Pronunciamiento Nº null del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 29 de enero de 2019

Fecha29 Enero 2019
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
Entidad:
Referencia:
I'RONUr-;CIAMIENTO N" 90-2019/0SCE-DGR
Servicio de Agua Potable v Alcantarillado de Chimbote.
Casma y Huarmey
Licitación Pública
W
2-2018-SEDA CHIMBOTE-J.
convocada para la contratación de bienes "Optimización de la
operatividad de la estación de bombeo de aguas residuales
Palacio - Chimbote F03-0T ASS"
lo
ANTECEDENTES
Mediante el Fonnulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento. recibido el
18.ENE.2019, el presidente del comité de selección a cargo del procedimiento de
selección de la referencia remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del
Estado (OSCE) la solicitud de elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de
consultas y observaciones presentada por el participante WATER UTlLlTY S.A.e., en
cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley 30225, Ley que aprueba la
Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y el artículo 51 de su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo 350-2015-EF, en adelante el Reglamento; y, sus
modificatorias aprobadas mediante Decreto Legislativo 1341
Y
Decreto Supremo
056-2017-Er. respectivamentc.
Asimismo, cabe precisar que para la emisión del presente pronunciamiento se utilizará el
orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio!; en ese sentido,
considerando los temas materia de cuestionamientos del mencionado participante, este
Organismo Técnico Especializado procederá a pronunciarse de la siguiente manera:
Cuestionamiento
1:
Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
41, referida a la "incorporación de certificaciones para el arrancador variador
de frecuencia".
Cucstionamicnto 2: Respecto a la absolución dc la consulta y/u obscrvación
24, referida a la "electro bomba inmersiblc".
2. CUESTlONAMIENTOS
Cucstionamicnto 1 Rcspccto a la incorporación dc
ccrtiticacioncs para cl arrancador
variador dc frccucncia
El participante WATER UTILlTY S.A.e. cuestionó la absolución de la consulta v/u
observación 4 1, señalando que resulta restrictivo que cl comité de selección incluya
la "certificación: CE. VL, ISO 900¡ eISO ¡-lOOr, puesto que, estos certificados sirven
para acreditar una condición de los procesos de manufactura del fabricante v no
necesariamente representa una característica inherente del bien; asimismo, indicó que no
1 Versión Excd

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