Pronunciamiento Nº 396 -2014/DSU de Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 22 de Abril de 2014

Fecha de Resolución22 de Abril de 2014
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
Número de pronunciamiento396 -2014/DSU

ANTECEDENTES

Mediante Comunicación V.1000-001, recibida con fecha 02.ABR.2014, subsanado mediante Comunicación V.1000-003, recibida con fecha 07.ABR.2014, el Presidente del Comité Especial a cargo del proceso de selección de la referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado el cuestionamiento único del participante HALEMA S.A.C., así como el respectivo informe técnico, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 28 del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 58 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en adelante el Reglamento.

OBSERVACIONES

Observante: HALEMA S.A.C.

Cuestionamiento único: Contra la absolución de la Observación única del participante San Fernando S.A.

El participante cuestiona que con motivo de la absolución de la Observación única presentada por el participante San Fernando S.A. se modificara el empaque requerido para el ítem 2 (pierna con encuentro de pollo congelado), ya que se habría modificado un requerimiento técnico mínimo establecido por el área usuaria, sobre el cual se determinó el estudio de mercado, por lo que solicitaría que dicha modificación se deje sin efecto.

Pronunciamiento

De la revisión de las Bases se advierte que en los requerimientos técnicos mínimos, en relación al ítem (pierna con encuentro de pollo congelado) se requiere:

ITEM 2: PIERNA CON ENCUENTRO DE POLLO CONGELADO

El incumplimiento de la presentación de muestras de acuerdo a lo establecido en esta especificación técnica, anulará de forma automática al postor.

PRESENTACIÓN: Pierna con encuentro de pollo 300 a 500grs. (deberán de ser colocados en cajas de tecknopor)

CANTIDAD: 02 unidades dentro de caja de tecknoport

EMPAQUE: Bolsa de polietileno de doble densidad (empaque primario)

Caja de cartón corrugado (empaque secundario)

ROTULADO: Original de Fábrica o en su defecto, colocar una etiqueta blanca sin membrete, que no pueda identificar al postor, indicando la siguiente información:

PH:

Número de lote:

Fecha de faenamiento:

Fecha de vencimiento:

Lugar de origen:

Peso aprox.:

Tiempo de vida útil:

Con motivo de la absolución de la Observación única del participante San Fernando S.A. se establece lo siguiente:

PRESENTACIÓN: De 14 a 16 kg. En Bolsa de polipropileno de doble densidad y Cajas de cartón corrugado o 6 bolsas de polietileno BD de 5 kg. Aprox. Cada uno, (30 kg) en Bolsa de polipropileno de doble densidad y saco, a fin de asegurar su conservación de humedad.

Ahora bien, en el Informe Técnico remitido con ocasión de elevación de Observaciones, el Comité Especial indicó que:

De conformidad a la norma técnica peruana (NTP) 201.054 2009 "Carne y productos cárnicos", los mismos que se hacen referencia en los criterios de calidad en la especificación técnica, señalan que los envases y embalajes (de las carcasas, cortes y menudencias) deben cumplir con lo siguiente:

El envase y embalaje deberán ser inocuos y no deberán comunicar olores o sabores extraños al producto.

Los materiales de envoltura deberán ser limpios e higiénicos.

El envase y embalaje deberán ser impermeables resistentes y que protejan al producto.

Al eliminar el envase, no deberán quedar residuos de este sobre la carne.

Asimismo, de acuerdo a la Norma técnica la temperatura de almacenamiento y la conservación del producto debe ser menor a -18° C.

En ese sentido, el envase y...

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