Pronunciamiento N° 481-2023/OSCE-DGR, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

Fecha de publicación30 Octubre 2023
PRONUNCIAMIENTO N.° 481-2023/OSCE-DGR
Entidad : Municipalidad Provincial de Chincha - Chincha Alta
Referencia : Licitación Pública N.° 4-2023-MPCH-CS-1, convocada
para la “adquisición de camión compactador, volquete,
tractor de orugas y minicargador; además de otros
activos en el (la) Unidad de Residuos Sólidos de la
Municipalidad Provincial de Chincha, distrito de
Chincha Alta - provincia de Chincha – departamento de
Ica”
1. ANTECEDENTES
Mediante el formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el 211
de septiembre de 2023 y subsanado con fecha 22y 123de octubre de 2023, y
complementado el 254de octubre de 2023 el presidente del Comité de Selección a
cargo del procedimiento de selección de la referencia remitió al Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de elevación de
cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas y observaciones presentada por el
participante FERREYROS S.A., en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21
de la Ley N.° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la “Ley”, y el
artículo 72 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N.º 344-2018-EF, en
adelante el “Reglamento”.
Ahora bien, cabe indicar que en la emisión del presente pronunciamiento se empleó la
información remitida por la Entidad con fechas 2, 12 y 25 de octubre, a efectos de
complementar lo requerido, mediante Mesa de Partes de este Organismo Técnico
Especializado, lo cual tiene carácter de declaración jurada.
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el
orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio5, y los temas
materia de cuestionamientos del mencionado participante, conforme al siguiente
detalle.
Cuestionamiento N.° 1
:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación N.° 4, referida al “Sistema de
enfriamiento del motor del Ítem N.° 3 ”.
5Para la emisión del presente Pronunciamiento se utilizará la numeración establecida en el pliego
absolutorio en versión PDF.
4Mediante el Trámite Documentario N.° 2023-25512567-ICA.
3Mediante el Trámite Documentario N.° 2023-25479846-ICA.
2Mediante el Trámite Documentario N.° 2023-25453451-ICA.
1Mediante el Trámite Documentario N.° 2023-25266327-ICA.
1
Firmado digitalmente por CHAVEZ
GARCIA Gabriela Roxana FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 30.10.2023 20:03:21 -05:00
Firmado digitalmente por CANALES
FLORES Jose Ricardo FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 30.10.2023 20:14:21 -05:00
Firmado digitalmente por LAURA
SILVA Anthony David FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 30.10.2023 20:38:48 -05:00
Cuestionamiento N.° 2
:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación N.° 6, referida al “Sistema de
monitoreo del Ítem N.° 3”.
Cuestionamiento N.° 3
:
Respecto a la absolución de las consultas y/u
observaciones N.° 9 y N.° 15, referida a las
“Medidas sobre el Impacto ambiental”.
Cuestionamiento N.° 4
:
Respecto a la absolución de las consultas y/u
observaciones N.° 10 y N.° 20, referidas al “Plazo
de entrega del Ítem N.° 6”.
Cuestionamiento N.° 5
:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación N.° 11, referida a la “Cilindrada
requerida para el Ítem N.° 6”.
Cuestionamiento N.° 6
:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación N.° 13, referida a las
“Características del tren de rodamiento
requerido para el ítem N.° 6”.
Cuestionamiento N.° 7
:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación N.° 16, referida al “Sistema de
monitoreo para el Ítem N.°6”.
Cuestionamiento N.° 8
:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación N.° 18, referida al “Factor de
evaluación “disponibilidad de servicios y
repuestos” de los ítem N.° 3 N.°6”.
Cuestionamiento N.° 9
:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación N.° 19, referida al “Factor de
evaluación “mejoras a las especificaciones
técnicas” del ítem N.°3”
2
2. CUESTIONAMIENTOS
Cuestionamiento N.° 1 Respecto a las Características
específicas – Motor”
El participante FERREYROS S.A., cuestionó la absolución de la consulta y/u
observación N.° 4, toda vez que, según refieren:
“El comité de selección NO ACOGE LA OBSERVACIÓN, dando la razón
que en realidad son sistemas en paralelo con post enfriador con
aftercooler.
Sin embargo, si bien es cierto prevalece lo indicado en el pliego de
absolución de consultas y observaciones (1.5. ABSOLUCIÓN DE
CONSULTAS, OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES, pág. 5
de las bases), la respuesta genera duda, donde debe considerar en forma
genérica con pos enfriador, debido a que manifiesta que intercooler y
aftercooler bajo esa premisa son iguales, cuando no lo son y la
absolución confunde a los postores al mezclar el español con el inglés.
Solicitamos se sirvan evitar confundir a los postores(El subrayado y
resaltado es agregado).
Pronunciamiento
De la revisión del numeral 3.1 del Capítulo III de la Sección Específica de las Bases
de la convocatoria, se aprecia lo siguiente:
“ITEM 03: CARGADOR FRONTAL SOBRE RUEDAS
3.1 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
(...)
MOTOR
Diesel, 4 tiempos, 6 cilindros, sistema de inyección
electrónica, turbo intercooler. De la misma marca
del equipo a ofertar
(...)” (El resaltado y subrayado es agregado).
En relación con ello, se formuló la consulta y/u observación N.° 4, mediante la cual
se solicitó considerar la característica “sistema de admission turboalimentado
postenfriado” para el motor; ante lo cual, el Comité de Selección decidió no acoger lo
solicitado indicando que tanto el término “intercooler” como “aftercooler” se refieren
a enfriadores y que por razones de márketing se continúa utilizando el término
“intercooler”; asimismo, señaló que en la actualidad la mayoría de motores
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