Pronunciamiento Nº 136-2015/DSU de Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 3 de Febrero de 2015

Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2015
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
Número de pronunciamiento136-2015/DSU

ANTECEDENTES

A través de Oficio N° 003-CE-LP-0006-2014-HONADOMANI-SB.2015 recibido el 16.ENE.2015, subsanado mediante documento ingresado con Número de Trámite Documentario N° 2015-6284386-LIMA, recibido el 20.ENE.2015 el presidente del Comité Especial remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la única (1) observación y un único cuestionamiento presentado por el participante DIAGNOSTICO UAL S.A.C., así como el informe técnico respectivo, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 28 del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante "la Ley", y el artículo 58 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en adelante "el Reglamento".

Al respecto, resulta importante resaltar que, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento, independientemente de la denominación que les haya dado el participante, este Organismo Supervisor se pronunciará únicamente respecto de: a) las observaciones presentadas por el solicitante que no hayan sido acogidas o son acogidas parcialmente; b) las respuestas a las observaciones del solicitante que, pese a ser acogidas, son consideradas por éste contrarias a la normativa; o, c) el acogimiento de las observaciones formuladas por un participante distinto al solicitante, cuando éste último manifieste que considera tal acogimiento contrario a la normativa, siempre que se haya registrado como participante hasta el vencimiento del plazo previsto para formular observaciones.

Respecto de la única Observación, de la revisión del pliego absolutorio de observaciones se aprecia que dicha observación fue acogida parcialmente por el Comité Especial, por lo que este Organismo Supervisor solo se pronunciará respecto del extremo no acogido.

Sin perjuicio, de las observaciones de oficio que se formulen respecto de aspectos relevantes de las Bases, de conformidad con el artículo 58° de la Ley.

OBSERVACIONES

Observante DIAGNOSTICO UAL S.A.C.

Cuestionamiento único Contra la absolución de la Observación N° 1 del participante SISTEMAS ANALÍTICOS S.R.L.

Mediante su único cuestionamiento el participante objeta que al absolver la Observación N° 1 del participante SISTEMAS ANALÍTICOS S.R.L. el Comité Especial haya incluido nuevas características del equipo de gel en columna, toda vez que según señala, las características técnicas para el equipo gel en columna son completamente diferentes a las solicitadas inicialmente y con desmedro de la vigencia tecnológica al haberse suprimido características importantes para el buen desempeño del flujo de trabajo, disminuyendo así la calidad de atención a los pacientes no permitiendo cumplir con efectividad los fines para los que son requeridos.

En tal sentido, solicita revocar la inclusión de características del equipo de gel en columna establecidas en la absolución de observaciones y restablecer las especificaciones técnicas originarias determinadas por el usuario para el equipo de gel en columna consignadas en la absolución de consultas.

Pronunciamiento

De la revisión de las Bases se advierte que, en el Capítulo III de las especificaciones técnicas y requerimiento técnicos mínimos, se ha establecido que el equipo requerido en el paquete Nº 9 (Reactivos de inmunohematología con equipamiento) tenga las siguientes características:

Con ocasión de la Absolución de la Consulta Nº 1, formulada por el participante SISTEMAS ANALITICOS S.R.L., el Comité Especial señaló:

"El Comité Especial en coordinación con el área usuaria precisa que también se aceptará otra metodología como columna y/o microplaca cuyas características para el equipo son las siguientes:

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE EQUIPO DE COLUMNA Y/O MICROPLACA

  1. Tipo

    Analizador automático de procesamiento de pruebas de inmunohematología

  2. Metodología

    Pruebas de hemaglutinación en columna de gel y/o fase sólida y/o microplaca

  3. Características

    Ingreso de muestras, reactivos, líquido de sistema, eliminación de desechos y microtiras y/o tarjetas en forma continua

    Formato de tubos: 12x75mm y 13x100 mm

    Acceso aleatorio

    Lectores de códigos de Barras para los tubos reacrivos, tarjetas de columna de gel y/o microtiras

    Resultados de las pruebas en tiempo real con captura de imagen e interpretación de intensidad

    Capacidad de cargado: 20 muestras, 16 reactivos y 32 tarjetas de columna de gel y/o microtiras.

    Capacidad de procesar muestras de emergencias sin detener el procesamiento normal de equipo

    Control de calidad asociado al software

    Password de control de accesos de usuarios por niveles

  4. Muestra

    Plasma (500 ul como mínimo)

    Glóbulos rojos (250 ul como mínimo)

  5. Procesamiento de Datos

    Interno: Sotfware y Hadware para el manejo de datos

    Resultados mostrados directamente en pantalla

    Indicador de mantenimientos programados

    Interpretación de resultados por análisis de fotos

    Impresora: incorporada y/o adecuada a la modalidad de trabajo del equipo y laboratorio

  6. Accesorios del equipo

    PC con pantalla táctil

    Fuente de poder de emergencias (UPS)

    Mesa para soportar el equipo

  7. Consumibles, calibradores, controles, accesorios

    Control de calidad de sangre total para pruebas de grupo sanguíneo fenotipo y rastreo de anticuerpos

    Soluciones de lavado y de dilución

    Complementos de limpieza (si el equipo lo...

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