Pronunciamiento Nº 044-2022 del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, 4 de febrero de 2022

Fecha13 Enero 2022
EmisorOrganismo Supervisor de las Contrataciones del Estado
PRONUNCIAMIENTO N° 044-2022/OSCE-DGR
Entidad : Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
Referencia : Concurso Público N° 13-2021-RENIEC-1, convocado para la
contratación del “Servicio de virtualización de escritorios”
1. ANTECEDENTES:
Mediante el Formulario de Solicitud de Emisión de Pronunciamiento, recibido
el 13 de enero de 2022 , y subsanado el 20 de enero de 2022 , el presidente del
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comité de selección a cargo del procedimiento de selección de la referencia
remitió al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) la
solicitud de elevación de cuestionamientos al pliego absolutorio de consultas u
observaciones y Bases Integradas presentada por el participante ITALTEL
PERU S.A.C., en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 21 del Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 082-2019-EF, en adelante el “TUO de
la Ley”; y el artículo 72 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo
Nº 344-2018-EF y modificado por Decreto Supremo N° 377-2019-EF, Decreto
Supremo N° 168-2020-EF y demás, en adelante el “Reglamento”.
Ahora bien, cabe indicar que en la emisión del presente pronunciamiento se
empleó la información remitida por la Entidad, el 19 y 25 de enero de 2022,
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mediante la Mesa de Partes de este Organismo Técnico Especializado, la cual
tiene carácter de declaración jurada.
Asimismo, cabe precisar que en la emisión del presente pronunciamiento se
utilizó el orden establecido por el comité de selección en el pliego absolutorio5
y los temas materia de cuestionamientos del mencionado participante,
conforme el siguiente detalle:
Cuestionamiento Único:
Respecto a la absolución de las consultas
y/u observaciones N° 13, N° 26 y N° 43,
5Para la emisión del presente Pronunciamiento se utilizará la numeración establecida en el pliego absolutorio en versión PDF.
4Trámite Documentario N° 2022-20818249-LIMA.
3Mediante Trámite Documentario N° 2022-20804984-LIMA y Trámite Documentario N° 2022-20805035-LIMA, con fecha18
de enero de 2022 a las 16:42 horas y 16:51 horas, respectivamente. Ahora bien, acorde al Comunicado N° 12-2020, la
documentación remitida en días inhábiles o después de las 16:30 horas, será considerada recibida el día hábil siguiente.
2Trámite Documentario N° 2022-20808433-LIMA.
1Mediante Trámite Documentario N° 2022-20794310-LIMA, con fecha 12 de enero de 2022 a las 19:23 horas. Ahora bien, acorde
al Comunicado N° 12-2020, la documentación remitida en días inhábiles o después de las 16:30 horas, será considerada recibida
el día hábil siguiente.
Firmado digitalmente por
VILLALOBOS CHAMPAC Adrian
David FAU 20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 04.02.2022 17:35:25 -05:00
Firmado digitalmente por GARAY
MORALES Franklin Williams FAU
20419026809 soft
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 04.02.2022 17:49:33 -05:00
Firmado digitalmente por
GUTIERREZ CABANI Ana Maria
FAU 20419026809 hard
Motivo: Doy V° B°
Fecha: 04.02.2022 18:08:42 -05:00
referidas al “plazo de implementación y
configuración de la plataforma
tecnológica”.
2. CUESTIONAMIENTO
Cuestionamiento Único:
Respecto al “plazo de
implementación y configuración
de la plataforma tecnológica”
El participante ITALTEL PERU S.A.C., cuestionó la absolución de las
consultas y/u observaciones N° 13, N° 26 y N° 43, manifestando en su
solicitud de elevación lo siguiente:
“(…)
Basado que, en la actualidad varios fabricantes de hardware de servidores y
almacenamiento como HPE, DELL, EMC, LENOVO, IBM, CISCO, entre otros;
tienen escasez de materia prima como el silicio para la fabricación de
componentes como chips y semiconductores a nivel mundial, así como los
problemas logísticos por las restricciones debido a la pandemia de la variante
COVID-19, los cuales han golpeado al sector de tecnología en gran medida
ampliando considerablemente los tiempos de fabricación y entrega del
equipamiento. Asimismo, una de las empresas que participó del estudio de mercado
y también de la formulación de consultas, solicita ampliación del plazo de entrega
debido a que esta condición ha venido agravándose en los últimos dos meses y no
se tenía la visibilidad de la magnitud en las fechas que se realizó el estudio de
mercado en el mes de octubre.
A su vez, todos los postores que participaron en la formulación de consultas, como
son las empresas EMTEC S.A., GTD PERU S.A. e ITALTEL PERU S.A.C.,
conociendo de los problemas que existen para todos los fabricantes y de manera
responsable solicitaron la ampliación del plazo de entrega de 90 a 180 días, el cual
no fue aceptada por la Entidad. Considerando que el proceso solicita
infraestructura estandarizada de la marca HPE, quien, a su vez, nos ha confirmado
directamente y a través de uno de sus distribuidores oficiales que no es posible
cumplir con el tiempo de entrega que solicita el proceso actualmente.
De acuerdo a que las entidades deben contratar en base a los principios de la Ley
de Contrataciones del Estado, solicitamos lo siguiente:
- En base al principio de razonabilidad, habiendo problemas a nivel mundial para
cumplir con el tiempo de entrega de equipamiento, el cual motivó a todos los
postores interesados en participar, solicitar la extensión del plazo de entrega.
- En base al principio de Trato Justo e Igualitario, el cual se nos permita participar
del proceso y poder presentar una oferta técnica económica sin que el postor se vea
perjudicado por incumplimiento de contrato y penalidades que se sustentan desde
la formulación de consultas.
- Basado en lo expuesto, se considere ampliación de plazo de entrega.” [Sic] (El
subrayado y resaltado son agregados)
Base legal
- Artículo 2 del T.U.O. de la Ley: Principios que rigen las Contrataciones.
- Artículo 16 del TUO de la Ley: “Requerimiento”.

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