Pronunciamiento Nº 473-2022/OSCE-DGR, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

Fecha de publicación30 Noviembre 2022
1
PRONUNCIAMIENTO N° 473-2022/OSCE-DGR
Entidad : Municipalidad Distrital de José Leonardo Ortiz
Referencia : Licitación Pública N° 1-2022-MDJLO, convocada para la “Adquisición
de una motoniveladora para el Proyecto de mejoramiento de los
servicios de la capacidad operativa del pool de maquinaria pesada del
distrito de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo - Lambayeque
1. ANTECEDENTES
Mediante Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el 27 de
octubre de 2022, con el Trámite Documentario N° 2022-22698280-CHICLAYO, y
subsanado en fechas 11
1
y 14
2
de noviembre de 2022, el Presidente del Comité de Selección
a cargo del procedimiento de selección de la referencia, remitió al Organismo Supervisor
de las Contrataciones del Estado (OSCE), la solicitud de elevación de cuestionamientos al
pliego absolutorio de consultas y observaciones e integración de Bases, presentada por el
participante “FERREYROS SOCIEDAD ANÓNIMA”; en cumplimiento de lo dispuesto
por el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones
del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante TUO de la
Ley, y el artículo 72 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-
EF, y sus modificatorias, en adelante el Reglamento.
Cabe indicar que, en la emisión del presente pronunciamiento se empleó la información
remitida por la Entidad, mediante Mesa de Partes de este Organismo Técnico Especializado,
la cual tiene carácter de declaración jurada.
Al respecto, en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el orden establecido por
el comité de selección en el pliego absolutorio; y los temas materia de cuestionamiento de
los mencionados participantes, conforme al siguiente detalle:
Cuestionamiento N° 1: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación N°
4, referida al Caudal mínimo.
Cuestionamiento N° 2: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación N°
6, referida a la Velocidad máxima en reversa.
2. CUESTIONAMIENTOS
1
Trámite Documentario N° 2022-22871471-CHICLAYO.
2
Trámite Documentario N° 2022-22875727-CHICLAYO
Firmado digitalmente por
CHAMOCHUMBI CHERRE Carlos
Ernesto FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 30.11.2022 11:51:41 -05:00
Firmado digitalmente por BRAVO
MENDOZA Miguel Elias FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 30.11.2022 12:05:08 -05:00
Firmado digitalmente por PACHAS
FERNANDEZ Pedro Alexis FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 30.11.2022 12:23:15 -05:00
2
Cuestionamiento N° 1: Respecto del Caudal mínimo
El participante “FERREYROS SOCIEDAD ANÓNIMA”, cuestionó la absolución de la
consulta y/u observación N° 4; toda vez que, según refiere:
“(…)
A través del área de logística recibimos la invitación para participar en el estudio de mercado,
momento preciso para que la entidad fomente la pluralidad de postores y se lleve a cabo un
proceso transparente.
El comité de selección absuelve la observación como NO ACOGIDA, manifestando que
cumplimos con el requerimiento técnico mínimo del caudal, lo cual no es cierto, debido a que
según nuestro catálogo de las 140GC que se entregó, se visualiza en la página 2 el valor de 155
l/min.
Así mismo manifiesta: Por lo que el participante pretende adecuar el requerimiento a su
interés”, lo que no se sujeta a la verdad, en vista que nuestra intención es que se cumpla lo que
está considerado en nuestro producto.
Por lo expuesto deben retractarse a considerar 150 lpm como mínimo.
Es más no lo fundamenta técnicamente.” (El subrayado y resaltado es agregado)
Base Legal
1. Artículo 16 del TUO de la Ley: “Requerimiento”.
2. Artículo 29 del Reglamento: “Requerimiento”.
3. Artículo 72 del Reglamento: “Consultas, observaciones e integración de bases”.
4. Directiva N° 001-2019-OSCE/CD “Bases y Solicitud de Expresión de Interés Estándar
para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley N° 30225”.
5. Opinión N° 186-2016/DTN.
Pronunciamiento
Al respecto, de la revisión del Pliego Absolutorio de consultas y/u observaciones, se
aprecia que, mediante la consulta y/u observación 4, el participante FERREYROS
SOCIEDAD ANÓNIMA, solicitó lo siguiente:
Consultas y/u observaciones
Absolución
Observación: Nro. 4
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
SISTEMA HIDRAULICO
En las bases dice:
Bomba tipo pistones de caudal variable, caudal de 180 L/min como
mínimo
(…)
Sres miembros del comité de selección, una motoniveladora realiza sus
movimientos de sus sistemas, alrededor del 85% hidráulico, considerar
Análisis respecto de la
consulta u observación:
El comité con opinión d el
área usuaria NO ACOGE la
presente observación, por lo
que el participante deberá
formular su oferta según las
especificaciones solicitas
por la dependencia usuaria.

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