Pronunciamiento Nº null del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 19 de febrero de 2019
Fecha | 19 Febrero 2019 |
Emisor | Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado |
Entidad:
Referencia:
PRONUNCIAMIENTO N° 210 -2019/0SCE-DGR
Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima- Sedapal
Concurso Público N° SM-S2-2018-SEDAPAL-I, convocado
para la contratación del "Servicio de Mantenimiento de
automatización de estaciones remotas".
I. ANTECEDENTES
Mediante cl Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el
08.FEB.2019 con el Trámite Documentario N° 2019-14381398-L1MA
Y
subsanado
mediante el Trámite Documentario W 20 19-1437550S-L1MA recibido el 06.FEB.2019 ,
el presidente del comité de selección a cargo del procedimiento de selección de la
referencia, remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la
solicitud de elevación de cuestionamiento al pliego absolutorio de consultas y
observaciones presentada por los participantes GRUPO ILECTEL S.A.e. y
CENTAURO TECHNOLOGY S.A.e., en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo
21 de la Ley N° 30225. Ley que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en
adelante la Ley. y el artículo 51 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N°
350-2015-EF, en adelante el Reglamento; y, sus modificatorias aprobadas mediante
Decreto Legislativo N° 1341
Y
Decreto Supremo 056-20 I7-EF, respectivamente.
Al respecto, cabe precisar que en la emisión del presente Pronunciamiento se utilizó el
orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio', y respecto del
tema materia de cuestionamientos del mencionado participante, este Organismo Técnico
Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera:
• Cuestionamiento 1: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° IS, referida a la "definición de obras similares".
• Cuestionamiento 2: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 19, referida a la "acreditación para la habilitación".
• Cuestionamiento 3: Respecto a la absolución de la consultas y/u observaciones
N° 2
Y
N° 3, refcrida al "estudio de mercado".
I
Para la emisión del presente I'ronunciamiemo se utilizará lanumeración
eslabl~ida en el pliego absolutorio
en
\'crsión PDF.
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