Pronunciamiento Nº null del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 21 de febrero de 2019

Fecha21 Febrero 2019
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
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PRONUNCIAMIENTO Nº 220-2019/OSCE-DGR
Entidad : Empresa Regional de Servicios Públicos de Electricidad del
Oriente S.A. ELECTRO ORIENTE S.A.
Referencia : Concurso Público SM-027-2018-EO-L-1, convocado para la
contratación del Servicio de Internet e Interconexión de las Sedes
de Electro Oriente con el CDC de FONAFE.
1. ANTECEDENTES
Mediante el Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el
12.FEB.2019, mediante Trámite Documentario 2019-14386842-IQUITOS, el
Presidente del comité de selección a cargo del procedimiento de selección, remitió al
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de
elevación de cuestionamiento al pliego absolutorio de consultas y observaciones
presentada por el participante TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A., en cumplimiento de
lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225, Ley que aprueba la Ley de
Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 51 de su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo 350-2015-EF, en adelante el Reglamento; y, sus
modificatorias aprobadas mediante Decreto Legislativo N° 1341 y Decreto Supremo
056-2017-EF, respectivamente.
Asimismo, cabe precisar que para la emisión del presente pronunciamiento se utilizará el
orden establecido en el pliego absolutorio
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; en ese sentido, considerando el tema materia
de cuestionamiento del mencionado participante, este Organismo Técnico Especializado
procederá a pronunciarse de la siguiente manera:
Cuestionamiento N° 1 : Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación 6, referida al “servicio de internet de
banda ancha a través de enlaces dedicados”.
Cuestionamiento N° 2 : Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación N° 13, referida a la experiencia del
postor”.
2. CUESTIONAMIENTOS
Cuestionamiento N° 1 : Respecto al servicio de internet de banda ancha a
través de enlaces dedicados.
El participante TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A., cuestiona la absolución de su
consulta y/u observación N° 6, señalando lo siguiente: “(…) Como puede evidenciarse,
en la absolución a la observación realizada por Telefónica del Perú S.A.A. respecto a la
declaración jurada sobre las salidas internacionales, el comité de selección acoge la
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Versión PDF.
Firmado digitalmente por APAZA
MIRANDA Hernan Jaime FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 21.02.2019 12:57:41 -05:00
Firmado digitalmente por
CASANOVA VILELA Ibsen Juan
FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 21.02.2019 14:29:47 -05:00
Firmado digitalmente por
POMASONCCO VILLEGAS
Elizabeth FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 21.02.2019 14:47:19 -05:00

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