Pronunciamiento Nº null del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 26 de diciembre de 2019

Fecha27 Diciembre 2019
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
1
Pronunciamiento 1402-2019/OSCE-DGR
Entidad
:
Empresa de Servicio Público de Electricidad Electronorte S.A
Referencia
:
Licitación Pública N° 2-2019-ELECTRONORTE S.A-1, convocada
para la ejecución de la obra: “Ampliación de redes de distribución
eléctrica aérea de media tensión y baja tensión”.
1. ANTECEDENTES
Mediante documento de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el 14 de
noviembre 2019
1
a través de mesa de partes y subsanado el 16 de diciembre de 2019
2
,
el presidente del comité de selección a cargo del procedimiento de selección de la
referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE)
la solicitud de elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas y
observaciones presentada por el participante GIGAWAIT S.A.C, en cumplimiento
de lo dispuesto por el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley
que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 72
de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante, el
Reglamento.
En ese sentido, cabe precisar que para la emisión del presente pronunciamiento se
utilizará el orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio
versión PDF; por lo que, considerando los temas materia de cuestionamientos, este
Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera:
Cuestionamiento N° 1:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación N° 4, referida a la Definición de
obras similares”.
Cuestionamiento N° 2:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación 7, referida a la “Solvencia
Económica”.
Sin perjuicio de lo expuesto, de la lectura de la solicitud de elevación de
cuestionamientos al pliego absolutorio de consulta y observación N°13 del
participante GIGAWAIT S.A.C, solicitó lo siguiente: “(…) Sobre el particular, lo
que se quiere con la consulta es que la entidad considere en el programa de
ejecución de obra del expediente técnico, las actividades que puedan afectar la ruta
crítica correspondientes al Monitoreo Ambiental y al Monitoreo Arqueológico, de
esta manera se podrá determinar las etapas en las cuales se deberá considerar los
monitoreos arqueológicos y ambientales, evitando así futuros conflictos entre
entidad y contratista.
1
Mediante Tramite Documentario N° 2019-15970097-CHICLAYO
2
Corresponde mencionar que la subsanación se llevó a cabo a través de la presentación de un (01) escrito identificado con Trámite
Documentario N° 2019-16144503-CHICLAYO.
Firmado digitalmente por GUZMAN
QUINTANA Yesenia Kim FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 27.12.2019 23:05:02 -05:00
Firmado digitalmente por BRAVO
MENDOZA Miguel Elias FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 27.12.2019 23:38:31 -05:00
Firmado digitalmente por
POMASONCCO VILLEGAS
Elizabeth FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 27.12.2019 23:40:07 -05:00

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