Pronunciamiento Nº 170-2019/0SCE-DGR de Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 12 de Febrero de 2019
Fecha de Resolución | 12 de Febrero de 2019 |
Emisor | Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado |
Número de pronunciamiento | 170-2019/0SCE-DGR |
Refcrencia: Licitación Pública N° SM-21-2018-HNDM-I, convocada para
la contratación del suministro de bienes "Suministro de
material de desinfección: Amonio Cuaternario Concentrado".
1. ANTECEDENTES
Mediante cl Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento con Trámite
Documentario N° 20 I9-14367274-LlMA, recibido el 0I.FEB.2019, el presidente del
comité dc sclección a cargo del proccdimiento de selección de la referencia remitió al
Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) las solicitudes de
clevación de cucstionamientos al pliego absolutorio de consultas y observaciones
presentada por los participantes FERCO MEDlCAL S.A.e. y ROKER I'ERÚ S.A., en
cumplimicnto dc lo dispuesto por el artículo 2 I de la Ley N° 30225, Ley que aprueba la
Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 51 de su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo N° 350-20 15-EF, en adelante el Reglamento; y, sus
modificatorias aprobadas mediante Decreto Legislativo N° 1341 y Decreto Supremo
056-20 17-EF. respectivamente.
Asimismo. cabe precisar que para la emisión del presente pronunciamiento se utilizará el
orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio1; en ese sentido,
considerando los temas materia de cuestionamientos de los mencionados participantes,
este Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera:
2. CUESTIONAMIENTO
le la consulta y/u
a la "Definición de
la absolución de
N° 7, rcferida
Mejoras a las
la consulta y/u
al "Factor de
Especificaciones
las consultas y/u
S. referidas a las
Respecto a la absolución d
observaciones N° I y N°
"Especificaciones técnicas".
Respecto a
observación
Evaluación:
Técnicas".
Respecto a la absolución
observación N° 3, referida
bienes similares".
Cucstionamicnto N° 1:
Cllcstionamicnto N° 2:
Cllcstionamicnto N° 3:
Cllcstionamiento N° I Rcspccto a las cspecificaciones técnicas
El participante FERCO MEDICAL S.A. e. cucstionó la absolución de la consulta y/u
obscrvación N° I. scñalando en su solicitud de elevación que "(.oo) I1U resulta
1 Versión pdr
congruente que la entidad solicite estudios tan especificos, por cada uno de los
microorganismos indicados en las e.\jJecificaciones técnicas, (...) el cumplimiento de los
requerimientos mínimos podrá ser sustelllado a través de jiJlletos, manuales, catálogos,
brochures u otros documentos técnicos similares emitidos pOI' el júbricante, sin
embargo. en caso los documentos referidos no detallasen todas las características
técnicas. podrá acompañarse una declaración jurada del postor en el cual seíjale el
cumplimíento (Pronuncíamíento N° ¡347.20 ¡-I/DSU). ( ..) se puede apreciar dicha
especificacíón direcciona la adquisición. por cuanto hace referencia a estudios
e.\jJecíficos. que orientan la adquisición a un postor y marca determinado (...J. Por otro
lado, como man(festamos en nuestra observación, si un desil?fectante tiene la actividad
biocida demostrada contra microorganismos en jórma e.ljJorulada (esporas).
indefectiblemente tiene actividad biocida ( ..), Es deeír bastaría que se presente /111 solo
eslttdio /fue demuestre /fue el producto es eficaz cOl/tra espora.'. para demostrar /fue
tiel/e aceíál/ sobre bacterias, I/lJIIgos V "iru.I',"
Asimismo, el participante ROKER PERÚ S.A. cuestionó la absolución dc la consulta
y/u obscrvación N° 6, scñalando cn su solicitud de elevación que "( ..) los registros
sanitarios. son aprobados en referencia a la actividad del producto. sea e.I/JlJricida.
jill1gicida. germicida o virueída, no existiendo ninglÍn registro /fue certifi/fue {Jara su
comercialización en territorio nacional eficacia {Jara toda la gama de ¡'v!icobacterium
tuberculosis ventero bacterias multirresistel/tes de la institución ( ..) con una e\'Ídencia
de ~fectividad sobre hongos de crecimiento intrahospilalario (...J, Asimismo, es de
recordar el contenido del PRONUNCIAAIIENTO N° 072.200S/[)OP ( ..J AIIJPLIAR
LA ESPECIFICACIÓN TÉCNICA DEL ÍTEM N° 1 Y ACEPTAR OUE LOS
POSTORES DEMUESTREN LAS CARACTERISTlCAS BACTERICIDA.
TUBERCULICIDA. FUNGICIDA y VIRUClJ)A CON UN SOLO TIPO DE ENSA YO
POR CADA UNO ( ..)"
r.Jl'fA Rie1lll,
{ ~~ _ Pronunciamiento
~ En el artículo 16 de la Ley y el artículo 8 del Reglamento. se establece que las
, 'ose,'. especificaciones técnicas, los términos de referencia o el expediente técnico, que
integran el requerimiento, contienen la descripción objetiva y precisa de las
características y/o requisitos funcionales relevantes para cumplir la finalidad pública de
la contratación, y las condiciones en las que debe ejecutarse la contratación.
Por otro lado, en los numerales 4.2 y 4.3 del Formato de Resumen Ejecutivo de Estudio
de Mercado (Bienes), se advierte que la Entidad declaró que existiría pluralidad de
proveedores y marcas; respectivamente, en capacidad de cumplir con el requerimiento.
Ahora bien, resulta pertinente aclarar que los Pronunciamientos N° 1347.20 14/D5 U Y
N° 072.2008/DOP se encuentran rcferidos a una acción de supervisión con difercntcs
alcances y particularidades, siendo que cada pronunciamicnto cs indepcndicnte dc los
demás v no resulta vinculante para otros supuestos; asimismo. corresponde acotar
que las disposiciones consignadas en los pronunciamientos se realizan en función al
análisis integral de la información proporcionada por las Entidades, con ocasión del
trámite de solicitud de elevación, razón por la cual no resultaría factible pretender
vincular situaciones que. aunque parezcan devenir de actuaciones similares.
responderían a un análisis y a supuestos distintos.
2
En el presente caso. se aprecia que en el numeral 3.1 del Capítulo 1II de la Sección
Especiliea de las Bases. se ha consignado lo siguiente:
Capítulo UI de la Sección Específica de las Bases
.1.1r:SI'ECfFlCICfONES TECNICAS
Af\'EXO 01
Dc:rnostrodo
----
oclívidod Bactericida. con una evidencio de las siguientes: Micobocterium
tuberculosis y cnlcrobocfcrios mul lirre: .
islenl es de la Inslitución (Acínetobocter boumannii.
Klebsiello pneumoniue I3LEC C. coli BLEE, Pseudomono. Estafilococo ourcus SARM) fungicido. con
luna e"deneia de eleelividmj sah,e hongos de oecim'enla inl,ahospilalaria (Candida a/bieans y
A:;'P~'YiIUSrumi~olusJ y vlfucida. al ,menos uno evidencio (contra VIH. Hepatitis B. Hepatitis e y virus
!f~!!U(.?!!~9).
rp.ol!70da por loboralorl.0..9~red¡ludü nocional o internacional,
De la revlslon del pliego absolutorio. se aprecia que mediante las consultas y/u
observaciones N° 1 v N° 6. los participantes FERCO MEDlCAL S.A.c. y ROKER
PERÚ S.A.: solieit¡;ron se amplíe las Espccilieacioncs Técnicas. respecto a la
presentación del estudio o ensayo microbiológico que demuestren las características
bactericida. fungicida y virucida, ya que los estudios o ensayos consignados en las
Bases no se realizan a nivel nacional.
En relación a ello. el comité de selección no acogió lo solicitado señalando que la
Entidad tiene aprobado con Resolución Directoral N° 032-2008. el Mapa
Microbiológico 2015 - 2017. de los gérmenes más frecuentes aislados en la Entidad y
su patrón de resistencia. por lo que en base a ello solicita que el producto tenga probada
elicacia. a lin de garantizar la seguridad del paciente y el menor riesgo de infecciones
asociadas a la atención de salud.
Adicionalmente. mediante informe técnico remitido con ocaSlOn de la solicitud de
elevación de cuestionamiento. el citado órgano colegiado set1aló lo siguiente:
"' ... ) 11/1 mpecto eminel1/emente técnico y de competencia del área usuaria, Jw sido e,!fática indicando
(/lIe el Amonio cuaternario solicitado debe de acreditar /lna comprobada ejicacia, debido al riesgo
presente el/ el Hospital. de infección por ~érmenes muIr/resistente. ( ..).
Po,. ofro lado. el término Amonio cuaternario es genérico ,v engloba una serie de slistancias químicas
dI! dijen:llfe COI11I)()siciólIy potencia en el e/cero bactericida hacia gérmenes hospitalarios. aunque
1¡ldospertenecientes a lajámi/ia de amonio cuaternario.
Lüs/('II amonios cuaternarios de primera, segunda. tercera, cuarta y quillla ,r..:eneración. con /In
espectro bactericida (Iue \'ar;a (it- (I('1Il.'nlo(J
la composición del producto. igualmente las jórmas de
júhricación de los productos químicos (...).
Igualm(,l/tc el ¡){,/:lilmicrobiolágico es dt(erente para cada institución e ine/uso puede \'(Iriar de 1/11 mjo
a otro. como en el caso de l1/1estra ¡nstitucián. el usar nroductos desinfectantes que no tengan acciÓn
bactericida (,(JIltra los gérmenes más ¡;'ccuentes en la institución sería poner en riesgo la salud de los
nacientes (me se aticnden CI/ el hospital \' propiciar la apariciÓn de brotes epidémicos con alta
mortalidad una vrolol/l!ada estancia de llOsnitali=acián \' un gasto adicional innecesario para los
IJ(/CI
l' la InstituciÓn.
teniel/do CIIcIIC'ntalo al/tC'sse,jalmlo ."emlifica que pum definir /tI un'M" baclericida se I)resentarán
ensayos microhiológicos donde se se,jale quc cs hactericida contra Acinetobacter baumanni Inf~'E
1~'lIlerococcus ./lu>cium I:'RJ', t::~tajilococo allreus SRA.\/, Lscheriucihia coli InEE y ,\ficobacterium
tuberclllosis.
Pam defi"ir la Accián filllgicit/tt se I",ese/llarán ensayos microbiológicos donde se seJiale que es
./il1lgicida contra Candida alhicans y Aspergillls jiulIigallls y Imm defi"ir !t, acción ~'irucidu se
prese1l1aran...
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