Pronunciamiento N° 424-2023/OSCE-DGR, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

Fecha de publicación28 Septiembre 2023
Fecha19 Septiembre 2023
PRONUNCIAMIENTO N.° 424-2023/OSCE-DGR
Entidad : Policía Nacional del Perú - Dirección de Economía y Finanzas
Referencia : Licitación Pública N.° 5-2023-DIVLOG-PNP-1, convocada para
la “Adquisición de máscaras Antigás y Escudo Antimotín para el
personal de la Dirección de Operaciones Especiales PNP
mediante la IOARR, con CUI N.°2524983”.
1. ANTECEDENTES
Mediante el Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el 5
de setiembre de 20231y subsanado con fecha 122y 193de setiembre de 2023, el
presidente del Comité de Selección a cargo del procedimiento de selección de la
referencia, remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
(OSCE), las solicitudes de elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de
consultas y observaciones e integración de Bases, presentadas por los participantes
“MOMARENTO E.I.R.L." y “JDC DEFENSE & SECURITY E.I.R.L” ; en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225, Ley de
Contrataciones del Estado, en adelante la “Ley”, y el artículo 72 de su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y sus modificatorias, en
adelante el “Reglamento”.
Ahora bien, cabe indicar que en la emisión del presente pronunciamiento se empleó
la información remitida por la Entidad, con fecha 19 de septiembre de 2023,
mediante la Mesa de Partes de este Organismo Técnico Especializado, la cual tiene
carácter de declaración jurada.
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó
el orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio4; y los temas
materia de cuestionamiento de los mencionados participantes, conforme al siguiente
detalle:
Cuestionamiento N°1: Respecto a la absolución de las consultas y/u
observaciones N.° 10 y N.° 13, referidas a la característica técnica del
peso máximo de filtro del Ítem N.° 1 ”.
Cuestionamiento N°2: Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación N.°15, referida al plazo de entrega”.
4Para la emisión del presente Pronunciamiento se utilizará la numeración establecida en el pliego
absolutorio en versión PDF.
3Trámite Documentario N°2023-25258127-LIMA
2Trámite Documentario N°2023-25238524-LIMA
1Trámite Documentario N° 2023-25217718-LIMA
Firmado digitalmente por
MONTESINOS LENES Grecia Lucia
FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 28.09.2023 17:37:36 -05:00
Firmado digitalmente por CANALES
FLORES Jose Ricardo FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 28.09.2023 17:44:42 -05:00
Firmado digitalmente por GARAY
MORALES Franklin Williams FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 28.09.2023 18:24:14 -05:00
Cuestionamiento N.° 3: Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación N.° 17, referida a las Normas y ensayos requeridos para el
Ítem N.°2”.
2. CUESTIONAMIENTOS
Cuestionamiento N.° 1: Respecto de la “característica
técnica del peso máximo de
filtro del Ítem N.°1
El participante “MOMARENTO E.I.R.L.” cuestionó la absolución de la consulta
y/u observación N.°10, toda vez que, según refiere:
“(...)
Cuestionamos la absolución de la consulta u observación Nº10, toda
vez que, según refiere la Entidad
No se acoge la observación, debido a que, en los Actos Preparatorios,
según Resumen Ejecutivo, se ha determinado que existe pluralidad de
proveedores que cumplen con el peso máximo del filtro establecido en
las especificaciones técnicas.
Al respecto, en atención a lo señalado, corresponde señalar de forma
previa que la Entidad mediante la citada respuesta, la cual, no ha
sido puesta en conocimiento del área usuaria, en atención al mejor
conocimiento de la necesidad, no sustenta su exigencia técnica,
tomando en cuenta que los fabricantes de máscaras antigás, según
la categoría de protección, cumplen los requisitos de normas
técnicas internacionales, y emplean diferentes materiales con una
dimensión y peso exigible, según la resistencia de la respiración.
Por ello, la exigencia de tener un peso mayor en promedio de 400
gramos.
De otro lado, cabe señalar que, la Entidad tiene conocimiento de esta
exigencia técnica, pues tiene como antecedente previo la
LICITACIÓN PÚBLICA NO 007-2018-IN-OGAF-OAB, en donde el
PESO exigible del Filtro Unitario era máximo 400GRS, lo que
demuestra una exigencia acorde a la normativa técnica.
Cabe señalar que, si bien la Entidad alega que, según Resumen
Ejecutivo de las actuaciones preparatorias, existiría pluralidad de
postores con capacidad de cumplir con el requerimiento, ello no
resulta tal, pues no existe información de fabricantes (más de dos)
que cumplan con el requerimiento, muy por el contrario, se
evidencia direccionamiento a un postor y/o marca particular. Por lo
que solicito remita ficha técnica a los postores que participaron del

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