Pronunciamiento Nº null del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 5 de diciembre de 2019

Fecha14 Octubre 2019
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
1
PRONUNCIAMIENTO N° 1273-2019/OSCE-DGR
Entidad: Instituto Nacional de Salud del Niño
Referencia: Licitación Pública N° 16-2019-INSN-1, convocada para la
Suministro de medicamentos no PNUME aprobados por
el Comité Farmacoterapeútico: Voriconazole INY,
Tobramicina, Paracetamol INY, Lacosamida,
Oxcarbazepina JBE, por relación de ítems
1
.
1. ANTECEDENTES
Mediante el Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el
18.OCT.2019
2
, subsanado el 23.OCT.2019
3
, el 13.NOV.2019
4
; y, el 21.NOV.2019
5
el presidente del comité de selección a cargo del procedimiento de selección de la
referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE)
la solicitud de elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas y
observaciones e integración de Bases "No definitivas", presentada por el participante
B.BRAUN MEDICAL S.A., en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 del
Texto Único Ordenado de la Ley 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en
adelante el "TUO de la Ley", aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF,
y el artículo 72 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 344-2018-
EF, en adelante el "Reglamento" y sus modificatorias.
Antes de iniciar el desarrollo del presente pronunciamiento, resulta necesario indicar
que de la revisión de la información registrada en el Sistema Electrónico de
contrataciones del Estado (SEACE), se aprecia que con fecha 14 de octubre de 2019,
se publicó la Resolución Directoral N° 269-DG-INSN-2019
6
, a través de la cual el
Director General de la Entidad resolvió declarar la nulidad de oficio del ítem N° 6
"VORICONAZOLE 200ME INY", objeto de la presente contratación,
retrotrayéndolo hasta la etapa de "Convocatoria", bajo los siguientes argumentos:
"(...) mediante el Memorando N° 187-CS-INSN-2019, el comité de selección comunica que el
medicamento VORICONAZOLE 200 MG INY cuenta con ficha técnica del listado de bienes y
servicios comunes para la aplicación de Subasta Inversa Electrónica, por lo que corresponde
declarar la nulidad de oficio del ítem N° 6 (...) a fin de que se con voque vía procedimiento de
selección de subasta inversa electrónica".
En virtud de lo expuesto, y considerando que la consecuencia de la declaración de
nulidad es la invalidez de los actos celebrados incumpliendo los requisitos y/o
formalidades impuestas por la normativa de contrataciones del Estado, siendo
considerados actos inexistentes e incapaces de producir efectos, no corresponde que
este Organismo Técnico Especializado emita pronunciamiento respecto a
ningún extremo de las Bases correspondiente al ítem N° 6, por lo tanto, las
disposiciones que se realicen en el presente documento no son vinculantes al referido
ítem.
1
Ítem N° 1: "Lacosamida 50 MG TAB"; ítem N° 2: "Lacosamida 100 MG TAB"; ítem N° 3: "Oxcarbazepina 300 MG/5 ML
JBE 100 ML"; ítem N° 4: "Paracetamol 10 MG/ML INY 100 ML"; ítem N° 5: "Tobramicina 60 MG/ML SOL. 5ML"; ítem
N° 6: "Voriconazole 200 MG INY".
2
Trámite Documentario N° 2019-15805386-LIMA.
3
Trámite Documentario N° 2019-15812374-LIMA.
4
Trámite Documentario N° 2019-15967334-LIMA.
5
Trámite Documentario N° 2019-15982132-LIMA.
6
De fecha 14 de noviembre de 2019.
Firmado digitalmente por CRUZ
KAMICHE Wendy Melissa FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 09.12.2019 22:54:55 -05:00

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