Pronunciamiento Nº 1223-2015/DSU de Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 7 de Octubre de 2015

Fecha de Resolución 7 de Octubre de 2015
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
Número de pronunciamiento1223-2015/DSU

ANTECEDENTES

Mediante el Oficio N°-2015-CEPCEO, recibido con fecha 23.09.2015, el Presidente del Comité Especial a cargo del proceso de selección de la referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) las tres (3) observaciones formuladas por el participante IZASIGA BARCO TOLYNELA; así como el respectivo informe técnico, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 28 del Decreto Legislativo Nº 1017, que aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 58 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, en adelante el Reglamento.

Al respecto, resulta importante resaltar que, atendiendo a lo dispuesto por el artículo 58 del Reglamento, independientemente de la denominación que les haya dado el participante, este Organismo Supervisor se pronunciará únicamente respecto de: a) Las observaciones presentadas por el solicitante que no hayan sido acogidas o son acogidas parcialmente; b) Las respuestas a las observaciones del solicitante que, pese a ser acogidas, son consideradas por éste contrarias a la normativa; o, c) El acogimiento de las observaciones formuladas por un participante distinto al solicitante, cuando éste último manifieste que considera tal acogimiento contrario a la normativa, siempre que se haya registrado como participante hasta el vencimiento del plazo previsto para formular observaciones.

Sobre el particular, respecto de las tres (3) observaciones formuladas por el participante IZASIGA BARCO TOLYNELA, cabe señalar que de la lectura del pliego absolutorio se aprecia que no se ha consignado una Observación N° 3, por lo que para efectos del presente Pronunciamiento, la Observación N° 4 será denominada Observación N° 3.

Estando a ello, de la lectura del referido pliego, se aprecia que las Observaciones N° 1 y N° 3 constituyen en estricto solicitudes de modificación que no cuestionan la legalidad del contenido de las Bases, es decir consultas, supuesto no previsto en el artículo 58 del Reglamento, por lo que este Organismo Supervisor no se pronunciará al respecto.

De otro lado, con relación a los argumentos expuestos en la solicitud de elevación de observaciones del referido participante destinados a cuestionar la absolución de la Observación N° 13 del participante DAVILA RUIZ OSCAR DAVID, cabe señalar que en estricto constituyen una solicitud de aclaración sobre lo absuelto por el Comité Especial en dicha observación, por lo tanto, dado que ello no se enmarca dentro de alguno de los supuestos previstos en el artículo 58 del Reglamento, este Organismo Supervisor no se pronunciará al respecto.

Todo ello, sin perjuicio de las observaciones de oficio que puedan realizarse al amparo de lo previsto por el inciso a) del artículo 58 de la Ley.

OBSERVACIONES

Observante: IZASIGA BARCO TOLYNELA

Observaciones N° 2 Contra la documentación de presentación facultativa

El participante cuestiona que en el literal e) de la relación de documentos de presentación facultativa, referido a la acreditación del factor de evaluación calificaciones del personal profesional propuesto, se solicite la presentación de copia simple del DNI y Curriculum Vitae suscrito por el profesional propuesto, pues sostiene que según las Bases la experiencia de los profesionales se certifica con constancias y/o certificados que presenten, además, al momento de la suscripción del contrato el postor ganador deberá adjuntar la habilidad del plantel técnico por lo que resultaría innecesario la presentación del DNI. Por lo tanto, solicita que se suprima la presentación de los cuestionados documentos.

Pronunciamiento

De la revisión de las Bases se advierte que en el literal e) de la relación de documentos de presentación facultativa se solicita lo siguiente:

"e) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentará copia simple de: contratos de trabajo, constancias o certificados.

Para acreditar el factor calificaciones del personal profesional propuesto se presentará copia simple de: i) contratos y su respectiva conformidad, ii) constancias, iii) certificados o iv) cualquier otro documento que, de manera fehaciente, demuestre la experiencia del profesional propuesto. (En el caso que los Certificados y/o Constancias se encuentren suscritas por el mismo postor y/o por el mismo profesional al que se está proponiendo ya sea como Persona Natural o como Representante Legal de una Empresa dichos documentos deberán estar acompañados de una copia del contrato respectivo y/o cualquier otro documento que de manera fehaciente demuestre la experiencia que se pretende acreditar).

Asimismo se deberá presentar copia simple de DNI y Curriculum Vitae suscrito por el profesional propuesto".

Adicionalmente, de la revisión del Capítulo IV de las Bases se advierte que la Entidad no ha establecido un factor que califique la experiencia del postor, no obstante, si ha previsto un factor de evaluación que otorga puntaje a las calificaciones del personal propuesto, el mismo que sería acreditado, según lo descrito en dicho factor, a través de la presentación de copia simple de diplomas, constancias y certificados.

Ahora bien, el Comité Especial, al absolver la presente observación señaló lo siguiente:

"La entidad busca garantizar el buen cumplimiento de la prestación del servicio, y esta depende en gran medida de las labores de los profesionales que intervienen en el mismo, se busca de esta forma el consentimiento de cada profesional para ser propuesto para el presente proceso. Por lo que en salvaguarda de los interés de la Entidad este comité decide NO ACOGER la presente observación".

Al respecto, de acuerdo con lo señalado en el literal b.ii del artículo 42 del Reglamento, dentro de la documentación de presentación facultativa se considerará la documentación relativa a los factores de evaluación, cuya presentación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR