Pronunciamiento Nº 156-2019/OSCE-DGR de Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 11 de Febrero de 2019

Fecha de Resolución11 de Febrero de 2019
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
Número de pronunciamiento156-2019/OSCE-DGR

PRONUNCIAMIENTO N° 156-201 9/0SCE-DGR

para la "Contratación del suministro de bienes: Requerimiento

anual de oxigenadores de membrana y sets de tubuladura",

por ítems J.

  1. ANTECEDENTES

Asimismo. cabe precisar que para la emisión del presente pronunciamiento se utilizará el

orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutori02; en ese sentido,

considerando los temas materia de cuestionamientos del mencionado participante, este

Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera:

Mediante el Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento con Trámite

Documentario N° 2019-14248715-LIMA, recibido el 29.ENE.2019, y subsanado

mediante Trámite Documentario N° 20 ¡9-14255465-LlMA, recibido el 31.ENE.20 19, el

presidente del comité de selección a cargo del procedimiento de selección de la

referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la

solicitud de elevación de cuestionamiento al pliego absolutorio de consultas y

observaciones presentada por el participante SISTEMAS ANALÍTICOS S.R.L., en

cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 30225, Ley que aprueba la

Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 51 de su Reglamento,

aprobado por el Decreto Supremo N° 350-20 15-EF, en adelante el Reglamento; y, sus

modificatorias aprobadas mediante Dccreto Legislativo N° 1341 Y Decreto Supremo

056-201 7-EF, respectivamente.

Rcspccto a la dcfinición dc bienes

similares

Respecto a la absolución de la consulta y/u

observación N° l. referida a la "Definición de

bienes similares".

2. CUESTIONAMIENTO

Cucstionamicnto Único:

Cucstionamicnto Único

El participante SISTEMAS ANALÍTICOS S.R.L. cuestionó la absolución de la

consulta y/u observación N° 1, señalando en su solicitud de elevación que "(. ..) lo que

se busca es ga/"{/nlizar la calidad de los prodUClos, aquí debemos precisar que la

calidad de los produClos se evallÍa en base al Cerli/icado de Análisis, doculIlenlo el cual

I ÍtClll N° 1: Oxigcnador de membrana con rcscn:orio cardiolomia inl:-ultil.

ítem N° 2: (higcnador de memhrana con rcscrvorio cardiotomia nconatal.

ítem N° 3: Oxigcnador de membrana con rcscrvorío cardiotornia pcdiátrico.

ítem N° -1: Sel de Tuhuladuras infantil.\ 20 piezas.

¡km N° 5: Sct Jc Tuhuladuras llconatal x 20 piezas.

Ítem N° 6: Sel de Tubuladuras pcdiátrico x 20 piezas.

2 VcrsiOll pdf.

acredita y hrinda información acerca del producto y. además. de los exámenes

realizados a estos antes de ser comercializados. por lo que consideramos que el sustento

del comité carece de fill1damento técnico. (...) los Nenes indicados como similares son

muy limitados en atención a que solo los derivados del producto convocado son

considerados como similares. y no se toma en cuenta otros productos similares.

solicitados en nuestra consulta que su aceptación no il11ervendrá en la calidad de

productos. recordemos que la experiencia del postor no está dirigida a acreditar o

avalarla calidad del producto (...)".

Pronunciamiento

En el artículo 16 de la Ley y el artículo 8 del Reglamento, se establece que las

especificaciones téenicas, los términos de referencia o el expediente técnico, que

integran el requerimiento, contienen la descripción objetiva y precisa de las

características y/o requisitos funcionales relevantes para cumplir la finalidad pública de

la contratación, y las condiciones en las que debe ejecutarse la contratación.

La determinación de la definición de los bienes similares establecida en el presentc

procedimiento de selección, es exclusiva responsabilidad de la Entidad. la cual se

establece considerando que sea de naturaleza semejante a la que se dcsea contratar.

entendiéndose por semejante a aquello parecido y no igual.

En el numeral 4.2 del Formato de Resumen Ejecutivo de Estudio de Mercado (Bienes).

se advierte que la Entidad declaró que existiría pluralidad de proveedores en capacidad

de cumplir con el requerimiento, el cual incluye, entre otros. la delinición de los bienes

similares.

En el presente caso, se aprecia los numerales 3.1 y 3.2 dcl Capitulo III de la Sección

Especifica de las Bases, se ha consignado lo siguiente:

CaDítulo UI de lt, Sección Esnecífica ele las Ba .

es

Numeral J.] Numera/J.2

8.2. EXPERIENCIA DEL POSTOR lB I EXPERIENélA

DELPOSTOR

El posto( debe acreditar un monto lacturadO OCIXTI\¡IadO

equNalente 11la

!

1-

fadllaci6n &uperior a ooa (01) vez el valor e$bma:lo dal ¡tem, por la venta I El OOSlCfdeb! aoecfilf ~ rlYJIl~ lIclu'm ao..tl'llI3OO Sl.I)eflll a LW. (1) VEZ El VALOR

de tienes iguales (el mismo item) o smílarcs (los ítem, conSiderados en F:EFERf"'CL\.L CEl ITE'" O'£RTAOO. por la ver:lll de blene',; ~~ o smlares al OO¡eIOde la

cada numlll8l¡, oobefá acredilar e~petiencia en relaOón al obtelo de la IlXIll'OC.l:t:na.

COOVOClltonaduran~ un periodo no ma)'Ol' a ocho (8) aflos a la fecha óe la roTI¡:llIalaIl !le5delilled'ladela...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR