Pronunciamiento N° 391-2023/OSCE-DGR, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

Fecha de publicación14 Septiembre 2023
PRONUNCIAMIENTO Nº 391-2023/OSCE-DGR
Entidad : Municipalidad Distrital de Lurín
Referencia : Concurso Público N° 1-2023-CS/MDL-1, convocado para la
contratación del “Servicio de alquiler de unidades vehiculares para
la disposición final de los residuos sólidos del distrito de Lurín”
1. ANTECEDENTES
Mediante Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el 29 de
agosto de 20231, el presidente del comité de selección a cargo del procedimiento de
selección de la referencia, remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado (OSCE), la solicitud de elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de
consultas u observaciones e integración de Bases presentada por el participante
TRANS MARIÑO S.A.C., en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la
Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 72
de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, en adelante el
Reglamento; y sus modificatorias.
Cabe indicar que en la emisión del presente pronunciamiento se empleó la información
remitida por la Entidad, mediante la Mesa de Partes de este Organismo Técnico
Especializado, la cual tiene carácter de declaración jurada.
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el
orden establecido por el Comité de Selección en el pliego absolutorio; y, el tema
materia de los cuestionamientos del mencionado participante, conforme al siguiente
detalle:
Cuestionamiento N° 1: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 2, referida a la “exclusividad de las unidades
requeridas”.
Cuestionamiento N° 2: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 3, referida a la “antigüedad de los vehículos”.
Cuestionamiento N° 3: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 4, referida a la “documentación de presentación
obligatoria”.
Cuestionamiento N° 4: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 5, referida al “procedimiento de los supuestos
penalizables”.
1Trámite Documentario N° 2023-25041433-LIMA
1
Firmado digitalmente por SILVA
PASTOR Dani FAU 20419026809
soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 15.09.2023 15:50:42 -05:00
Firmado digitalmente por BRAVO
MENDOZA Miguel Elias FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 15.09.2023 16:01:29 -05:00
Firmado digitalmente por GARAY
MORALES Franklin Williams FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 15.09.2023 16:39:03 -05:00
Cuestionamiento N° 5: Respecto a la absolución de las consultas y/u
observaciones N° 6, N° 7 y N° 8, referidas al “factor de
evaluación - mejoras a los términos de referencia”.
Cuestionamiento N° 6: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 9, referida a las “rutas de las unidades vehiculares”.
Cuestionamiento N° 7: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 11, referida al “lugar del relleno sanitario”.
Cuestionamiento N° 8: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 12, referida al “requerimiento de tri-motos”.
Cuestionamiento N° 9: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 13, referida a la “subcontratación”.
Cuestionamiento N° 10: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 14, referida al “requerimiento del camión de auxilio
mecánico”.
Cuestionamiento N° 11: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 15, referida al “requerimiento del camión baranda
de 10 TN”.
Cuestionamiento N° 12: Respecto a la absolución de las consultas y/u
observaciones N° 16 y N° 17, referidas a los “supuestos
penalizables”.
2. CUESTIONAMIENTOS
Cuestionamiento N° 1:
Respecto a la “exclusividad de las
unidades requeridas”
El participante TRANS MARIÑO S.A.C., cuestionó la absolución de la consulta y/u
observación N° 2, señalando lo siguiente:
“(...)
El comité de selección no considero lo establecido en las bases estandarizadas aprobadas
mediante Directiva N° 001-2019-OSCE/CD - Bases y solicitud de expresión de interés
estándar para los procedimientos de selección a convocar en el marco de la Ley N° 30225,
en donde en ningún Artículo de la ley, ni norma ni directiva manifiesta la
EXCLUSIVIDAD, además el Comité de Selección señala que "dicha condición del
servicio corresponde a que la ejecución deberá ser de forma ininterrumpida" siendo que
las Bases del Procedimiento de Selección señalan lo siguiente:
(...)
2
Donde se aprecia que a) El Servicio no se va a prestar de forma ininterrumpida y b) "la
Subgerencia de Limpieza Pública y Medio Ambiente puede reprogramar los cambios de
horarios y las rutas establecidas para mejorar el servicio"; lo cual no deja convicción
respecto a los horarios y rutas en la ejecución de la prestación, pudiendo suceder que el
Contratista obtenga una ventaja, luego de suscrito el Contrato, con una modificación a los
horarios y rutas que le permita que las Unidades puedan seas usadas en otros servicios
distintos al Contratado por la Municipalidad de Lurín.
Por lo expuesto, observamos la absolución de la observación, razón por la que
cuestionamos su absolución, por vulneración normativa de lo dispuesto en el artículo 72
del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, solicitando se brinde atención a la
observación realizada en cumplimiento de las disposiciones legales inobservadas”. [Sic]
(El resaltado y subrayado es agregado)
Pronunciamiento
En el presente caso, de la revisión de los numerales 7.1 “Horarios y rutas del servicio”
y 8.6 “Características del equipamiento”, ambos del Capítulo III de la Sección
Específica de las Bases Administrativas del procedimiento, se aprecia lo siguiente:
7.1 Horarios y Rutas del Servicio
El servicio de transporte de residuos sólidos se realizará de lunes a domingos, incluyendo
feriados, en el horario establecidos por el área usuaria MAÑANA, TARDE Y NOCHE:
05:00 am hasta culminar la ruta establecida (zona A, B, C y E).
01:30 pm hasta culminar la ruta establecida (repaso Av. Principales y puntos
críticos).
06:00 pm hasta culminar la ruta establecida (repaso toda la antigua panamericana
sur y puntos críticos).
07:00 pm hasta culminar la ruta establecida (zona D).
09:30 pm hasta culminar la ruta establecida (zona B centro).
La Subgerencia de Limpieza Pública y Medio Ambiente puede reprogramar los cambios de
horarios y las rutas establecidas para la mejora del servicio, en coordinación con el contratista.
(...)
8.6 Características del Equipamiento
Para la ejecución del servicio se deberá contar con la siguiente maquinaria de uso exclusivo
para el servicio de transporte de residuos sólidos hasta la disposición final de la Municipalidad
Distrital de Lurín.
(...)
Las unidades vehiculares serán de uso exclusivo de la Municipalidad de Lurín durantelas 24
horas y los 07 días de la semana por los 365 días del año, por el tiempo que se suscriba en el
contrato y deberán contar con las características técnicas indicadas en las bases deberán estar
aptas para dar inicio a las actividades una vez suscrito el contrato respectivo”.
Mediante la consulta y/u observación N° 2, el participante TRANS MARIÑO S.A.C.,
señaló lo siguiente:
3

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