Pronunciamiento Nº 137-2019/0SCE-DGR de Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 7 de Febrero de 2019
Fecha de Resolución | 7 de Febrero de 2019 |
Emisor | Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado |
Número de pronunciamiento | 137-2019/0SCE-DGR |
contratación de suministros de -Adquisición de frascos de
polímero de aspiración completo para aspiradora de secreciones".
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ANTECEDENTES
Mediante los formularios de Solicitudes de Emisión de Pronunciamientos
correspondientes al Trámite Documentario N° 2019-14242573-LIMA y N° 2019-
14248781-LIMA, recibidos con fecha 25.ENE.2019 y 29.ENE.2019, respectivamente; el
presidente del comité de selección a cargo del procedimiento de selección de la referencia
remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de
elevación de cuestionamiento al pliego absolutorio de consultas y observaciones
presentada por el participante ROKER PERÚ S.A., en cumplimiento de lo dispuesto por
el artículo 21 de la Ley N° 30225, dispositivo que aprueba la Ley de Contrataciones del
Estado, en adelante la Ley, y el artículo 51 de su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo N° 350-2015-EF, en adelante el Reglamento; y sus modifícatorias aprobadas
mediante Decreto Legislativo N° 1341 y Decreto Supremo 056-2017-EF,
respectivamente.
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el
orden de prelación establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio de
consultas y observaciones', y el tema materia de cuestionamiento del mencionado
participante, conforme al siguiente detalle:
Cuestionamiento N° 1: Respecto de la absolución de la consulta y/u observación
N° 3, referida a la "Requisitos de Calificación Experiencia del postor".
Cuestionamiento N° 2: Respecto de las absoluciones de las consultas y/u
observaciones N° 2 y N° 4, referidas a la "Frasco de polímero de aspiración
completa par aspiradora de secreciones X I.5 a 2Litros y X 3Litros".
Según la numeración establecida en el pliego absolutorio de consultas y/u observaciones en versión PDF.
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CUESTIONAMIENTOS
Cuestionamiento N° 1 Requisitos de Calificación - Experiencia del postor.
El participante ROKER PERÚ S.A. cuestionó la absolución de la consulta y/u
observación N° 3, toda vez que, según refiere, el comité de selección habría incluido para
el postor experiencia que estaría generando indefensión a los participantes, quienes no
pudieron observar el monto de facturación ni la definición de bienes similares.
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Al respecto, cabe señalar que, el artículo 8 del Reglamento establece que el área usuaria
es la responsable de la elaboración del requerimiento (las especificaciones técnicas en
caso de bienes), debiendo estos contener la descripción objetiva y precisa de las
características y/o requisitos funcionales relevantes para cumplir la finalidad pública de
la contratación, y las condiciones en las que debe ejecutarse la contratación; lo cual
incluye la experiencia del postor.
Así, la Bases Estándar objeto de la presente contratación establece que la Entidad puede
considerar calificar la experiencia del postor, teniendo en cuenta que el postor debe
acreditar un monto facturado acumulado no mayor a tres (3) veces el valor referencial por
la venta de bienes iguales o similares al objeto de la convocatoria durante los ocho (8)
años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas, que se computarán desde la fecha
de la conformidad o emisión del comprobante de pago, según corresponda.
Dicho lo anterior, cabe señalar que, en el numeral 51.3. del artículo 51 del Reglamento,
se señala que, si como resultado de una consulta u observación debe modificarse el
requerimiento, debe solicitarse la autorización del área usuaria y remitir dicha
autorización a la dependencia que aprobó el expediente de contratación para su
aprobación.
De lo señalado, se desprendería que, ante la existencia de consultas y/u observaciones que
originen una modificación al requerimiento será necesario que el Comité comunique al
usuario a efectos que este, de ser el caso, autorice la modificación y posteriormente se
derive el expediente de contratación a la dependencia que lo aprobó para que efectúe una
nueva aprobación del mismo, siendo que, ello también abarcaría la modificación de un
requisito de calificación, considerando que estos forman parte del requerimiento2.
En el presente caso, se aprecia que mediante la consulta y/u observación N° 3, el
participante ROKER PERU S.A. solicitó aclarar si deberá considerarse para la oferta el
Anexo 9, puesto que, en el numeral 3.2 no se habría contemplado el requisito de
calificación "Experiencia del postor", ante lo cual...
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