Pronunciamiento Nº 119-2021 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 17 de junio de 2021

Fecha17 Junio 2021
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
PRONUNCIAMIENTO 119-2021/OSCE-DGR
1. ANTECEDENTES :
Mediante el formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido el 14 de
mayo de 2021
1
, y subsanado el 1 de junio de 2021
2
, el presidente del comité de
selección a cargo del procedimiento de selección de la referencia remitió al Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de elevación de
cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas y observaciones presentada por el
participante CORPORACIÓN CR INGS S.A.C. - CCRISAC , en cumplimiento de lo
dispuesto por el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley 30225, Ley de
Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo 082-2019-EF, en
adelante el “TUO de la Ley”, y el artículo 72 de su Reglamento, aprobado por el
Decreto Supremo 344-2018-EF, en adelante el “Reglamento” y sus modificatorias.
Cabe indicar que, en la emisión del presente pronunciamiento, se empleó la información
remitida por la Entidad el 21 de mayo de 2021
3
, el 2 de junio de 2021
4 y el 10 de junio
de 2021
5
, mediante la Mesa de Partes de este Organismo Técnico Especializado, la cual
tiene carácter de declaración jurada.
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del ño pronunciamiento se utilizó el orden
establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio
6
; en ese sentido,
considerando el tema materia de cuestionamiento del mencionado participante, este
Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera:
1 Trámite Documentario 2021-19260102-SAN MARTIN.
2 Trámite Documentario 2021-19427557-SAN MARTÍN, con fecha 31 de mayo de 2021 a las 19:08 horas. Ahora bien, acorde al
Comunicado N° 12-2020, la documentación remitida en días inhábiles o después de las 16:30 horas, será considerada recibida el
día hábil siguiente.
3 Trámite Documentario 2021-19273179-SAN MARTÍN.
4 Trámite Documentario 2021-19429763-SAN MARTÍN, con fecha 01 de junio de 2021 a las 19:03 horas. Ahora bien, acorde al
Comunicado N° 12-2020, la documentación remitida en días inhábiles o después de las 16:30 horas, será considerada recibida el
día hábil siguiente.
5 Trámite Documentario 2021-1944728-SAN MARTÍN y Trámite Documentario 2021-19446266-SAN MARTÍN.
6 Para la emisión del presente Pronunciamiento se utilizará la numeración establecida en el pliego absolutorio en versión PDF.
1
Entidad
:
Gobierno Regional de San Martín - Alto Huallaga Tocache
Referencia
:
Licitación Pública 1-2021-GTAH-T-1, convocada para la
ejecución de la obra: “Mejoramiento y ampliación del sistema de
agua potable y alcantarillado en el Centro Poblado de San Juan de
Porongo del Distrito de Uchiza, Provincia de Tocache,
Departamento de San Martín”
Cuestionamiento 1
:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación 2, referida a la “Solvencia
económica y al monto de la experiencia del postor
en la especialidad”.
Firmado digitalmente por PAREDES
CRUZ Anthony Roman FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 17.06.2021 21:52:31 -05:00
Firmado digitalmente por QUISPE
VILCHEZ Vania Johelyn FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 17.06.2021 22:06:37 -05:00
Firmado digitalmente por GARAY
MORALES Franklin Williams FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 17.06.2021 22:16:33 -05:00
Firmado digitalmente por
POMASONCCO VILLEGAS
Elizabeth FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 17.06.2021 22:24:12 -05:00
De otro lado, de la revisión de la solicitud de elevación de cuestionamientos al pliego
absolutorio, formulada por el referido participante, se aprecia que al cuestionar la
absolución de la consulta y observación 3, solicitó lo siguiente:
Respecto al extremo de la consulta y/u observación 3: (...)Por lo cual, debe retraerse el
proceso de selección a la etapa de publicación de bases (convocatoria) o la que corresponda (...)
Por el contrario, se adjunta con las bases integradas sólo parte del anexo 6 de las mismas bases,
que no contiene descripción de las partidas, metrado ni precios unitarios de la obra. Con lo cual
se incumple las bases estándar .”
Al respecto, cabe señalar que dicha petición no fue abordada en la referida consulta y/u
observación; por lo que, al tratarse de pretensiones adicionales que debieron ser
presentadas en la etapa pertinente, estas devienen en extemporáneas; razón por la cual´,
este Organismo Técnico Especializado no se pronunciará al respecto.
2. CUESTIONAMIENTO
El participante CORPORACIÓN CR INGS S.A.C. - CCRISAC cuestionó la absolución
de la consulta y/u observación 2, manifestando en su solicitud de elevación lo
siguiente:
Base legal
- Artículo 2 del T.U.O. de la Ley: Principios que rigen las Contrataciones.
- Artículo 16 del T.U.O. de la Ley: Requerimiento.
2
Cuestionamiento 2
:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación 3, referida al “Presupuesto en
formato excel o pdf publicado en el SEACE”.
Cuestionamiento 3
:
Respecto a la absolución de la consulta y/u
observación 4 y 5, referida a la “Integración
de las Bases”.
Respecto al “Solvencia económica y al
monto de la experiencia del postor en la
especialidad”
“Se sigue vulnerando el principio de eficiencia por cuanto no existe proporcionalidad entre los
requisitos de experiencia (77%) y solvencia económica (100%) respecto de los montos máximos
permitidos por la norma.
En este caso se mantiene esta disparidad respecto del máximo permitido por la norma para los únicos
dos requisitos de calificación de manera injustificada. Señalando únicamente que son distintos. No se
señala mayor argumento.
Esta disparidad entre experiencia y solvencia requeridas respecto de su máximo permitido de requerir
por la norma, conlleva a que se pueda validar ofertas que no poseen equilibrio entre lo que ofrecen
como experiencia y la solvencia que puedan poseer. Con lo cual no se contrataría de manera eficiente
en desmedro de la Entidad”.

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