Pronunciamiento N° 087-2023/OSCE-DGR, Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado

Fecha de publicación06 Marzo 2023
PRONUNCIAMIENTO Nº 087-2023/OSCE-DGR
Entidad : Marina de Guerra del Perú
Referencia : Licitación Pública N° 17-2022-MGP/DIRCOMAT-1, convocada
para la “Adquisición de vestuario para el personal de cadetes y
dotación del BEV unión en comisión al VIEX-2023/BIEN PP
0135”.
1. ANTECEDENTES
Mediante Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento recibido el 08 de
febrero de 20231, subsanado el 16 de febrero de 20232, y complementado el 28 de
febrero de 20233y 06 de marzo de 20234, el presidente del Comité de Selección a
cargo del procedimiento de selección de la referencia, remitió al Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la solicitud de elevación de
cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas u observaciones e integración de
Bases presentada por el participante MILITARY & OUTDOOR PRODUCTS
S.A.C.”, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante
Decreto Supremo N° 082-2019-EF, adelante TUO de la Ley, y el artículo 72 de su
Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, en adelante el
Reglamento; y sus modificatorias.
Cabe indicar que en la emisión del presente pronunciamiento se empleó la
información remitida por la Entidad, mediante Mesa de Partes de este Organismo
Técnico Especializado, la cual tiene carácter de declaración jurada.
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se utilizó el
orden establecido por el Comité de Selección en el pliego absolutorio; y, el tema
materia de los cuestionamientos del mencionado participante, conforme al siguiente
detalle:
Cuestionamiento N° 1: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 4, referida a la “Metodología de evaluación para
vestuario en textiles planos”
Cuestionamiento N° 2: Respecto a la absolución de la consulta y/u observación
N° 12, referida a los “Documentos para la
presentación de ofertas y suscripción de contrato”
Cuestionamiento N° 3: Respecto a la observación, referida a las
“Especificaciones técnicas del Item N° 2”
4Trámite Documentario N° 23767032-LIMA
3Trámite Documentario N° 23752945-LIMA
2Trámite Documentario N° 23562794-LIMA
1Trámite Documentario N° 23535624-LIMA
1
Firmado digitalmente por
VERGARA BENITES Victor Hugo
FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 06.03.2023 22:15:33 -05:00
Firmado digitalmente por BRAVO
MENDOZA Miguel Elias FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 06.03.2023 22:19:36 -05:00
Firmado digitalmente por PACHAS
FERNANDEZ Pedro Alexis FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 06.03.2023 22:23:30 -05:00
Asimismo, cabe señalar que, de la revisión de la solicitud de elevación, se aprecia que
el recurrente al cuestionar la absolución de la consulta y/u observación N° 4, señaló lo
siguiente: “(...), asimismo para evitar cualquier contradicción en su interpretación se
solicita indicar la “Metodología de Evaluación” para cada ítem del procedimiento
de selección”.
No obstante, dicho cuestionamiento excede lo previsto en la pretensión contenida en
la consulta y/u observación N° 4, deviniendo en una pretensión extemporánea, por lo
que este Organismo Especializado no se pronunciará al respecto.
2. CUESTIONAMIENTOS
Cuestionamiento N°1:
Respecto a la absolución de la consulta
y/u observación N° 4, referida a la
“Metodología de evaluación para
vestuario en textiles planos”.
El participante MILITARY & OUTDOOR PRODUCTS S.A.C., cuestionó la
absolución de la consulta y/u observación N° 4, toda vez que, según refiere:
“La observación del postor versa respecto a que en la “Metodología de evaluación para
vestuario en textiles planos” anexo a las bases administrativas existen incongruencias y
contradicciones respecto a las pruebas requeridas para la evaluación de la tela y botón.
Sin embargo, el Comité de Selección, respecto a la observación efectuada solo indica
que NO ACOGE la observación y concluye que los postores solo están obligados a
presentar la declaración jurada y ensayo de laboratorio de las características que se
soliciten en ambos documentos al mismo tiempo.
No obstante, el comité de selección no ha advertido que el postor en su consulta hace
referencia al aumento de pruebas de ensayo, duplicidad de pruebas e incongruencias
en el ensayo de resistencia a la costura en el referido documento y en la integración de
las bases ha mantenido el mismo requerimiento y en el pliego de absolución no se ha
pronunciado en estos extremos, asimismo, se advierte que solicitan la presentación de
una declaración jurada y ensayo de laboratorio, no señalando en qué etapa se
realizará su presentación por parte del postor participante.
Lo expuesto transgrede el artículo 72.4 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, así como los principios de transparencia, igualdad de trato y libertad de
concurrencia consagrados en el artículo 2 del TUO de la Ley 30225; por todos los
motivos expuestos solicitamos que se acoja la observación y se aclare lo solicitado por
el postor, (…)”. [Sic]
(El resaltado y subrayado es agregado)
Base Legal
2

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