Pronunciamiento Nº 451-2023 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 17 de octubre de 2023

Fecha17 Octubre 2023
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
PRONUNCIAMIENTO N° 451-2023/OSCE-DGR
Entidad : Universidad Nacional Intercultural Fabiola Salazar Leguía De
Bagua
Referencia : Licitación Pública N° 3-2023-UNIFSLB/CS-1, convocada para
la “adquisición del segundo lote de equipos de investigación
para la implementación de laboratorio de la Escuela Profesional
de Biotecnología, para el mejoramiento y equipamiento de los
laboratorios en la sede académica de la Universidad Nacional
Intercultural Fabiola Salazar Leguía De Bagua, con CIU
2430662”
1. ANTECEDENTES:
Mediante el Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el 15 de
septiembre1de 2023 y subsanado el 29 de septiembre2de 2023, el presidente del
comité de selección a cargo del procedimiento de selección de la referencia remitió al
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE), la solicitud de
elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas u observaciones y
Bases integradas presentada por la empresa participante INVERSIONES JESAN
STAR EIRL, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225,
Ley deContrataciones del Estado, en adelante la “Ley”, y el artículo 72 de su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, en adelante el
“Reglamento”; y sus modificatorias.
Ahora bien, cabe indicar que en la emisión del presente pronunciamiento se empleó la
información remitida por la Entidad, en fechas 26 de septiembre3de 2023, 24y 135de
octubre de 2023, mediante la Mesa de Partes de este Organismo Técnico
Especializado, la cual tiene carácter de declaración jurada.
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el
orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio6y los temas
materia de cuestionamientos del mencionado participante, conforme el siguiente
detalle:
Cuestionamiento Único:
Respecto a la absolución de la consulta y
observación N° 24, referida al “Secuenciador
genético de alto rendimiento”.
6Para la emisión del presente Pronunciamiento se utilizará la numeración establecida en el pliego absolutorio en
versión PDF.
5Mediante Trámite Documentario N° 2023-25482502-LIMA.
4Mediante Trámite Documentario N° 2023-25455779-LIMA.
3Mediante Trámite Documentario N° 2023-25275378-LIMA.
2Mediante Trámite Documentario 2023-25451846-LIMA. (Fecha en la cual la Entidad remitió la
documentación completa, conforme a la Directiva N° 009-2019-OSCE/CS “Emisión de Pronunciamiento” y el
aviso de “Consideraciones para la atención de las solicitudes de elevación de cuestionamiento”, publicado en el
SEACE, el 10 de julio de 2020).
1Mediante Trámite Documentario N° 2023-25252629-LIMA.
1
Firmado digitalmente por FLORES
BALLESTEROS Dilma Yesenia
FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 17.10.2023 12:31:07 -05:00
Firmado digitalmente por BRAVO
MENDOZA Miguel Elias FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 17.10.2023 12:38:52 -05:00
Firmado digitalmente por GARAY
MORALES Franklin Williams FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 17.10.2023 12:56:54 -05:00
2. CUESTIONAMIENTO
Cuestionamiento Único
Respecto al “Secuenciador genético de
alto rendimiento
La empresa participante INVERSIONES JESAN STAR E.I.R.L., cuestionó la
absolución de la consulta u observación 24, señalando en su solicitud de elevación
de cuestionamientos lo siguiente:
“Consulta 24. Formulada por BELOMED S.R.L.:
"(...)"
Cabe señalar que el proceso de metagenómica 16s es factible aplicarlo desde 1 región
hipervariable para obtener resultados de identificación de comunidades microbianas.
Nuestro kit trabaja con las regiones V3-V4 para lograr una mayor sensibilidad de
identificación. ¿Podría el comité considerar que la cantidad de regiones hipervariables a
secuenciar sean de por lo menos 2, en lugar de 6? Debido a que colocar 6 regiones
hipervariables limitaría la cantidad de postores, ya que solo existe una tecnología que
puede cubrir 6 regiones.” (El subrayado y resaltado es agregado).
Pronunciamiento
De la revisión del acápite 5.2 “características y condiciones” de las “especificaciones
técnicas” contenidas en el numeral 3.1 de las Bases de la convocatoria, se aprecia que
la Entidad consignó para el ítem N° 3 - Secuenciador genético de alto rendimiento,
entre otros, lo siguiente:
“CARACTERÍSTICAS:
Aplicaciones:
(...)
• Estudios de metagenómica (16S).
01 Equipo: Secuenciador Miseq; 06 Flow Cell R9.4.1; 02 Rapid Barcoding Kit 96;
Flow Cell Wash Kit 96; 01 Midninght RT PCR Expansion, Reactivos para 576
reacciones.” (El subrayado y resaltado es agregado).
Así, mediante la consulta u observación N° 24, la empresa BELOMED S.R.L., solicitó
se especifique la aplicación de los reactivos, esto es, “metagenómica, PGS, expresión
de ARN, PSG”, entre otros; a fin de poder realizar el listado de reactivos adecuados,
tomando en consideración que cada aplicación de secuenciación por NGS tiene una
combinación específica de reactivos.
Ante lo cual, el comité de selección señaló que la aplicación a realizar es
metagenómica”, para lo cual se requiere la secuenciación de, por lo menos, 6
regiones hipervariables del gen 16S del ADN ribosomal bacteriano para un total de
200 reacciones; asimismo, precisó aquello que se incorporará en las bases a integrarse,
siendo esto lo siguiente:
Donde dice Aplicaciones: Estudios de metagenómica (16S).
2

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