Pronunciamiento Nº 420-2020 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 9 de diciembre de 2020

Fecha13 Noviembre 2020
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
1
PRONUNCIAMIENTO N° 420-2020/OSCE-DGR
Entidad: Ministerio de Economía y Finanzas
Referencia: Concurso Público N° 009-2020-EF/43 convocado para la “Contratación
del Servicio de Digitalización de Documentos con Valor Legal en el
Ministerio de Economía y Finanzas”.
1. ANTECEDENTES:
Mediante el formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento con Trámite
Documentario N° 2020- 18038109
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,recibido el 13 de noviembre de 2020, y subsanado
con fecha 18 de noviembre de 2020 y el 23 de noviembre
2
, el presidente del comité de
selección a cargo del procedimiento de selección de la referencia remitió al Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de elevación de
cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas y observaciones presentada por el
participante SEGURIDAD & DIGITALIZACIÓN S.A.C. en cumplimiento de lo
dispuesto por el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de
Contrataciones del Estado, en adelante “el TUO de la Ley”, aprobado mediante Decreto
Supremo N° 082-2019-EF, y el artículo 72 de su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo N° 344-2018-EF, en adelante “el Reglamento”; y sus modificatorias.
Así, cabe precisar que para la emisión del presente pronunciamiento se utilizará el orden
establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio
3
; en ese sentido,
considerando los temas materia de cuestionamiento del mencionado participante este
Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera:
Cuestionamiento Único: Respecto de la absolución de la consulta u
observación N° 24, referida al “Almacenamiento de microformas”.
2. CUESTIONAMIENTO
Cuestionamiento Único Respecto al “Almacenamiento de microformas”
El participante SEGURIDAD & DIGITALIZACIÓN S.A.C. cuestionó la absolución de
la consulta u observación N° 24, toda vez que, según refiere:
“(…) Conforme se aprecia, la entidad precisa que para ella “el almacenamiento de
microformas es una prestación esencial por lo que no se podrá subcontratar”,
atribuyéndose o calificando de esencial un servicio que como pasaremos a
explicar no lo es en esencia.
1
Expediente 2020-0089543
2
Expediente 2020-0092061, con TD 2020-18047844 y Expediente 20 20-0094021 con TD 2020-18056095
3
Para la emisión del presente Pronunciamiento se utilizará la numeración establecida en el pliego absolutorio en versión PD F.
Firmado digitalmente por
VIDANGOS DELGADO Cindy FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 09.12.2020 15:15:27 -05:00
Firmado digitalmente por
CARNERO ALVINAGORTA Alexis
Omar FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 09.12.2020 15:21:06 -05:00
Firmado digitalmente por
GUTIERREZ CABANI Ana Maria
FAU 20419026809 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 09.12.2020 15:46:56 -05:00

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