° 5: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 162, referida a la “Acreditación de los
antecedentes penales y policiales”
Cuestionamiento N° 6: Respecto a la absolución de las consultas y/u
observaciones N° 166 y 168, referida a la
“Capacitaciones del personal”
Cuestionamiento N° 7: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 177, referida al “Personal que prestará el servicio”
2. CUESTIONAMIENTOS
Cuestionamiento N°1:
Respecto a la absolución de la consulta
y/u observación N° 45, referida a “las
pruebas COVID-19”.
El participante BOINAS DORADAS S.A.C., cuestionó la absolución de la consulta
y/u observación N° 45, toda vez que, según refiere:
“(...)se puede advertir que tras la publicación del Decreto Supremo N°130-2022-PCM,
(…), mediante el cual el Gobierno oficializa el fin del estado de emergencia nacional
que se declaró en el año 2020 (…), por la cual se ha considerado conveniente derogar
el Decreto Supremo N°016-2022-PCM (…).
En tal sentido, este Decreto Supremo en su disposición complementaria final señala que
el gobierno nacional, los gobiernos regionales y locales, dentro del ámbito de sus
competencias (…) promueven el uso facultativo de mascarillas y la vacunación contra
la covid-19, por lo cual resultaría innecesario exigir las pruebas COVID-19 a todo el
personal para ingresar a trabajar o iniciar su servicio, en virtud de ello solicitamos
sea suprimida tal exigencia. [Sic]
Base Legal
- Artículo 2 del TUO de la Ley: Principios que rigen las Contrataciones.
- Artículo 9 del TUO de la Ley: Responsabilidades esenciales.
- Artículo 16 del TUO de la Ley: Requerimiento.
- Artículo 29 del Reglamento: Requerimiento.
- Bases Estándar objeto de la presente convocatoria.
Pronunciamiento
2

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