Pronunciamiento Nº 25-2020 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 6 de enero de 2020

Fecha06 Enero 2020
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
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PRONUNCIAMIENTO Nº 025-2020/OSCE-DGR
Entidad: Hospital de Emergencias Pediátricas
Referencia: Concurso Público N° 3-2019-HEP-MINSA, convocado para la
Mantenimiento preventivo y correctivo de equipos
electromecánicos por 24 meses”.
1. ANTECEDENTES:
Mediante el formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento correspondiente al
Trámite Documentario Nº 2019-15981872-LIMA, recibido el 21.NOV.2019, el presidente
del comité de selección remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
(OSCE) la solicitud de elevación de cuestionamientos presentada por el participante
BIOINGENIERIA S.A.C., en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 del Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, en adelante el TUO de la Ley, y el artículo 72 de su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante el Reglamento.
Así, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el orden
establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio, conforme al siguiente detalle:
Cuestionamiento Nº 1: Respecto a las absoluciones de la consulta u observación
N° 1, N° 6, N° 13, N° 17 y N° 20 referidas al sistema de contratación.
Cuestionamiento Nº 2: Respecto a la absolución de la consulta u observación N° 21
referidas a la “penalidades”.
Cuestionamiento 3: Respecto a la absolución de la consulta u observación
N° 19, referidas al Anexo N° 1 - Medios físicos mínimos para el mantenimiento de equipos
electromecánicos”
Cuestionamiento 4: Respecto a la absolución de la consulta u observación
N° 3 referida al personal destacado para la prestación del servicio
Cuestionamiento 5: Respecto a la absolución de la consulta u observación
N° 22 referida al Perfil básico de los recursos humanos responsables del servicio”.
Cuestionamiento 6: Respecto a la absolución de la consulta u observación
N° 5 referida al Factor de evaluación: Mejoras a los términos de referencia”.
Cuestionamiento Nº 7: Respecto a las absoluciones de las consultas u observaciones
N° 2, N° 8 y N° 9.
Firmado digitalmente por GARRIDO
RECALDE Maria Alejandra FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 07.01.2020 01:21:41 -05:00
Firmado digitalmente por
POMASONCCO VILLEGAS
Elizabeth FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 07.01.2020 01:25:09 -05:00
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2. CUESTIONAMIENTO:
Cuestionamiento Nº 1: Respecto al “Sistema de contratación”
El participante BIOINGENIERIA S.A.C cuestionó las absoluciones de las consultas u
observaciones N° 1, N° 6, N° 13, N° 17 y N° 20, indicando en su solicitud de elevación de
cuestionamientos que “(…) el comité de selección no acoge las observaciones planteadas;
así como no da respuesta a la observación realizada, ni precisa los motivos del no
acogimiento, incumpliendo en absolver de forma clara y precisa la petición formulada (…).
Cabe señalar que el contratista cuenta con programa de mantenimiento aprobado y tiene
como fin el correcto funcionamiento de los equipos bajo cobertura durante la vigencia del
contrato y por tratarse de un servicio de tercerización y no una simple provisión del
personal, el personal del contratista no debe tener dependencia directa con ningún servidor
o funcionario de la Entidad. Queda establecido entonces que las actividades a realizar por
parte del contratista ya se encuentran establecidas en un programa de mantenimiento de
mantenimiento aprobado por la Entidad; en ese sentido, solicitamos que se suprima dicho
párrafo, ya que no se condice con el sistema de contratación con que se está convocando el
proceso en cuestión
Pronunciamiento
Al respecto, de conformidad con lo establecido en el artículo 35 del Reglamento, el sistema
de contratación a suma alzada, resulta aplicable cuando las cantidades, magnitudes y
calidades de la prestación estén definidas en las especificaciones técnicas, en los términos
de referencia o, en el caso de obras, en los planos, especificaciones técnicas, memoria
descriptiva y presupuesto de obra, respectivas, el postor formula su oferta por un monto fijo
integral y por un determinado plazo de ejecución, para cumplir con el requerimiento
Ahora bien, en el presente caso, en el numeral 5.1 “Actividades” y 5.2 “Procedimiento del
acápite 3.1 Requerimiento- del Capítulo III de la Sección Específica de las Bases de la
convocatoria, se aprecia que la Entidad ha establecido lo siguiente:
5.1 Actividades
(…)
Otras que demande el mantenimiento, como detalle de especificaciones técnicas de
bienes y servicios, levantamientos técnicos, cálculos técnicos de ingeniería, desarrollo
de ingeniería básica, selección de equipos y componentes, traducciones técnicas, etc. a
fin de garantizar el correcto funcionamiento del equipo en todos sus parámetros.
Asimismo, deberán de atender en forma excepcional algunas actividades de apoyo
relacionadas con el mantenimiento de los diferentes servicios, las mismas que serán
definidas por la Oficina de Servicios Generales y Mantenimiento, debiéndose tener en
cuenta que el mantenimiento que corresponda a los equipos en co bertura tiene
prioridad de atención.
(…)
Otras que demande el mantenimiento, a fin d e garantizar el correcto funcionamiento
del equipo en todos sus parámetros.
5.2 Procedimiento
Procedimientos de ejecución de programa de mantenimiento
(…)
El CONTRATISTA ejecutara actividades de apoyo en instalaciones, operación de
equipos y otros de a cuerdo al requ erimiento de la Unidad de Servicio s Gen erales y
Mantenimiento. Asimismo apoyará en la atención de los requerimientos de las áreas
asistenciales cuando no haya personal de mantenimiento disponible.

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